El Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu, en el Parlamento andaluz, en una imagen de archivo
El Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu, en el Parlamento andaluz, en una imagen de archivo - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: martes, 5 mayo 2020 14:45

SEVILLA, 5 May. (EUROPA PRESS) -

La Oficina del Defensor del Menor de Andalucía, dirigida por Jesús Maeztu, ha abierto una queja de oficio dirigida a la Consejería de Educación y Deporte para conocer qué medidas se van a adoptar o se han adoptado para posibilitar que el alumnado sordo, ante la obligatoriedad de seguir las enseñanzas de manera telemática durante el estado de alarma, siga recibiendo el apoyo de los especialistas en lenguaje de signos.

En el texto de la queja, consultado por Europa Press, la Defensoría apunta que ha tenido conocimiento, a través de noticias publicadas en prensa, de que los alumnos con discapacidad auditiva escolarizados en los centros docentes de Andalucía "no están recibiendo de manera telemática el apoyo que para ellos es imprescindible, realizado por los intérpretes de lengua de signos".

"Según podemos leer en las declaraciones realizadas al periódico por una profesional que realiza su trabajo en un centro docente público de nuestra comunidad autónoma, hasta este momento se trata de un colectivo externalizado y, por lo tanto, contratado a través de la adjudicación de la prestación del servicio a la empresa con la que mantienen la relación laboral", precisa la institución.

Así, el Defensor añade que "según señala, desde que se decretó el estado de alarma, a las intérpretes --en su mayoría mujeres--, se les estuvo facilitando información contradictoria sobre su situación laboral, ya que, al parecer, la Agencia Pública Andaluza de Educación (APAE) no concretaba las medidas que debían seguir".

Agrega que "finalmente fueron informadas por su empresa de que no se iba a proceder a ningún tipo de ERTE, que se mantenían en sus puestos de trabajo, pero no pudieron entender que cuando preguntaron cómo y qué medios se les iba a facilitar para continuar con su actividad de manera telemática la Agencia Pública informó de que no podían ejercer su actividad porque sus contratos se encontraban suspendidos".

Además, Maeztu indica en la queja que, siempre según recogen las noticias, "preocupa a este colectivo la situación de los alumnos y alumnas, puesto que su vocación es la romper barreras en favor de las personas más vulnerables, barreras en este caso comunicativas" y añade que, al parecer, "la Consejería de Educación ha facilitado a la empresa la partida necesaria para que pueda abonar sus nóminas a pesar de tener su actividad paralizada. Sin embargo, el alumnado con diversidad auditiva, que debe continuar con sus obligaciones formativas, no puede contar con este servicio indispensable que proporcionan los intérpretes de signos".

"Esto se debe a que la Junta de Andalucía ha equiparado todos los servicios externalizados sin distinguir entre los que ahora son prescindibles durante el estado de alarma, como el comedor o el transporte escolar, y los que son irrenunciables, como la interpretación de la lengua de signos española. Además, se ha de tener en cuenta que los intérpretes de signos también prestan servicio al alumnado de formación profesional, que tendrá que examinarse a final de curso", recoge también en su queja el Defensor.

En este sentido, la institución añade, haciéndose eco de nuevo de lo que señalan los medios de comunicación, que el alumnado con discapacidad auditiva y sus familias "han presentado quejas a la Administración educativa para denunciar la desigualdad en la que se encuentran actualmente respecto de sus compañeros y compañeras, sin que hasta el momento se les haya dado ninguna respuesta".

Respecto a este asunto, la Defensoría se refiere también a la Ley 11/2011, de 5 de diciembre, por la que se regula el uso de la lengua de signos española y los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y con sordoceguera en Andalucía, cuyo artículo 8 recoge que "la Administración educativa dispondrá de los recursos humanos, materiales y tecnológicos necesarios para facilitar en aquellos centros de enseñanza reglada que se determinen, de conformidad con lo establecido en la legislación educativa vigente, el aprendizaje de la LSE y de la lengua oral al alumnado sordo, con discapacidad auditiva y con sordoceguera".

También contempla que "potenciará el diseño, elaboración y difusión de materiales didácticos adaptados a las necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad auditiva, en LSE y para el acceso del alumnado con discapacidad auditiva a la lengua oral, ya sea a través de ayudas técnicas o sistemas aumentativos de comunicación".

Además, el Defensor alude al capítulo once de dicha ley sobre 'Acceso a los bienes y servicios a disposición del público', que señala que la Administración educativa facilitará "medidas para el acceso a la educación en igualdad de oportunidades" como, entre otras, "promover el uso de las nuevas tecnologías de la comunicación e información y los sistemas de comunicación aumentativos y alternativos, en el marco de la atención educativa a los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales asociadas a sus capacidades personales".

De este modo, el Defensor del Menor de Andalucía, sobre la base de lo señalado, considera "necesario" que el alumnado con necesidades educativas especiales, en general, y el alumnado afectado por discapacidad auditiva, en particular, "cuente con todo el apoyo y los medios que les son imprescindible para poder seguir su formación". Por ello, cree "justificado" iniciar un expediente de oficio para conocer "con exactitud" cuál es la situación actual de este alumnado, así como las medidas para posibilitar que siga recibiendo el apoyo de los especialistas en lenguaje de signos.

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