El Parlamento andaluz aprueba, con los votos del PSOE-A y Cs, la Ley de tanteo y retracto en desahucios

El consejero de Fomento y Vivienda, Felipe López, en el Pleno del Parlamento
PARLAMENTO DE ANDALUCÍA/Archivo
Actualizado: miércoles, 11 abril 2018 20:31

SEVILLA, 11 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Pleno del Parlamento ha dado luz verde este miércoles, con los votos a favor del PSOE-A y Cs, la abstención de PP-A y Podemos y el rechazo de IULV-CA, a la ley por la que se establece el derecho de tanteo y retracto en desahucios de viviendas en Andalucía, mediante la modificación de la Ley 1/2010, de 8 de marzo, Reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía, y se modifica la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo. Además, se han rechazado las enmiendas que han mantenido vivas el PP-A, Podemos, IU y la diputada no adscrita.

De acuerdo con la nueva ley, la Administración ejercerá el tanteo y retracto en función de la situación socioeconómica de las familias, aplicándose a los colectivos de especial protección y atendiendo a una tipología de inmuebles que debe responder a las características exigidas para las Viviendas de Protección Oficial (VPO). Una vez ejercido este derecho, los afectados tendrán prioridad de alquiler sobre el inmueble que ha sido su domicilio habitual.

El tanteo y el retracto se prevé para la dación en pago, mientras que para la ejecución hipotecaria se reserva solo la segunda opción, lo que implica actuar al final del proceso una vez comunicado el desalojo y concluida la subasta judicial de la vivienda y su adjudicación.

La intervención se lleva a cabo en un periodo de 60 días naturales contados a partir de la notificación de la transmisión del inmueble al nuevo adjudicatario. En el caso de que se haya producido la subasta pero la familia todavía permanezca en el domicilio, el plazo se aplica a partir del día en que el juez determine la fecha de salida de los moradores del inmueble. Si la Administración no tiene conocimiento de la orden de desahucio, puede realizar la compra en el momento en el que tenga constancia de la misma.

Además, cabe recordar que el Consejo de Gobierno aprobó este martes una modificación presupuestaria en Fomento y Vivienda con el fin de preparar el desarrollo de la Ley aprobada, una decisión que supone una dotación inicial de cuatro millones.

El consejero de Fomento y Vivienda, Felipe López, ha tomado la palabra ante el Pleno del Parlamento para agradecer el trabajo a todos los implicados en la elaboración de la norma y especialmente a los grupos, cuyas aportaciones "han ayudado a enriquecer el texto". Así, ha explicado que con esta norma Andalucía afronta un desarrollo normativo "que permite hacer efectivo el derecho a la vivienda" pues la misma "da soporte a familias que están atravesando situaciones difíciles y que se enfrenta a la pérdida de su vivienda".

LA OPOSICIÓN VE INSUFICIENTE LA DOTACIÓN ECONÓMICA

En representación del PP-A, la diputada Alicia Martínez ha tildado la ley como una "falta de respeto" a las familias que han sufrido un desahucio en los últimos años, porque, según ha advertido, "no se podrá aplicar", al menos, hasta el año 2020, al estar ahora "en vigor" la ley 'antidesahucios' del Gobierno central.

Por eso, Martínez ha señalado que este miércoles se ha debatido sobre "humo" y "propaganda", y ha defendido que esta ley "llega tarde", está "contestada por los agentes sociales" y resulta "inútil". Frente a ese comportamiento de la Junta, ha defendido la labor del Gobierno central del PP en materia de medidas para hacer frente a los desahucios.

Carmen Molina, de Podemos, ha considerado que la norma es "un insulto a la sociedad que demanda respuestas" ante la situación emergencia habitacional provocada por la crisis pues la dotación económica que contempla valdría "para adquirir unas cien viviendas de unos 44.000 euros en dos años", en una comunidad en la que "en el 2017 se vieron afectados por ejecuciones 5.550 andaluces". Así, ha rechazado la norma "porque rescata bancos, no personas" y "deja fuera a los lanzamientos provenientes del alquiler", entre otros aspectos.

De su lado, el diputado de Cs Carlos Hernández ha advertido de que esta "no es la ley adecuada para atacar el problema de los desahucios" a cuenta de la cantidad presupuestaria que tiene consignada y dado que, a su juicio, la dación en pago es más efectiva aunque "es competencia del Gobierno central". No obstante, ha garantizado que Cs no va a poner "palos en la rueda" y que, con ese objetivo, presentó una serie de enmiendas que se han incorporado al texto.

En nombre de IU, Inmaculada Nieto ha incidido en que esta iniciativa "nació como una ocurriencia" para poner en marcha "unos titulares que marcaran una nueva etapa", mientras ha criticado que su contenido "se resume en el 'tú desahucia que yo pago'". Así, ha advertido de que la emergencia habitacional "sigue siendo un problema sobre el que la Junta no actúa" y que, además, "vuelve a las andadas" poniendo sobre la mesa esta norma "poco ambiciosa y con poco efecto para paliar este problema". Para IU, la norma es un "churro político" y una "chapuza" del Gobierno andaluz que "nos aboca al ridículo".

Por último, para posicionar al PSOE-A, la parlamentaria Beatriz Rubiño ha defendido que esta ley es un instrumento "que se suma al acerbo legal con el que cuenta la Comunidad para luchar contra los desahucios" y que busca que los poderes público adopten las medidas necesarias "para mitigar las nefastas consecuencias de las ejecuciones para los colectivos más desfavorecidos". Así, ha reprochado al resto de partido sus críticas porque "tocan de oído" y se suben a la tribuna "a hablar de situaciones que no conocen".

CONTENIDO DE LA NORMA

Así las cosas, el texto aprobado fija como precio de la vivienda el valor del crédito a extinguir, en el caso de las daciones en pago, y la cantidad estipulada como valor de transmisión por el instructor judicial mediante resolución. Además de este importe, la Junta abona los costes asociados a la operación.

Por otra parte, la norma establece obligaciones de información y notificación a la Junta para los estamentos y profesionales que intervienen en los procesos de desahucio. Así, los órganos judiciales deben trasladar, previo convenio con la Administración autonómica, los documentos relativos a la transmisión de la vivienda en subasta judicial y las órdenes de lanzamiento, mientras que los registradores de la propiedad tienen que informar del cambio de titularidad del inmueble y los notarios, de las operaciones de transmisión.

Por su parte, el adquiriente de la vivienda otorgada por dación en pago está obligado a avisar de su adquisición para que se pueda ejercer el derecho de compra preferente. También se reconoce este derecho a los ayuntamientos, previo acuerdo con la Junta.

REFUERZO DE LAS SANCIONES

La ley modificará el régimen sancionador para prevenir abusos y reforzar los derechos de las personas consumidoras en las operaciones de adquisición de viviendas protegidas. De este modo, se incluyen modificaciones para calificar como muy grave, y castigar con multas de entre 30.001 a 120.000 euros, la no devolución por parte de los promotores de las cantidades entregadas a cuenta por los adjudicatarios en caso de resolución del contrato de compraventa. Hasta ahora, este supuesto no estaba tipificado como infracción.

Asimismo, se impondrá la máxima sanción a los promotores o personas jurídicas que mantienen vacía una VPO sin causa justificada por un periodo superior a tres meses. Como faltas graves, con multas de entre 3.001 hasta 30.000 euros, se consideran el incumplimiento del adjudicatario de ocupar el inmueble como domicilio habitual y permanente en el plazo previsto, así como la no presentación de la documentación requerida sobre esa ocupación.

La implantación del derecho preferente de adquisición completará el marco normativo de la lucha contra los desahucios en Andalucía, que se inició con la Ley de la Función Social de la Vivienda, en vigor desde octubre de 2013 pero suspendida parcialmente por el Tribunal Constitucional a raíz de un recurso presentado por el Gobierno de España.

Leer más acerca de: