Jaén.- Tribunales.- Desestiman la reclamación de ex trabajadores de Coosur emplazándoles al contencioso-administrativo

Actualizado: martes, 21 febrero 2006 19:50

JAEN, 21 Feb. (EUROPA PRESS) -

El juzgado de lo Social número uno de Jaén no ha aceptado la reclamación de una decena de ex trabajadores prejubilados de la factoría aceitera Coosur que denunciaron que se les adeudaba unos 34.000 euros y les ha emplazado a la vía contencioso-administrativa.

Según informaron a Europa Press fuentes de la acusación, los trabajadores ya han anunciado la interposición de un recurso de súplica en la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en el que argumentarán que la vía de lo Social es la adecuada para juzgar estos hechos.

Estos empleados exigían a la empresa, a la Sociedad de Participaciones Industriales (SEPI) y a otras entidades accionistas de Coosur el pago de unas cantidades de dinero --unos 34.000 euros en total-- que presuntamente se les adeudaría como consecuencia del proceso de privatización de esta sociedad.

Los demandantes indicaron en el juicio que hubo un acuerdo entre empresa y trabajadores con el fin de que éstos no impugnasen el expediente de regulación de empleo, si bien ese acuerdo "fue posteriormente incumplido" por la dirección de la firma.

Concretamente, los trabajadores denunciaban que se les aplicaron "indebidamente" las retenciones del IRPF a las indemnizaciones percibidas tras el fin de su relación laboral con Coosur, ya que, en su opinión, estas cantidades deberían haber quedado "exentas" de esas retenciones al producirse durante una situación de desempleo y de subsidio por parte de los demandantes.

Todas las empresas e instituciones denunciadas --SEPI, Alicesa, Aceites Coosur, Caja Rural, Jaenoliva, INEM, INSS, Vitalia y Unicaja-- solicitaron la excepción de falta de legitimación pasiva al considerar, en la mayoría de los casos, que no tienen ninguna relación jurídica con los demandantes y que su vinculación con Coosur se debe a su participación "mínima" en el accionariado.

En el caso de Aceites Coosur se alegó que esta empresa quedaba "exonerada" de cualquier circunstancia relativa a reclamaciones de los trabajadores sobre denegación, reducción o extinción de cualquier tipo de prestaciones que estuvieran cobrando o hubieran solicitado.

Además, argumentó que existe "indefensión" al presentarse la demanda "sin soporte documental que acredite las cantidades percibidas" por los ex trabajadores.