Chaves y Griñán en el juicio de los ERE
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Actualizado: miércoles, 31 octubre 2018 17:30

Considera "generoso" hablar de expedientes de ayudas a "papeles dispersos e incompletos" en "cajas de pollos"

SEVILLA, 31 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía Anticorrupción ha asegurado este miércoles, durante la lectura de su informe final en el juicio por la denominada pieza política de los expedientes de regulación de empleo (ERE), que "se articuló" un procedimiento para "pagar cantidades" --ayudas-- "comprometidas por la Consejería de Empleo", a través de la Dirección General de Trabajo ante empresas, sindicatos o asociaciones de trabajadores "sin sujeción a procedimiento alguno".

Una vez que todas las partes han procedido a evacuar sus conclusiones definitivas, el fiscal Manuel Fernández ha comenzado a dar lectura a su informe final en el juicio que celebra la Audiencia Provincial de Sevilla contra 21 ex altos cargos de la Junta acusados por delitos continuados de prevaricación y malversación por el procedimiento de concesión de las ayudas de los ERE en una década.

El Ministerio Público, tras explicar las modificaciones introducidas en sus conclusiones, ha realizado una defensa de los peritos pertenecientes a la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) que han intervenido en la prueba pericial conjunta, subrayando su "alta cualificación y experiencia".

"Todas" las conclusiones de sus informes están "justificadas en la norma y legislación", al tiempo que "no han obviado lo que pudiera favorecer a la defensa de los acusados". Si los peritos de la IGAE se han basado en la norma vigente, "no lo ha sido tanto" en el caso de los peritos propuestos por las defensas, quienes, por ejemplo, "de forma sesgada han querido establecer un nuevo marco normativo" sobre las ayudas investigadas.

Además, la Fiscalía aprecia en los informes de los peritos de parte y en sus declaraciones en el juicio "falta de estudio y actuación sobre la documentación relativa al programa presupuestario 31L", con el que la Dirección General de Trabajo concedía las ayudas y cuyos fondos eran allegados al Instituto de Fomento de Andalucía (IFA), posterior Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), a través de transferencias de financiación, en virtud del convenio marco de julio de 2001 firmado entre la Consejería de Empleo y el IFA.

También reprocha que usen "documentación de forma parcial", así como "falta de experiencia en la práctica de trabajo de una administración en materia presupuestaria".

SON SUBVENCIONES Y LOS BENEFICIARIOS LAS EMPRESAS

El primer bloque que ha abordado la Fiscalía sobre las cuestiones jurídicas objeto de esta causa ha sido la naturaleza jurídica de las ayudas concedidas por la Junta y los beneficiarios. "Hablar de expedientes de ayudas para esta Fiscalía es generoso, sobre todo tras el análisis de los 'papeles' que venían en 'cajas de pollos' con documentos 'dispersos e incompletos", ha asegurado el Ministerio Fiscal, al referirse a los "mal llamados expedientes" de concesión de las subvenciones.

En el análisis de los "mal llamados expedientes" la Cámara de Cuentas, en su informe de fiscalización de 2012, se distingue entre ayudas sociolaborales a trabajadores y ayudas a empresas para financiar planes de viabilidad, ayudas analizadas cuyo importe global asciende a 640 millones de euros.

Por su parte, la IGAE, en sus informes, señala tres tipo de ayudas, a empresas para asumir las indemnizaciones por despidos, a empresas para fines diversos y a trabajadores afectados por un expediente de regulación de empleo. Si bien, la Fiscalía añade las ayudas con finalidades ajenas al programa 31L, "con vulneración del principio de especialidad de los créditos", como por ejemplo los 1,2 millones pagados por la Dirección General de Trabajo en facturas de empresas de consultoría o asesoramiento a empresas y trabajadores afectados por un ERE.

Para la Fiscalía las ayudas investigadas eran subvenciones excepcionales y los "reales" beneficiarios eran las empresas, frente a las tesis de algunos peritos de parte, que no comparte "por absurdas", que dicen que los beneficiarios eran los trabajadores.

EVITAR LA COMUNICACIÓN A LA UE Y LA APROBACIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO

En este sentido, considera que la premisa básica de los acusados de que los beneficiarios son los trabajadores "no responde a la realidad" de los pagos con fondos públicos de las rentas comprometidas por las empresas, sino que busca el "efecto" de "soslayar" la obligación de comunicar a la Unión Europea las ayudas a empresas concedidas; "evitar la publicidad consiguiendo que el general conocimiento de estas ayudas no sea posible y con ello impide que otros colectivos o empresas del sector denuncien la vulneración de la competencia".

Considerándolas subvenciones a trabajadores "se impide que tengan que ser aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Junta en función de su importe", ha añadido.

Sobre la obligatoriedad de comunicar las ayudas a empresas a la Unión Europea, no hay ninguna comunicación en la causa de este tipo. "Teniendo en cuenta los antecedentes --los reparos de la intervención delegada de Empleo en el año 2000 a la ayuda a Hamsa por no haberse comunicado y que supuso la obligación de comunidad europea de devolver el importe de la misma--, no era baladí ni desconocido" por el Gobierno andaluz.

"No cabe que los encausados no conozcan la realidad de las ayudas que se pretendían conceder como ayudas sociolaborales", sobre todo los destinatarios según la norma --Miguel Ángel Serrano Aguilar (director general de IDEA); Francisco Vallejo (consejero de Innovación); José Antonio Griñán (consejero de Hacienda), a través de su viceconsejera Carmen Martínez Aguayo; y el exconsejero de Empleo Antonio Fernández-- del informe de Control Financiero Permanente de IFA/IDEA de la Intervención General de la Junta del ejercicio 2003 conocido en 2005, que recogía una serie de deficiencias e irregularidades de las ayudas.

Ese informe, según ha subrayado la Fiscalía, se concluye que "se ha prescindido absolutamente del procedimiento legalmente establecido para las subvenciones excepcionales".

En este sentido, ha indicado en las alegaciones realizadas por el viceconsejero de Empleo, entonces Agustín Barberá, acusado en este procedimiento, se indicaba que "no se ha acogido el régimen de subvenciones excepcionales por una necesidad de agilidad", a lo que respondió el interventor delegado que "era una cuestión de legalidad. La eficacia de la actuación no dispensa del incumplimiento de la ley".

"La Fiscalía no tiene duda sobre el régimen legal aplicable a las ayudas investigadas, el previsto para las subvenciones excepcionales, es decir, el Título VIII de la Ley General de Hacienda, el decreto 254/2001 de Reglamento de Subvenciones y la Ley General de Subvenciones de 2003", ha expresado, apoyándose en las conclusiones de la Cámara de Cuentas y de la IGAE a este respecto.

"Las defensas y sus peritos sostienen que las ayudas son prestaciones asistenciales en materia laboral, si bien sobre ese supuesto "no hay referencia directa" en los "mal llamados expedientes" a la normativa estatal.

Durante el periodo investigado "no fue discutido por nadie" la naturaleza subvencional de las ayudas concedidas, incluido el único informe jurídico, en este caso externo, que obra en la causa, el elaborado por el despacho Garrigues a petición del ex director general de Trabajo Juan Márquez en 2009.

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