Declarada firme la sentencia condenatoria contra el hijo de Ortega Cano

José fernando multado por llevar 7 gramos de cocaina
Foto: EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 15 julio 2014 23:12
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SEVILLA, 15 Jul. (EUROPA PRESS) -

   El Juzgado de lo Penal número 5 de Sevilla ha declarado firme la sentencia que condenó a un año y nueve meses de cárcel al hijo del extorero José Ortega Cano, José Fernando Ortega Mohedano, por robar y agredir a un joven en el mes noviembre de 2013 junto a un club de alterne de la localidad sevillana de Castilleja de la Cuesta.

   Por medio de una diligencia de ordenación, a la que ha tenido acceso Europa Press, la secretaria judicial pone de manifiesto que, "habiéndose notificado la sentencia dictada en la presente causa sin que ninguna de las partes --Fiscalía, acusación particular o abogados de los imputados-- la haya recurrido en plazo, se acuerda la firmeza de la misma".

   El hijo de Ortega Cano llegó a estar cuatro meses en prisión preventiva por estos hechos, abandonando la cárcel tras celebrarse el juicio.

   La juez condenó al hijo de Ortega Cano a un año y nueve meses de prisión por un delito de robo con violencia; al pago de una multa de 150 euros por una falta de lesiones, y a 31 días de trabajo en beneficio de la comunidad por conducir el coche robado a la víctima sin tener carné.

   Asimismo, la juez condenó por estos mismos hechos a otros tres jóvenes a penas de hasta dos años de prisión y absolvió a otros dos imputados por falta de pruebas.

   Hay que destacar que la juez aplicó a Ortega Mohedano las atenuantes de reparación del daño, ya que indemnizó a la víctima con 10.000 euros; colaboración con la justicia, pues fue el único de los seis jóvenes inicialmente acusados que confesó los hechos, y drogadicción.

   En el juicio, la Fiscalía aplicó al hijo de Ortega Cano únicamente las dos primeras atenuantes mencionadas y no la drogadicción, alegando en este sentido que las defensas tanto de Ortega Mohedano como del resto de acusados "no han justificado que esa noche se produjera la agresión porque estaban hasta arriba de alcohol o cocaína".

   Sin embargo, la juez aplicó la atenuante de drogadicción a los cuatro condenados porque "sí ha quedado acreditado que, antes de cometer los hechos, habían ingerido alcohol y/o drogas", para lo que tiene en cuenta que los propios imputados afirmaron en el juicio que "se encontraban en un club nocturno sobre las 5,00 horas celebrando la festividad de Halloween y que habían tomado alcohol y drogas".

LA COLABORACIÓN DE JOSÉ FERNANDO

   Esto fue ratificado por un testigo, que dijo que los acusados "habían estado bebiendo en el local", y por el propio perjudicado, quien "afirmó que pudo apreciar que olían a alcohol durante la agresión".

   A todo ello se une el resultado del dictamen sobre cabellos realizado a José Fernando, que pone de manifiesto que "ha habido consumo de cocaína y cannabis durante el periodo de cuatro meses anteriores a la toma de la muestra, y ofrece resultados positivos de un metabolito de la cocaína que se origina en el organismo cuando se consume simultáneamente cocaína y alcohol etílico".

   La juez, igualmente, aplicó la atenuante de reparación del daño a todos los acusados, mientras que la de confesión sólo la aplicó a José Fernando, pues aunque "no concurre el elemento cronológico de haber confesado su infracción antes de la apertura del procedimiento", el hijo de Ortega Cano "reconoció los hechos desde la primera declaración ante la Guardia Civil, aportando datos a la investigación que facilitaron la actuación de la justicia, identificando a los autores".

LOS HECHOS

   Los hechos, según la juez, tuvieron lugar sobre las 5,50 horas del 2 de noviembre de 2013, cuando los condenados se encontraban celebrando la festividad de Halloween "habiendo consumido alcohol y drogas" en el club nocturno 'Rey 2000', donde también se encontraba desde las 23,00 horas la víctima, Jonathan V.A..

   Éste "había consumido alcohol" y en un momento de la noche "empezó a llamar la atención y a molestar a los clientes del local", por lo que el encargado le dijo al camarero "que no le sirviera más alcohol", dice la juez, que precisa que, en un momento dado, Jonathan "derramó" la bebida que uno de los acusados estaba consumiendo, originándose un "enfrentamiento" en el que Francisco S.C. propinó un puñetazo en el rostro al denunciante.

   Tras ello, la víctima "huyó corriendo", siendo perseguido por Francisco S.C., José Fernando e Isaac F.C., quienes le dieron alcance ya en el exterior del local tras tirarle una piedra que le golpeó en la mano izquierda "y comenzaron a agredirle propinándole golpes y empujones" hasta que, una vez en el suelo, Francisco S.C. dijo "quitadle el móvil, el dinero y todo lo que lleve".

QUEMARON EL VEHÍCULO

   En ese momento, el hijo de Ortega Cano le registró los bolsillos del pantalón y le quitó dos teléfonos móviles, la cartera con documentación personal y 15 euros y un llavero con las llaves del domicilio y del Audi A-3 propiedad del padre del denunciante, marchándose seguidamente José Fernando e Isaac en el Audi.

   La sentencia relata que, el 5 de noviembre de 2013, el hijo de Ortega Cano conducía dicho coche en compañía de Isaac e Iván N.B. "pese a carecer de licencia o permiso que le habilite para ello por no haberlo obtenido nunca", hasta que se salió de la vía y volcó, momento en el que, "usando un bidón de gasolina, prendieron fuego al vehículo, que quedó calcinado, así como las pertenencias que la víctima tenía depositadas en el maletero".

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