CCOO avisa de "irregularidades" en los tribunales del Ayuntamiento de Carmona para el plan de empleo joven

Actualizado: miércoles, 1 julio 2015 22:55

SEVILLA, 23 Oct. (EUROPA PRESS) -

La unión provincial de CCOO ha alertado este jueves de que los tribunales constituidos en el Ayuntamiento de Carmona (Sevilla) para elegir a los beneficiados por las contrataciones del decreto autonómico de medidas contra el desempleo juvenil, materializado en contrataciones eventuales a través de los consistorios, vulneran la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público. Señala CCOO la inclusión de miembros de UGT en estos tribunales pese a las restricciones de dicha ley y la concurrencia a la convocatoria de empleo de familiares de los mismos.

Hablamos del decreto Ley aprobado el 29 de abril por el Consejo de Gobierno de la Administración autonómica, para la aplicación de un fondo de 173,9 millones de euros procedente principalmente de la Unión Europea a fin de que, a lo largo de 2014 y 2015, los ayuntamientos promuevan contrataciones de seis meses de duración, tanto a jornada completa como parcial, para jóvenes desempleados de entre 18 y 29 años, correspondiendo a los municipios de la provincia de Sevilla 40,1 millones de euros, al objeto de que unos 4.100 jóvenes desempleados se vean beneficiados por estas contrataciones temporales.

Pues lo cierto es que en un comunicado, CCOO expone que "desde la Delegación de Formación y Empleo del Ayuntamiento de Carmona, en colaboración con la Delegación de Recursos Humanos, se solicitó al comité de empresa que propusieran o designaran personas para formar parte de los diez tribunales de selección para las 166 contrataciones del plan de empleo para personas menores de 30 años". "En contra de lo establecido en la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público, tanto un miembro de la Junta de Personal como la presidenta del comité de empresa y alguien más perteneciente a este comité, todos del sindicato de UGT, han formado parte de dichos tribunales, toda vez que el artículo 60 de la mencionada ley prohíbe expresamente la participación de personas electas en tribunales de selección".

"El comité de empresa puede proponer y designar, pero los miembros del comité no pueden ser designados ni nombrados para ningún Tribunal. Se da también la circunstancia de que a las pruebas se presentaban familiares directos de los mencionados sindicalistas. A la manifiesta irregularidad del caso se suma el hecho de que estos delegados de UGT carecen de la titulación necesaria para formar parte de estos tribunales. La normativa vigente establece que para ser miembro de un tribunal de selección en una Administración Pública hay que estar en posesión, al menos, del mismo nivel de titulación académica requerida para el puesto que se pretende cubrir".

Desde el Sindicato Provincial de Servicios a la Ciudadanía de CCOO se ha enviado una carta al alcalde, Juan Ávila (PP), "solicitándole una aclaración de las circunstancias que han rodeado todo el proceso y más aún, preguntándole ¿cómo se ha podido permitir este hecho desde recursos humanos?".