La Junta reitera que la ventilación natural en las aulas como medida contra el Covid-19 "es insustituible"

Mesas y sillas recogidas en una aula de un centro de Educación Infantial, foto de recurso
Mesas y sillas recogidas en una aula de un centro de Educación Infantial, foto de recurso - Iván Terrón - Europa Press - Archivo
Publicado: viernes, 12 febrero 2021 19:11

Señala que así lo siguen estableciendo las autoridades sanitarias, tanto el Ministerio de Sanidad como la Consejería de Salud

SEVILLA, 12 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Educación y Deporte ha aclarado que las autoridades sanitarias siguen manteniendo el mismo criterio respecto a la necesidad de una ventilación natural en los centros educativos dentro de las medidas de prevención y protección contra la Covid-19, "sin que pueda sustituirse por la utilización de purificadores de aire".

Así se ha pronunciado el departamento que dirige Javier Imbroda después de que la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) Andalucía haya señalado que espera que la Consejería "se adapte, tome medidas de inmediato y haga suya la nueva recomendación incorporada por el Ministerio de Sanidad para el uso de purificadores de aire en las aulas en prevención de la Covid-19".

En un comunicado, Educación ha recordado que la Consejería de Salud y Familias, en su informe aclaratorio sobre ventilación en las aulas del pasado mes de diciembre, puntualizó que "en la actualidad, no consta la existencia de estudios publicados que establezcan una relación directa entre el uso de sistemas de purificación mediante filtrado en las aulas y su efecto directo en la disminución de la transmisión del SARSCoV-2 en las mismas".

Asimismo, ha añadido que el Ministerio de Sanidad, en el anexo VI del documento de Medidas de Prevención, Higiene y Promoción de la Salud frente al Covid-19 para centros educativos en el curso 20-21, actualizado el pasado día 8 de febrero, "no considera necesario recomendar la adquisición generalizada de sistema de filtración y purificación de aire para dotar a todos los centros educativos. La aplicación de las normas publicadas sobre ventilación natural o forzada (mecánica) se considera que es suficiente para reducir o eliminar el riesgo de transmisión en la gran mayoría de los casos".

Y agrega que en el punto 3, sobre Limpieza, Desinfección y Ventilación del centro, el Ministerio establece que "la ventilación natural es la opción preferente. Se recomienda ventilación cruzada, si es posible de forma permanente, con apertura de puertas y/o ventanas opuestas o al menos en lados diferentes de la sala, para favorecer la circulación de aire y garantizar un barrido eficaz por todo el espacio".

Apunta que "se deberá ventilar con frecuencia las instalaciones del centro, a poder ser de manera permanente, o al menos durante 10-15 minutos al inicio y al final de la jornada, durante el recreo, y siempre que sea posible entre clases, garantizando además una buena ventilación en los pasillos; y con las medidas de prevención de accidentes necesarias. El tiempo de ventilación mencionado de 10-15 minutos es orientativo y debe adaptarse a las condiciones y características de cada aula".

Por último, apunta que si la ventilación natural no es suficiente "se puede utilizar ventilación forzada (mecánica)" y "únicamente si no es posible conseguir la ventilación adecuada mediante ventilación natural o mecánica, porque el espacio interior no disponga de sistemas de ventilación natural o mecánica que garanticen una adecuada renovación del aire y su ubicación y características constructivas no permitan otra alternativa se podrían utilizar filtros o purificadores de aire (dotados con filtros HEPA)", aunque también indica que, en cualquier caso "como alternativa, puede valorarse el uso de otros espacios".

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