Condenado a año y medio de prisión por llamar por teléfono a una mujer teniendo prohibido comunicarse

Actualizado: domingo, 23 mayo 2010 11:09

JAÉN, 23 May. (EUROPA PRESS) -

El juzgado de lo Penal número tres de Jaén ha condenado a un año y medio de prisión a un hombre por llamar por teléfono a una mujer y amenazarla con que iba a matar a su hijo pese que tenía prohibido comunicarse con ella.

La sentencia, consultada por Europa Press, recoge probado que el juzgado de violencia sobre la mujer acordó en marzo de 2008 como medida cautelar la prohibición del procesado de aproximarse a una distancia no inferior a 500 metros respeto a la víctima y que se comunicara con ella, un auto que le fue notificado en abril de ese mismo año.

Pese a ello, un mes después la llamó por teléfono hasta en cuatro ocasiones en las que llegó a amenazarla con matar a su hijo mayor, si bien no se considera probado que la insultara.

El juzgado fundamenta que el hombre era "conocedor" de la medida cautelar impuesta y que pese a todo "desde esa fecha ha telefoneado en distintas ocasiones" a la mujer, "tal y como consta en el listado de llamadas" y aunque él alega que era por un tema del piso "no es más cierto y así lo reconoció la propia víctima" e incluso llegó a amenazarla con matar a su hijo mayor de otra relación "si no le entregaba las llaves de la vivienda".

Por todo ello, F.J.C.C. fue considerado autor criminalmente responsable de un delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar y se le condenó a la pena de un año de prisión a la vez que por un delito de amenazas le impuso seis meses de prisión. Además, estableció la prohibición de aproximarse y comunicarse con la mujer durante dos años y a una distancia no inferior a 200 metros.