La Audiencia resuelve juzgar el caso del médico agredido en Palmete como delito de atentado

Actualizado: domingo, 13 junio 2010 13:24

Estima así el recurso de apelación interpuesto por el perjudicado contra la decisión del Juzgado de Instrucción de encauzarlo como falta

SEVILLA, 13 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Sevilla ha resuelto que el caso del médico que sufrió agresiones verbales y amenazas de muerte en julio de 2009 en el centro de salud del barrio sevillano de Palmete, por parte de varios usuarios de una misma familia que le increparon tras exigirle que le atendiesen y recetasen un fármaco de forma urgente, sea juzgado como un presunto delito de atentado contra la autoridad pública, tipificado en el código penal.

Esta resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press y contra la que no cabe recurso de casación, estima así la apelación interpuesta por el propio galeno, Emilio T., y el sindicato CSI-F, que ostenta la acción popular, contra la decisión que en un principio había dictado el juzgado de Instrucción número 11 de Sevilla, de encauzar la causa como una falta administrativa.

La Audiencia fundamenta su decisión en la idea de que el funcionario público, tanto del ámbito de la sanidad como de la docencia, gozan de tal condición en los supuestos en los que sufre acometimiento, empleo de la fuerza, resistencia grave o intimidación grave, como de la presuntamente fue objeto, por lo que entiende que tales acciones "quedan incluidas en el ámbito de la tutela penal arbitrada por el delito de atentado".

Este tribunal, que hace referencia también al carácter público de estas profesiones por cuanto tratan "de satisfacer los intereses generales y el bien común", según plasma de lo ya recogido en una sentencia anterior de diciembre de 2007 del Supremo, concluye de esta forma que "se puede extraer de esta doctrina que, tanto el médico de la sanidad pública, como el profesor que presta sus servicios en la administración, son funcionarios a efectos penales y encajan así con toda nitidez en la definición del artículo 24 del Código Penal".

Además, refuerza su tesis tras aludir a la "conducta violenta, incivil y francamente censurable" del usuario enjuiciado, su hermano y el padre de ambos que, "aunque no parece encajar en el delito de atentado del artículo 550 del Código, porque no ha existido acometimiento físico propiamente dicho, sí que se han vertido unas amenazas serias y reiteradas en el marco concreto de la consulta médica donde el facultativo ejerce sus funciones propias". Por ello, justifica que este proceder reviste, "en apariencia, una mayor gravedad que la simple falta".

LOS HECHOS

Los hechos se remontan a julio de 2009, cuando este médico, que trabajaba en el centro de salud del barrio de Palmete recibió "diversas agresiones verbales y amenazas de muerte" por parte de varios usuarios de una misma familia que le increparon tras exigirle que le atendiesen y recetasen un fármaco de forma urgente.

El facultativo agredido, Emilio T., tuvo que darse de baja laboral poco después por estrés postraumático, tal y como el propio afectado relataba por aquel entonces a Europa Press, cuando un usuario solicitó "de forma urgente y en tono exigente" que le recetasen un fármaco, a lo que el galeno le conminó a que esperase al comienzo de la consulta, "ya que el medicamento solicitado no era urgente y aún estaba preparando la consulta, ya que faltaba media hora para que comenzase", relataba el propio médico.

Pese a ello, recordaba que sufrió de manos de este usuario "insultos" y "empujones", motivo por el que llamó a la Policía Nacional. "Poco tiempo después, los padres de este usuario regresaron a la consulta, esta vez pidiéndome que fuese atendida de forma urgente la madre del mismo usuario, a lo que accedí, aunque a continuación me volvieron a exigir que les recetase el fármaco que me había pedido su hijo y que no denunciase el caso, bajo amenazas", concluyó.

Ante estos hechos, los servicios jurídicos del Sector Sanidad del sindicato CSI-F se personó en la causa como acusación particular, aunque finalmente hubo de hacerlo como acción popular, pata que estos hechos se juzgase precisamente como un delito de atentado contra la autoridad pública "y no como un simple juicio por faltas".

Este mismo sindicato también solicitó por aquel entonces y como medida cautelar una orden de alejamiento contra el presunto agresor del médico, --que en la actualidad trabaja en otro centro de salud distinto--, sustentada en la necesidad de "preservar la integridad física" del facultativo, además de "liberarle del acoso moral y físico que puede sufrir de persistir la actitud del denunciado", tal y como solicitaba este sindicato en su escrito.

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