Abren procedimiento abreviado por el contrato taurino de La Algaba (Sevilla) pero el fiscal pide el archivo

Publicado: viernes, 13 julio 2018 18:55

SEVILLA, 13 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla ha ordenado transformar de diligencias previas en procedimiento abreviado la causa correspondiente al contrato adjudicado en 2013 por el Ayuntamiento de La Algaba al empresario Manuel Jesús M.E. para los festejos taurinos de dicho año, un caso en el que figura como investigado el primer teniente de alcalde y concejal de Festejos de La Algaba, Manuel Gutiérrez Retamino (PSOE). No obstante, la Fiscalía, ha pedido el sobreseimiento provisional del caso, porque aunque las actuaciones inducen a "sospechas de algún ilícito", no median "indicios suficientes y racionales" para abrir juicio oral.

Recordemos que en mayo de 2015, las dos concejales de IU-CA en el Ayuntamiento de La Algaba María Isabel Fernández Ramos y Patrocinio Carbonell elevaron a los jugados una denuncia, a cuenta de una reunión celebrada el 20 de abril de aquel año con el empresario Manuel Jesús M.E., "a petición" del mismo.

En su denuncia, recogida por Europa Press, las concejales narraban que grabaron una conversación con el empresario, acontecida en un bar cercano a la sede regional de IU-CA, en la calle Donantes de Sangre, toda vez que en dicha conversación el empresario relataría, según la denuncia, cómo el concejal de Festejos del Ayuntamiento de La Algaba, José Manuel Gutiérrez Retamino, le habría reclamado supuestamente "una serie de cantidades" a cambio de la adjudicación "irregular" de un contrato relacionado con la organización de las fiestas taurinas del año 2013.

La denuncia expone cómo el empresario habría narrado que el contrato en cuestión se le abonaría en dos pagos y "realizado" el primero, el edil de Festejos le habría "exigido unas cantidades" precisamente "a cambio" de la adjudicación de los trabajos. Se trataría, en concreto, de 18.000 euros reclamados "en efectivo", según la denuncia, que relata además que el empresario aseguraba contar con una grabación de vídeo con imágenes de la entrega de este dinero.

Pues bien, tras la correspondiente instrucción del caso, el Juzgado de Instrucción número seis habría dictado el pasado 11 de mayo un auto de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado, solicitando a las partes su pronunciamiento.

LOS INDICIOS

A tal efecto, y en un escrito fechado el pasado 28 de mayo y recogido por Europa Press, la Fiscalía solicita el "sobreseimiento provisional" de las actuaciones. Y es que según la Fiscalía, "no hay duda de que tras el examen de las actuaciones surgen dudas sobre la naturaleza de los hechos denunciados y sospechas de que se pueda haber cometido algún ilícito, pero no hay indicios suficientes y racionales en base al material probatorio que presenta la problemática descrita para solicitar la apertura del juicio oral".

Más al detalle, en un contexto en el que el concejal en cuestión y el empresario, ambos investigados en la causa, han negado los hechos denunciados, las grabaciones de audio y video aportadas en la denuncia merced a dos encuentros con el empresario son lícitas pero su contenido es "notoriamente insuficiente como prueba incriminatoria".

"Si el vídeo hubiera sido nítido en imágenes, sonido y contenido incriminatorio, no habría sido necesaria una prueba testifical tan profusa", señala la Fiscalía, que ve "puntos de coincidencia entre los testigos sobre lo visto y oído en la reunión grabada", pero "se desconoce la identidad del testigo principal, que fue quien grabó el vídeo y estaba presente cuando ocurrieron los hechos" y, por eso, "la única prueba en ese sentido sería la testifical de referencia con variedad de versiones de qué vieron y oyeron", algo no suficiente para solicitar la apertura de juicio oral.

LA EMPRESA ADJUDICATARIA

Del mismo modo, la Fiscalía considera que "no consta acreditado que la empresa (adjudicataria del contrato) no reuniese todos los requisitos para acometer la finalidad del contrato ni que hubiese algún obstáculo administrativo para su contratación".

Y aunque "llama la atención que fueran invitadas a la licitación empresas que no parece que tuviesen experiencia en la organización de este tipo de eventos", el Fiscal no ve acreditada que mediase una "connivencia", toda vez que de la instrucción no se desprende "explicación" alguna de la "inexistencia del sello de entrada de los escritos de renuncia" de dos de estas empresas, entre otros aspectos.

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