Zarrías pide archivar la causa del préstamo de 5,8 millones a Cárnicas Molina por estar "reclamado"

Gaspar Zarrías llega a la Audiencia de Sevilla
Gaspar Zarrías llega a la Audiencia de Sevilla - EUROPA PRESS - Archivo
Actualizado: miércoles, 29 enero 2020 14:32

SEVILLA, 29 Ene. (EUROPA PRESS) -

El letrado Gonzalo Martínez Fresneda, que ejerce la defensa del exconsejero de la Presidencia de la Junta de Andalucía Gaspar Zarrías, ya condenado a nueve años de inhabilitación en 'la pieza política' de los ERE, ha pedido el archivo de la causa que investiga el préstamo de 5,8 millones de euros concedidos en 1999 a la empresa cárnica Hijos de Andrés Molina (Hamsa), ubicada en Jaén, luego Campocarne y Primayor.

Según reza en el escrito judicial, al que ha tenido acceso Europa Press, la defensa de Zarrías pide el archivo porque, según expone, en certificado del 20 de diciembre de 2019 el actual director económico-financiero del IDEA "reconoce que el préstamo cuestionado se encuentra reclamado judicialmente por lo que se mantiene contabilizada la deuda vencida y pendiente de cobro" sin ser considerado "un pasivo, una pérdida", indicando además que el mismo "no fue concedido" por Zarrías, así como que nadie podía prever que la empresa no podría devolverlo.

A principios del mes de diciembre, el Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, que investiga las piezas separadas de la macrocausa de los ERE, acordó abrir diligencias previas para investigar a 15 personas, entre los que se encuentran además de Zarrías el expresidente de la Junta Manuel Chaves, los exconsejeros Guillermo Gutiérrez, José Antonio Viera, Antonio Fernández y Francisco Vallejo; el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román; el exdirector de Trabajo y Seguridad Social Francisco Javier Guerrero; el expresidente del IFA Salvador Durbán; el exdirector de la agencia IDEA Miguel Ángel Serrano, y cinco directivos de la empresa.

El juez abrió estas diligencias atendiendo la petición de la Fiscalía Anticorrupción quien solicitó que estas 15 personas declararan en calidad de investigados por unos hechos que podrían ser constitutivos de delitos de prevaricación administrativa y malversación, al considerar que este préstamo, que "no guarda relación con la partida 31L de los ERE" y del que quedan 3,7 millones de euros por cobrar, "nunca tuvo voluntad de ser cobrado y que en todo caso al menos en febrero de 2005 no había sido amortizado, desconociéndose su situación actual y por tanto si se hicieron efectivas las previsiones fijadas en las cláusulas de la escritura pública de otorgamiento del mismo".

Respecto al citado auto, la defensa de Zarrías ha argumentado que la sospecha del juez para abrir estas diligencias fue "prematura máxime cuando el juzgado reconocía que se disponía a abrir una investigación respecto al préstamo desconociéndose su situación actual y, por tanto, si se hicieron efectivas las previsiones --supuesto de impago-- fijadas en las cláusulas de la escritura pública de otorgamiento de aquel".

"Hoy sabemos que se hicieron efectivas aquellas previsiones", ha remarcado el letrado, citando la respuesta de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía que hace, a su juicio, que "toda sospecha desaparezca por completo".

El auto, recuerda el abogado, señalaba que "la eventual infracción investigada habría de entenderse consumada cuando el importe del mismo (préstamo) deja de ser considerado un activo (un derecho de crédito) para la entidad prestamista --en este caso, el IFA/IDEA-- y, a consecuencia de su impago o amortización fallida, pasa a ser considerado como un pasivo, una pérdida". Al respecto, no está de acuerdo esta defensa pero lo acepta "a efectos dialécticos".

Sin embargo, insiste el abogado, en un certificado de hace un mes el actual director económico-financiero del IDEA "reconoce que el préstamo
cuestionado se encuentra reclamado judicialmente", por lo que considera que el argumento del juzgado "conduce ineludiblemente al archivo de estas diligencias previas si considera que el delito se consuma cuando el importe deja de ser considerado un activo", ya que a día de hoy, ha remarcado, este "sigue contabilizado como un activo pendiente de cobro".

En cuanto a la malversación, el auto lo argumenta, a su juicio, "de forma contradictoria", una tesis que "no sólo es ilógica sino también, desde una perspectiva estrictamente jurídica, irrazonable y manifiestamente indefendible".

"ZARRÍAS NO PARTICIPÓ"

El abogado también achaca la petición del archivo a "la confusión entre Hamsa y Campocarne que se reitera a lo largo de todo el auto", así como en la fechas en los que tendría que haber sido amortizado y ha insistido en que Zarrías "no participó en modo alguno en la concesión de aquel préstamo, cuyas vicisitudes concretas nunca conoció", sin ánimo, añade, "de descargar la responsabilidad en nadie, puesto que no se cometió ninguna irregularidad en absoluto".

A su vez, asegura que "hay datos objetivos que sirven para demostrar la completa y absoluta regularidad de cuanto se hizo" y que este "préstamo-puente" fue "plenamente legal y legítimo", ya que las ayudas para la creación de puestos de trabajo "eran de concesión reglada a todos aquellos que acreditasen su decisión de invertir o crear tales puestos de trabajo".

En esta línea, subraya que "la demostración más clara y evidente de que el préstamo se concedió con la idea de reclamarlo si resultaba impagado es que se reclamó cuando resultó así", indicando además que era "imposible prever" que la empresa no obtendría beneficios posteriormente para devolverlo ni que su sucesora entraría en concurso ocho años después.

"PATENTE PRESCRIPCIÓN"

El letrado concluye el auto advirtiendo "la patente prescripción" de las eventuales responsabilidades derivadas de estos hechos. "En puridad, tratándose de una causa de extinción de responsabilidad, debería haber sido nuestra primera alegación, a modo de excepción perentoria, para solicitar el archivo de la presente causa". Sin embargo, esta parte ha antepuesto los argumentos de fondo porque no desea que la
imputación de Zarrías "se cierre en falso por el simple argumento de la prescripción, dejando en el aire la sospecha de que, aún prescrita, incurrió en alguna responsabilidad".

Al respecto, ha argumentado que los hechos sujetos a instrucción sucedieron el 22 de diciembre de 1999, momento en el cual se transfirió el dinero a Campocarne Andalucía S.A. por lo que "las eventuales responsabilidades penales derivadas de los mismos se habrían consumado, de aceptarse el mayor plazo de prescripción posible, el 22 de diciembre de 2014, hace más de cinco años".

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