El ICO lleva prestado en 2010 cerca de 1,3 millones a andaluces que piden moratoria en la cuota hipotecaria

Actualizado: sábado, 6 noviembre 2010 11:58

SEVILLA, 6 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Instituto de Crédito Oficial (ICO) lleva concedidos en los primeros nueve meses de 2010 unos 1,21 millones de euros en préstamos a particulares andaluces a través de la línea que permite una moratoria en el pago de las cuotas hipotecarias en un 50 por ciento en los años 2009 y 2010, lo que supone casi la cuarta parte del dinero prestado en el mismo período a nivel nacional, donde el ICO concedió 4,56 millones en préstamos.

Asimismo, a través de la línea de moratoria hipotecaria se llevaron a cabo 444 operaciones en la Comunidad Andalucía en los primeros nueve meses del año, lo que supone el 26,3 por ciento del total nacional, cifrado en 1.688 operaciones.

Por provincias, de los 444 préstamos, 119 se ubicaron en Sevilla, donde se concedieron préstamos por valor de 310.000 euros; Cádiz registró 104 operaciones por 280.000 euros; Granada registró 66 operaciones, por valor de 190.000 euros; seguida de Almería, con 63 operaciones, por 150.000 euros; Málaga, con 57 operaciones que supusieron un importe global del préstamo de 180.000 euros; Huelva, con 16 operaciones por 40.000 euros; Jaén, con diez operaciones por 40.000 euros; y Córdoba, con nueve operaciones y 30.000 euros.

Un total de diez cajas de ahorros, rurales y bancos andaluces, en concreto Banco de Andalucía, Unicaja, Cajasol, CajaGranada, CajaSur, Cajamar, Caja Rural del Sur, Caja Rural de Granada, Caja Rural de Córdoba y Caja Rural de Jaén, Barcelona y Madrid ya se adhirieron a esta línea del ICO que permitirá una moratoria en el pago de las cuotas hipotecarias en un 50 por ciento en los años 2009 y 2010.

Este programa de moratoria de hipotecas para desempleados, que se puso en marcha en marzo de 2009, tenía una dotación de 3.000 millones de euros en 2009, cantidad que se repite en 2010. Esta línea cuenta con una dotación máxima de 6.000 millones de euros y tendrá una vigencia desde el 1 de enero de 2009 hasta el 28 de febrero de 2011 o hasta el consumo de los fondos disponibles, si ése fuese anterior a la fecha de finalización indicada.

Tiene como objetivo el aplazamiento temporal y parcial en la obligación de pago del 50 por ciento del importe de las cuotas hipotecarias entre el 1 de marzo de 2009 y el 28 de febrero de 2011 con un máximo de 500 euros mensuales, a favor de determinados colectivos, titulares de una hipoteca sobre su vivienda habitual que haya sido suscrita antes de 1 de septiembre de 2008, por un importe igual o inferior a 170.000 euros y que no se encuentre en situación de mora.

Dicho aplazamiento se instrumentará a través de un contrato firmado entre el cliente y la entidad de crédito.

Pueden ser beneficiarios de esta línea los titulares de hipotecas que reúnan, al menos una de una serie de condiciones, como "ser trabajador por cuenta ajena en desempleo y encontrarse en esta situación, al menos, durante los tres meses anteriores a la solicitud, así como tener derecho a prestaciones por desempleo; ser trabajador por cuenta propia que se haya visto obligado a cesar en su actividad económica, manteniéndose en esa situación durante un mínimo de tres meses; o ser trabajador por cuenta propia que acredite ingresos inferiores a tres veces el importe del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem), durante, al menos, tres meses".

También pueden beneficiarse de esa línea los pensionistas de viudedad por fallecimiento ocurrido una vez concertado el préstamo hipotecario, y en todo caso, en fecha posterior al 1 de septiembre de 2008.

El importe máximo de financiación por cliente será de hasta 12.000 euros y los plazos de amortización del importe aplazado comenzarán en marzo de 2012 y podrán ser de tres, cinco, siete, 10 ó 15 años, debiendo tenerse en cuenta que "el plazo de vencimiento del crédito hipotecario, en ningún caso podrá ser inferior al plazo a formalizar en el contrato de aplazamiento".

Esta línea permita la cancelación anticipada voluntaria de la operación, por acuerdo entre el cliente y la entidad de crédito, y podrá ser total o parcial "sin que la misma implique penalización alguna para el cliente".

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