Audiencia de Sevilla confirma el archivo de la pieza separada de los ERE por ayuda al Ayuntamiento de Chiclana (Cádiz)

Viera y Fernández,  excluidos en la causa separada del Ayuntamiento de Chiclana
POOL - Archivo
Actualizado: lunes, 25 junio 2018 17:35

SEVILLA, 25 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones ordenado por la juez de Instrucción número 6 de Sevilla, María Núñez Bolaños, que instruye la causa de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos de la Junta, en la pieza separada que investigaba la ayuda recibida por el Ayuntamiento gaditano de Chiclana de la Frontera.

En esta causa la juez instructora, el día 10 de octubre de 2017, dictó auto por el que acordó el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones, decisión recurrida por la Fiscalía Anticorrupción. La juez argumentó su auto en el hecho de que se habían dictado resoluciones en las presentes diligencias en las que se había acordado la exclusión de la causa de todos los investigados, en concreto de los ex altos cargos de la Junta como eran los exconsejeros de Empleo José Antonio Viera y Antonio Fernández, el exviceconsejero del ramo Agustín Barberá y el ex director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero.

Por su aprte, la Fiscalía Anticorrupción, en su recurso, alega que no procede dictar el sobreseimiento provisional al amparo del apartado segundo del artículo 641 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal pues de un lado todos los autos dictados por la instructora que consigna en el auto que se impugna no son firmes al pender en todos ellos recursos de apelación, y de otro lado en "que pese a la dicción literal, en ninguno de dichos autos se ha acordado archivo alguno, pues en cada una de sus partes dispositivas se hace referencia a que se acuerda la exclusión de los investigados, ya citados, del presente procedimiento".

En su auto, de fecha de 6 de junio y al que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal de la Sección Séptima recuerda que las presentes diligencias se incoaron el 17 de mayo de 2016 para investigar la ayuda concedida al Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera por la Consejería de Empleo para financiar la VII Feria de Muestras y Turismo a celebrar en la localidad del 8 al 11 de mayo de 2003, suscribiéndose un convenio de colaboración por la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social y el Instituto de Fomento de Andalucía (IFA) en el que se concede la ayuda de 24.000 euros, convenio suscrito por Guerrero. El pago se realizó por transferencia el 27 de noviembre de 2003 con cargo a la partida presupuestaria 31L, con la que se pagaban las ayudas de los ERE.

En el seno de esta pieza separada fueron llamados como investigados Viera, Fernández, Barberá y Guerrero, todos ellos juzgados en estos momentos en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla por el procedimiento específico por el que se concedían estas ayudas entre 2001 y 2010.

En este sentido, la Sección Séptima señala que en diferentes autos de la juez instructora se acordó excluir del procedimiento a estos ex altos cargos, autos confirmados por la Audiencia en resoluciones con fecha de 6 de junio, a las que ha tenido acceso Europa Press.

Por otro lado, Núñez Bolaños, en auto de 10 de octubre de 2017, acordó el sobreseimiento provisional de la causa por no existir investigados en la investigación de los hechos denunciados. De la cronología de las actuaciones, según el auto de la Audiencia, se infiere que ciertamente en la presente causa todas las personas investigadas contra las que se dirigía el procedimiento han resultado definitivamente excluidas de la causa habiéndose finalizado pues la investigación respecto a todos ellos, de manera que conforme prevé el artículo 641.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal procede el sobreseimiento provisional pues aún cuando resulta la comisión de delito no hay motivos para acusar a determinadas personas como autores.

Por todo ello, confirma el auto de sobreseimiento provisional de las actuaciones dictado el 16 de octubre de 2017 por la juez Núñez al no dirigirse el procedimiento contra ningún presunto culpable.

Leer más acerca de: