Ceofa advierte de que el artículo 47 del proyecto de Ley de Farmacia puede incurrir en inconstitucionalidad

Actualizado: jueves, 15 noviembre 2007 20:46

SEVILLA, 15 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Confederación Empresarial de Oficinas de Farmacia de Andalucía (Ceofa) ha advertido de que el artículo 47 del proyecto de Ley de Farmacia (LFA), el referido a las transmisiones onerosas, podría estar incurriendo en una "incompatibilidad con el orden constitucionalmente establecido", una argumentación que sustentan tras encargar a cuatro juristas sendos dictámenes sobre este punto.

Las conclusiones de estos dictámenes, que recoge Europa Press, coinciden en la posible "inconstitucionalidad" del citado artículo sobre la base de que supone la "quiebra rotunda" de la doctrina establecida por el Tribunal Constitucional (TC) en sus sentencias 109/2003 y 152/2003.

De igual forma, alegan que "infringe" el principio de reserva de ley para la regulación de las transmisiones de farmacias y "limitan" mediante un sistema de concurso a la compraventa de la farmacia, lo que supone un "exceso" en la regulación de las atribuciones que la Constitución asigna a las comunidades autónomas, "ya que sólo el Estado puede modificar la legislación civil y mercantil".

Junto a ello, estos escritos advierten de la "infracción" a la normativa básica estatal de Servicios de Oficina de Farmacia, representada por la Ley 16/1997 y que establece el régimen general de transmisibilidad de las farmacias, toda vez que critican la "quiebra" al principio de libertad de empresa plasmado en el artículo 38 de la Carta Magna.

"INDEBIDA INTERPRETACIÓN".

En la misma línea, Ceofa afirmó que en dichos dictámenes se pone de manifiesto que el redactado del actual proyecto de LFA realiza una "indebida interpretación" del artículo 4.2 de la Ley 16/1997 en cuanto a las facultades autonómicas en orden a la regulación de las transmisiones.

De hecho, la Confederación Empresarial de Oficinas de Farmacia andaluzas reseña la posibilidad de que el articulado actual "puede llegar incluso a propiciar el fraude de ley en cuanto a las normas de cotitularidad, tal y como se encuentran ahora redactadas".

A ello, agrega que supone una 'administralización' de las relaciones del farmacéutico y la Administración "y su conversión encubierta en un régimen de concesión administrativa".

Dichos dictámenes han sido ya puestos a disposición de los grupos parlamentarios, al objeto de que los tengan en cuenta a la hora de fijar el contenido del mencionado artículo 47 y para que se evite la posibilidad de incurrir en inconstitucionalidad, "lo que impediría la aprobación de esta ley con el consenso de los profesionales a los que va destinada".

En concreto, los bufetes de abogados encargados de realizar estos dictámenes a petición de Ceofa son el despacho de Eduardo García de Enterría, el de Cuatrecasas Olivencia Ballester, el de Nicolás Valero Lozano y la opinión de Manuel Ayudarte, asesor jurídico de CEOFA y Aprofarma.

De hecho, estos cuatro dictámenes han sido elaborados por juristas a los que se le pidió opinión con ocasión de otras leyes de ordenación en las que el TC tuvo ocasión de manifestarse a favor de la inconstitucionalidad de las limitaciones a las transmisiones.

Por su parte, la Asociación de Farmacéuticos Rurales de Andalucía (AFAR) lamentó hoy que, a pesar de la coincidencia de voluntades que vienen expresando todos los grupos parlamentarios desde el debate de totalidad del pasado día 26 de septiembre, en el Dictamen de la Comisión del pasado martes "no se aceptaron" las enmiendas pendientes en apoyo de la defensa que sostiene esta asociación para garantizar el mantenimiento del servicio farmacéutico en los municipios más pequeños y aislados.

Así, AFAR recordó que una de sus reivindicaciones es laconvocatoria de un concurso previo de traslados para quienes renuncien a su oficina de farmacia en el ámbito de toda la comunidad para que no se "impida" la promoción y traslado del farmacéutico que ejerce en las zonas rurales más despobladas y alejadas.

De esta forma, este organismo sostiene que por muchos méritos que tenga ese farmacéutico "jamás podrá obtener una farmacia de nueva adjudicación, si otro farmacéutico no estuviera dispuesto a ocupar su plaza".

DESAPARICIÓN DE FARMACIAS RURALES.

"Este detalle supondrá, a corto y medio plazo, la desaparición de las farmacias en el 18 por ciento de los municipios andaluces", y que se corresponderían "con aquellas donde las condiciones de sostenibilidad económica están seriamente comprometidas".

Frente a ello, apelan lo recogido en la ley de farmacia de Extremadura, que establece ese mismo concurso de traslados en su artículo 264 y resuelve la posibilidad de que no se cubran las vacantes de algún tipo de farmacias mediante la instalación de botiquines. Sin embargo, lamenta que en el texto del Proyecto de Ley de Andalucía "se olvida" tal supuesto.