La defensa del acusado del crimen de Amate niega violación porque un cadáver es una "cosa" y no una persona

A disposición judicial el detenido por el crimen de una mujer en Parque Amate
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Actualizado: miércoles, 28 noviembre 2018 13:46

El acusado pide "perdón", insiste en que no estaba en su "sano juicio" y culpa a las drogas

SEVILLA, 28 Nov. (EUROPA PRESS) -

La fiscal del juicio celebrado por la Audiencia de Sevilla contra el hombre acusado de matar a una mujer en el parque Amate, intentar perpetrar una agresión sexual sobre ella y finalmente quemar su cadáver ha reducido su petición de condena de 21 años y cinco meses de cárcel a 14 años de prisión por concurso medial de delitos de homicidio y agresión sexual en grado de tentativa, mientras la defensa ha solicitado seis meses de cárcel por un homicidio imprudente con la atenuante de consumo de estupefacientes, descartando el intento de violación porque "un cadáver no es una persona" sino "una cosa" y la víctima estaba muerta cuando él pretendió el acto sexual.

Así ha quedado de manifiesto en la sesión final de este juicio con jurado popular que comenzó el pasado lunes contra Miguel Ángel F.D., acusado de matar a María del Pilar C.D. la madrugada del 27 de julio de 2017, intentar violarla y después prender fuego a su cadáver, toda vez que este hombre fue condenado en 2006 a nueve años y medio de cárcel por un delito de agresión sexual y en paralelo a este caso, se le atribuye una violación perpetrada en el parque de Tamarguillo un mes después de los hechos sometidos ahora a juicio.

Durante la vista oral, la fiscal ha mantenido su relato de los hechos, según el cual todo ocurrió la madrugada del 27 de julio de 2017, después de que en 2015 el acusado acabase de cumplir la condena de nueve años y medio de cárcel que le había impuesto en 2006 la Audiencia de Badajoz por un delito de agresión sexual.

Según la fiscal, el acusado y la víctima, quien era adicta a las drogas, mendigaba y ejercía la prostitución, "se conocían de vista" y acordaron mantener relaciones sexuales dentro del parque Amate, con la premisa de que Miguel Ángel F.D. invitaría a la mujer a fumar una mezcla de cocaína y heroína y le entregaría 20 euros en efectivo.

Así, ambos accedieron al parque y esperaron a la hora de cierre del mismo, tras lo cual se situaron en una "zona oculta" de dicho espacio público, fumaron el "rebujo" de cocaína y heroína previamente adquirido por Miguel Ángel F.D. y éste entregó a María del Pilar C.D. los 20 euros que habían acordado, guardando ella el dinero en su bolso.

Al llegar el momento de mantener relaciones sexuales, y con el acusado ya desnudo de cuerpo entero, la víctima del crimen se habría bajado los pantalones pero no el body, lo que había provocado "una fuerte discusión" entre ambos al interpretar Miguel Ángel F.D. que la mujer pretendía "engañarle" y marcharse sin practicar sexo, pues la misma "se vistió e intentó marcharse del lugar".

Habría sido entonces cuando el acusado, "con evidente ánimo de mantener las relaciones sexuales por las que había pagado", asaltó a la mujer y aprisionó su cuello entre sus brazos mediante la llave marcial conocida como "mata león", hasta hacerla caer al suelo. Después de ello, y siempre según la fiscal, Miguel Ángel F.D. se habría sentado a horcajadas sobre la mujer y "siguió apretándole fuertemente el cuello con una mano mientras", falleciendo finalmente la víctima por asfixia.

El acusado, siempre según el Ministerio Público, habría desnudado a la mujer bajándole los pantalones y subiendo su body para intentar penetrarla, si bien "desistió al comprobar que había fallecido". A continuación, prosigue el relato de la fiscal, Miguel Ángel F.D. se hizo con los 20 euros que había entregado a la víctima, abandonó el parque, compró más droga y regresó al lugar del crimen, donde estuvo "sentado y fumando" los estupefacientes "hasta el amanecer", momento en el que se sirvió de una sábana o manta que habían usado para "cortar el viento" mientras fumaban la droga, para cubrir el cadáver y prender fuego al mismo con el fin de "ocultar cualquier vestigio biológico".

En base a ello, la fiscal ha expuesto que el acusado "mató a la mujer porque se resistió" al acto sexual que previamente habían acordado, exponiendo que aunque éste no tuviese "previsto ni planificado" el crimen, aprisionó con sus brazos el cuello de la víctima porque "quería matarla". "Decidió apretarle el cuello de una manera brutal y asfixiarla, asumiendo las consecuencias y continuando con la acción", ha razonado la fiscal, descartando todo carácter "accidental" de los hechos o que se tratase de un "homicidio imprudente".

Del mismo modo, ha descartado el influjo de las drogas alegado por el acusado a la hora de declarar ante el jurado popular constituido para este juicio, exponiendo que si "vivía de prestado" en la vivienda de una familiar no es verosímil que aquella noche comprase 300 euros del citado rebujo de cocaína y heroína, toda vez que en su comparecencia detalló haber comprado tres gramos de estupefacientes después de que durante la instrucción del caso dijese que sólo había adquirido "un gramo o un gramo y medio", fumado entre él y la víctima y sobrando además una parte que consumió tras cometer el crimen.

Además, ha señalado que los peritos no han detectado en el acusado una verdadera "dependencia o adicción" a las drogas, más allá del mero plano "psicológico", exponiendo que Miguel Ángel F.D. sólo consumía sustancias estupefacientes de manera "esporádica". Del mismo modo, ha advertido de que la colaboración del acusado en la investigación del crimen devino de que tras su arrestado por la violación cometida sobre una mujer un mes después de estos hechos en el parque del Tamarguillo "la prueba de ADN" reveló su conexión con el crimen del parque Amate. "Ya le habían cogido", ha aseverado, considerando que el acusado quemó el cadáver de la víctima para "eliminar cualquier resto biológico" y "obstaculizar" la investigación.

Y mientras en su escrito de conclusiones provisionales, recogido por Europa Press, la fiscal solicitaba para el acusado 15 años de prisión por un presunto delito de homicidio, seis años de cárcel por un delito de agresión sexual en grado de tentativa con la agravante de reincidencia y cinco meses de prisión por un delito de profanación de cadáveres, --es decir 21 años y cinco meses de cárcel--, en sus conclusiones finales ha retirado la acusación por el delito de profanación de cadáveres al no mediar un "ultraje" como tal a la "memoria" de la víctima, unificando las dos acusaciones principales en un concurso medial de delitos de homicidio y agresión sexual en grado de tentativa con la agravante de reincidencia, por los que reclama 14 años.

En cuanto a la defensa de Miguel Ángel F.D., ha descartado que los hechos impliquen un delito de agresión sexual en grado de tentativa, porque el acusado "desistió voluntariamente" de consumar el acto sexual tras reducir a la mujer y comprobar que la misma había muerto. Además, ha llamado a diferenciar entre "persona y cadáver", detallando que cuando bajó los pantalones a la mujer y subió su body estaba actuando sobre "un cadáver y no una persona". "Lo que se le hace a un cadáver no es una agresión sexual", ha precisado exponiendo que un cuerpo muerto es "una cosa" y no puede ser equiparado a una persona.

Del mismo modo, ha insistido en la idea de que las facultades mentales del individuo "estaban mermadas" fruto del consumo de sustancias estupefacientes, exponiendo que aunque en efecto su colaboración con las autoridades para el esclarecimiento del crimen fue "tardía", "ni ha añadido nada ficticio ni ha restado" detalles a la hora de la reconstrucción de los hechos. Por eso, ha reiterado la idea de que hay "factores que atenúan su responsabilidad" en lo acontecido.

Así las cosas, ha pedido para el acusado seis meses de cárcel por un homicidio imprudente con la atenuante de consumo de estupefacientes o, subsidiariamente, cinco años por dolo eventual con la misma atenuante. El acusado, finalmente, ha pedido "perdón" a la familia de la víctima, alegando que no estaba en su "sano juicio" y que "todo es culpa de la droga".

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