UPTA-A y Mapfre firman un convenio por el que los autónomos garantizan el cobro de indemnización en caso de baja laboral

Acto de firma del convenio entre UPTA-A y Mapfre.
UPTA-A
Publicado: martes, 17 julio 2018 17:25

SEVILLA, 17 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos de Andalucía (UPTA-A) y Mapfre han firmado un convenio mediante el cual los autónomos tendrán garantizado el cobro de una indemnización diaria por imposibilidad para trabajar --por enfermedad o accidente---, gracias a un seguro de indemnización temporal (ITT).

El seguro ITT permitirá a los asociados de UPTA-A tener a su disposición un asesoramiento individualizado gracias al acuerdo alcanzado entre la secretaria general de UPTA-A, Inés Mazuela, y el agente de seguros exclusivo de Mapfre, Juan Jiménez Cardona, según un comunicado de UPTA-A.

Teniendo en cuenta que más del 80 por ciento de los autónomos cotizan por la cuota mínima (más de un 90% cuando se trata de menores de 50 años), cuando se dan casos de bajas por enfermedad o accidente por larga duración (más de un mes), los problemas económicos pueden llegar a ser "muy dramáticos" en algunos casos.

Un autónomo que cotice por la base mínima (919,80 euros) y tenga una cuota mensual de 275 euros, ante una baja de larga duración, tendrá una prestación por la Seguridad Social de aproximadamente 543 euros el primer mes y de 690 euros los restantes. Como ha de seguir pagando la cuota de autónomo, finalmente, el neto disponible que le quedará para subsistir es de 268 euros el primer mes y de 415 euros los restantes meses que pueda estar de baja.

Si además de sus gastos básicos --personales o familiares (hipoteca, alimentación, agua, luz, gas, etcétera)-- el autónomo tiene que hacer frente a gastos propios de su negocio --alquiler local, teléfono y otros suministros, contratación de un empleado para no perder clientela--, la situación "puede ser más grave aún".

Con la firma de este convenio en UPTA-A se sigue incidiendo en mejorar la calidad y condiciones de vida tanto laboral como personal de los asociados.

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