Cámara de Cuentas aconseja reformar leyes sobre los informes en la adaptación de los PGOU para evitar "excesivo retraso"

Actualizado: viernes, 18 diciembre 2009 12:55

Apunta que los planes tardan 12 años en adaptarse y advierte de su "excesiva antigüedad", donde el 77% de PGOU tienen más de nueve años


SEVILLA, 18 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Cámara de Cuentas de Andalucía considera necesario reformar las legislaciones sectoriales que afectan a la adaptación de los planes generales de ordenación urbana de los municipios, con la finalidad de intentar que los informes preceptivos, así como los vinculantes, que deben emitir otras administraciones públicas, sobre medio ambiente, carreteras, costas o patrimonio histórico, no dilaten en exceso el procedimiento de revisión, puesto que, según recordó, "el tiempo medio desde que se aprueba un PGOU hasta que se sustituye por uno nuevo es, como mínimo, en 12 años y 3 meses".

En el informe de 'Fiscalización de la adaptación de los planes generales de ordenación urbanística de los municipios de más de 50.000 habitantes a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA)' elaborado por la Cámara de Cuentas y consultado por Europa Press, el ente fiscalizador advirtió de que esta circunstancia provoca la "excesiva antigüedad" de los planes de ordenación urbana de los municipios andaluces de más de 50.000 habitantes, donde el 77 por ciento tienen más de nueve años.

En su informe, donde se precisa que los datos manejados son del 25 de noviembre de 2009, se apunta que de los 28 municipios auditados de más de 50.000 habitantes, 16 tienen su planeamiento adaptado de manera total o parcial a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.

El estudio precisó que los municipios de Chiclana de la Frontera, Motril y Benalmádena, en el año 2003 se adaptaron en parte a la LOUA, y con posterioridad, se han adaptado plenamente Sevilla, El Ejido, Roquetas de Mar y Jerez de la Frontera, pues han seguido el procedimiento de revisión-adaptación establecido en la Ley.

Por su parte, aprobaron la adaptación parcial los municipios de Dos Hermanas, Granada, El Puerto de Santa María, La Línea de la Concepción, Linares, Algeciras, Alcalá de Guadaíra, Jaén y Vélez-Málaga, mientras que los 12 restantes han iniciado el procedimiento de adaptación, bien mediante su revisión-adaptación o bien de manera parcial.

De esta forma, el procedimiento de revisión-adaptación lo iniciaron, en su momento, 23 ayuntamientos, puesto que tres de ellos (Algeciras, Huelva y Linares) comenzaron la tramitación, "pero no han llegado siquiera a completar la primera fase". Así, la aprobación inicial la han efectuado 15 ayuntamientos y la provisional ocho y tan sólo lo han concluido cuatro municipios, esto es, Sevilla, El Ejido, Roquetas de Mar y Jerez de la Frontera.

El informe reconoció que el procedimiento de revisión-adaptación "es complejo y laborioso", y el cumplimiento de todos los trámites previstos en la normativa urbanística y sectorial conlleva que "se prolongue excesivamente en el tiempo".

Así, el tiempo medio que transcurre desde que se aprueba un plan general de urbanismo hasta que se revisa y se sustituye por uno nuevo se sitúa, como mínimo, en 12 años y tres meses, de manera que "los planes están más tiempo redactándose y revisándose que en ejecución", por lo que la Cámara de Cuentas recomendó a los ayuntamientos que "inicien con la suficiente antelación el procedimiento de revisión de sus planes generales de urbanismo para evitar, en la medida de lo posible, el excesivo retraso en su aprobación".

Asimismo, consideró que también sería conveniente reformar las legislaciones sectoriales con la finalidad de intentar que los informes preceptivos, así como los vinculantes, que deben emitir otras administraciones públicas "no dilaten en exceso el procedimiento de revisión".

"EXCESIVA ANTIGÜEDAD"

Agregó que esta circunstancia conlleva que los planes generales de urbanismo de los municipios de Andalucía sean "bastante antiguos", de manera que el 27 por ciento de los instrumentos de planeamiento general tenían más de 18 años, el 50 por ciento entre 18 y nueve años y el 23 por ciento restante, menos de esa cifra.

Consideró que la "excesiva" antigüedad de los planes supone que, "en muchos aspectos, queden obsoletos y que, para seguir urbanizando el municipio, las propias corporaciones se vean en la necesidad de suscribir convenios urbanísticos para facilitar la modificación puntual del plan antiguo", tras lo que puso como ejemplo, el Ayuntamiento de Marbella, cuyo plan general tiene una antigüedad de 22 años, y donde se han realizado más de 900 convenios urbanísticos.

Por ello, indicó que las entidades locales "deben adoptar las medidas necesarias para que sus planes urbanísticos no queden anticuados", puesto que "un plan que se prolongue en el tiempo más de ocho años, obliga necesariamente a modificarlo de manera puntual y dificulta el desarrollo integral del municipio y la evolución sostenida del territorio".

COSTE DE LA ADAPTACIÓN Y FUENTES DE FINANCIACIÓN

Asimismo, en este informe se intentó conocer el coste que supone para las corporaciones locales la adaptación de su planeamiento general a la LOUA, aunque precisó que la información obtenida no es comparable, "pues en unos supuestos se han computado los gastos contabilizados por la entidad, y en otros sólo los correspondientes a los contratos suscritos con empresas externas".

Esta situación se produce, según indicó el ente fiscalizador, porque "solamente los ayuntamientos de El Puerto de Santa María, Estepona y Sevilla han creado un proyecto de gasto específico para controlar los imputados a la revisión-adaptación".

Por ello, consideró que las entidades locales "deben establecer sistemas contables que le permitan conocer el coste real que supone para los municipios la revisión de sus planeamientos, para lo cual deben crear proyectos de gasto que garanticen el control y seguimiento de los mismos".

Agregó que los gastos asumidos por los ayuntamientos para la revisión del planeamiento se han financiado, en principio, con recursos propios, aunque los municipios de San Fernando, Linares y Roquetas de Mar han recurrido a operaciones de crédito para financiar los trabajos necesarios, en Sanlúcar de Barrameda, Linares, Marbella y Torremolinos han obtenido subvenciones de la Junta para elaborar el documento de avance y, en el caso de Marbella, para la aprobación inicial.

Consideró en ese sentido "significativo" que "sólo cuatro de los 28 municipios auditados hayan obtenido ayudas de la comunidad autónoma para la revisión de su planeamiento general", una situación que ha cambiado con la última orden de 8 de julio de 2008, "pues de los 23 municipios de más de 50.000 habitantes que, en ese momento, todavía no se había adaptado, 11 han solicitado subvenciones".

Por último, recomendó a los ayuntamientos que incorporen en las bases de ejecución del presupuesto los límites previstos en la legislación urbanística y especifiquen las cuentas no presupuestarias en las que se deberán contabilizar estas operaciones de anticipación de cantidades, así como la obligación de depositar las cantidades recibidas en cuentas diferenciadas, "que no se podrán utilizar hasta que se apruebe el instrumento de planeamiento o se delimite la unidad de ejecución".