Condenado a diez años por incendiar motos y viviendas con un trapo en llamas lanzado desde su piso

Actualizado: sábado, 30 octubre 2010 13:10

SEVILLA, 30 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha condenado a diez años de cárcel y al pago de una indemnización de 17.200 euros a un hombre acusado de prender fuego a un trapo y lanzarlo desde su vivienda de Sevilla, incendiando cuatro ciclomotores que se encontraban aparcados y provocando daños en varios inmuebles, lo que obligó a que los vecinos tuvieran que abandonar sus viviendas, ya que las llamas llegaron al tercer piso.

En la sentencia, consultada por Europa Press, el Supremo confirma que los hechos tuvieron lugar el día 29 de enero de 2008, cuando el procesado mantuvo una "fuerte" discusión con su madre y su hermano en el domicilio familiar, en el transcurso de la cual se dirigió al cuarto de baño "cogiendo un trapo y, empapándolo de colonia, le prendió fuego y lo tiró en llamas por la ventana sobre los ciclomotores que se encontraban en el hueco existente entre el edificio en el que vive" y otro cercano.

La sentencia argumenta que de este modo provocó el incendio de cuatro ciclomotores, que resultaron calcinados, y de varias viviendas, provocando que los pisos y escaleras de los edificios afectados se llenaran de humo "de inmediato", y añade que la "rápida" actuación de dos dotaciones policiales que ayudaron a los vecinos de avanzada edad, con minusvalías y limitada movilidad, "minimizó el grave peligro para la vida de los moradores".

El Supremo, que pone de manifiesto que el acusado tenía en el momento de los hechos su capacidad cognoscitiva afectada "levemente" a causa de su adicción a la heroína, rechaza el argumento del acusado en cuanto a que el incendio se produjo mientras manipulaba los cables eléctricos de una moto para extraer su combustible, pues "ni se entiende qué razón había para ese manejo de los cables para tal finalidad, ni consta que el acusado presentara vestigio alguno de quemadura, que necesariamente hubieran tenido que dejar huella".

Así, y tras reseñar que el informe pericial "dice que se ha aplicado directamente una llama, muy probablemente a través del trapo verde que apareció parcialmente quemado" en la zona, rechaza el recurso de casación interpuesto por el condenado al entender que "no existe dato o señal alguna que permita atribuir el hecho a una tercera persona, por lo que queda acreditado que fue el acusado quien, intencionadamente, ejecutó la acción de prender fuego a las motos".

INCENDIO "PREVISIBLE"

"Es claro que en el presente caso la acción del acusado --ejecutada de modo consciente y deliberado-- produjo un incendio de considerables dimensiones, llegando las llamas hasta la tercera planta de los edificios, cuyos pisos y escaleras de inmediato se llenaron de humo, efecto éste, por lo general, más letal que el propio fuego", según prosigue el Supremo, quien agrega que "esta situación no sólo generó un peligro hipotético, potencial o abstracto, sino concreto, definido y real".

Asimismo, la sentencia consultada por Europa Press subraya que la acción de prender fuego a un trapo, arrojándolo al pequeño patio al lugar concreto donde se encontraban las motocicletas o aplicando directamente el trapo encendido sobre los vehículos, "no puede reputarse más que de intencionada", añadiendo que el incendio originado por esta acción, "si no directamente querido por el acusado, era de todo punto previsible por la muy alta probabilidad del resultado".

"El acusado, al provocar el incendio, tenía necesariamente que ser conocedor del peligro generado por aquél para los moradores de las viviendas, dada la naturaleza y gran combustibilidad de los vehículos incendiados y el número de ciclomotores incendiados, que necesariamente tenían que provocar y propagar un fuego virulento sobre los edificios inmediatamente contiguos al foco", apostilla.