La Consejería de Medio Ambiente prohíbe desde mañana las barbacoas y las quemas agrícolas para evitar incendios

Actualizado: sábado, 21 junio 2008 20:38

SEVILLA, 21 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía prohíbe desde mañana la celebración de barbacoas y quemas agrícolas para evitar posibles incendios, una medida que estará activa hasta el 19 de octubre.

Según informó la consejería del ramo en una nota de prensa, esta medida afecta también a los vehículos a motor, pues a su paso por espacios forestales y su zona de influencia durante la época de alto riesgo de incendios, que coincide especialmente con los meses de verano, puede originar fuego.

Desde su primer año de aplicación en 2006, la Consejería constató una reducción del número de incendios originados por este tipo de causas. Así, los siniestros provocados por quema de pastos han disminuido en un 68 por ciento, lo provocados por quema de rastrojos se han reducido en un 49 por ciento, mientras que los relacionados con la realización de barbacoas han bajado en un 51 por ciento.

Debido a esta "efectividad", la Consejería implantó esta prohibición todos los veranos de forma permanente, aunque cada año define el periodo de aplicación en función de las circunstancias metereológicas.

Con ello, se pretende evitar que cualquier negligencia pueda provocar un incendio forestal durante esta época en la que, por sus características metereológicas, existe un alto riesgo de incendio. En concreto, las restricciones afectan a la quema de vegetación natural y también las de residuos agrícolas y forestales.

Del mismo modo, también queda prohibido encender fuego para la preparación de alimentos, incluyendo las zonas de acampada o zonas recreativas que estén acondicionadas para ello. La prohibición también afecta al uso del fuego en calderas de destinación, hornos de carbón y piconeo.

En cuanto a las excepciones permitidas, siempre bajo autorización expresa y previa de la Delegación Provincial de Medio Ambiente correspondiente, se permite el uso de barbacoas sólo en el caso de establecimientos de alojamientos turísticos autorizados y en restaurantes rurales, así como la preparación de alimentos en campamentos infantiles o el uso de calderas de destilación, hornos de carbón y piconeo.

Para la actividad apícola, se establece una serie de condiciones dirigidas al uso de ahumadores para el castrado de colmenas durante el periodo en vigor de la prohibición. Así el asentamiento apícola deberá contar con una faja cortafuegos, así como con un seguro de responsabilidad civil.

Además, durante el proceso de castrado tendrá que haber un extintor en la explotación, y los ahumadores deberán portarse en un recipiente metálico, dentro del cual se encenderá y permanecerá siempre que no se utilice y hasta su extinción definitiva una vez completada la actividad.