Un estudio de la UPO apunta a un "anonimato parcial" del control horario para proteger daños personales de trabajadores

Vista área del campus de la UPO
Vista área del campus de la UPO - Universidad Pablo de Olavide - Archivo
Publicado: martes, 23 junio 2020 16:53

SEVILLA, 23 Jun. (EUROPA PRESS) -

Un estudio de la Universidad Pablo de Olavide (UPO) apunta al anonimato parcial del registro horario en las empresas, como modo de compatibilizar el derecho a la protección de datos y el derecho de acceso a esa información por parte de los representantes de los trabajadores.

En un comunicado, la institución académica destaca que el autor del artículo, Rafael Gómez, expone la necesidad de atender desde la negociación colectiva aquellos aspectos donde aún falta jurisprudencia para aplicar la norma que regula el control de la jornada laboral.

El pasado año, el Gobierno aprobó un real decreto que modificaba la función tradicional que el registro de entrada y salida de la plantilla tenía en las empresas. Con ello, se pretendía crear un "instrumento de lucha contra la precariedad laboral", así como contra "los graves perjuicios que estas producen sobre los elementos esenciales de la relación de trabajo, salario y tiempo de trabajo, y sobre los ingresos del sistema de Seguridad Social", ha señalado el investigador.

El acceso de la representación de los trabajadores a esta información es un "elemento esencial" para la eficacia de esta medida, si bien la regulación deja en el aire algunos aspectos donde esta potestad y la normativa de protección de datos se encuentran. Así, Gómez Gordillo ha apuntado a la falta de concreción en cuestiones "como si debería haber o no límite en el número de personas que acceda a esta información, de disposiciones específicas sobre hasta dónde puede ser tratada, o si los representantes actúan como un tercero o como parte de la empresa al cumplir su función de vigilancia".

Para el jurista "no cabe duda de que los datos del registro horario deben ser considerados datos personales", por lo que están sujetos a un "exigente marco garantista". Para que la labor sindical, entre otras fórmulas de representación, sea efectiva, sin embargo, detecta la ausencia de medidas como la seudonimización. Una práctica que "permite el tratamiento de datos personales sin posibilidad de atribución, salvo que se disponga de información adicional", siendo ilícito cualquier uso posterior que se dé a esa relación.

"Los tribunales deberán generar una nueva doctrina de jurisprudencia que garantice un uso adecuado de los datos, limitando los riegos ante eventuales violaciones de seguridad y, en su caso, permita identificar a los responsables", ha subrayado este profesor de la UPO. Ante ello, en su estudio, elaborado dentro del proyecto de investigación Los Derechos Fundamentales ante las Transformaciones Laborales en la Nueva Economía, propone que sea la negociación colectiva la que cubra este espacio provisionalmente, para acordar la forma en que se organiza y documenta el registro de jornada.

En su artículo, Gómez Gordillo profundiza en otros aspectos de la normativa que aún requieren mayor luz. En este sentido, pone como ejemplo el caso de las empresas de trabajo temporal o las actividades que se desarrollan por contratas y subcontratas. "El nuevo precepto no se ha detenido a valorar las especialidades de los cada vez más frecuentes entornos laborales de carácter triangular", ha señalado, al tiempo que ha destacado que al incluir en el registro horario a personal de contratas y subcontratas, la empresa principal "podría estar incurriendo en una cesión ilegal de trabajadores".

Otro de los aspectos donde se detiene el investigador es en analizar la forma jurídica que adquiere la representación de los trabajadores cuando accede a los datos del registro horario. En este sentido, ha señalado dos: "un tercero, es decir, como un miembro ajeno a la empresa, o una persona autorizada por esta".

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