El juez rechaza dejar en libertad al padre del bebé fallecido por malos tratos en El Cerezo, en Sevilla

Juzgado de lo Penal en Sevilla
EUROPA PRESS - Archivo
Actualizado: martes, 15 mayo 2018 19:47

SEVILLA, 15 May. (EUROPA PRESS) -

El juez de refuerzo de Instrucción número 6 de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, ha desestimado la solicitud de libertad provisional para el padre del bebé de seis meses que falleció el 17 de junio de 2017 en el Hospital Virgen Macarena de Sevilla a consecuencia de los presuntos malos tratos sufridos, hechos por los que se le acusa de asesinato, manteniendo la medida de prisión para éste.

Así lo ha acordado el juez en un auto con fecha de 4 de mayo, al que ha tenido acceso Europa Press, y en el que también acuerda continuar con el procedimiento, desestimando la solicitud de sobreseimiento provisional de las actuaciones formuladas por las defensas de padre y de la madre, en relación a la que el Ministerio Fiscal ha retirado la acusación como autora de un delito de asesinato.

Esta decisión de la Fiscalía se produce después de que el pasado 15 de marzo el juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla dictara un auto en el que transformaba en procedimiento para el juicio ante el tribunal del jurado la causa seguida por un delito de homicidio contra los padres del bebé. El magistrado considera que "el hecho delictivo cometido reviste los caracteres de un delito de homicidio, con independencia de la calificación jurídica definitiva que se determine, es decir, delito de homicidio-asesinato, y de la posible concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal".

En el presente caso se ha constatado a la vista de las diligencias practicadas y del Informe Médico Forense de Autopsia, así como de las diligencia de levantamiento de cadáver e Informe del Grupo de Homicidios de la Policía Judicial que asiste a la autopsia del día 18 de junio de 2017, que la muerte del bebé tendría "una etiología homicida", según el auto del juez de refuerzo.

Según se deduce de lo actuado, el bebé, de apenas seis meses de edad, ingresó el 13 de junio de 2017 en el Virgen Macarena presentando lesiones de "gran relevancia", concluyéndose inicialmente que el pronóstico vital es "grave con posibilidades de muerte" en un 80 por ciento y que en caso de superar la situación quedaría con secuelas "muy graves". El bebé falleció el 17 de junio.

En el citado auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el juez citó a los progenitores --el padre se encuentra en prisión provisional y la madre fue puesta en libertad recientemente--, a la Fiscalía y a las partes personadas para la comparecencia que establece el artículo 25 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado (LOTJ). Igualmente, ordenó librar oficio al Servicio de Psiquiatría del Instituto de Medicina Legal de Sevilla a fin de que elabore Informe de imputabilidad de la madre, de conformidad con lo solicitado por el Ministerio Fiscal por medio de informe presentado con fecha de entrada 15 de marzo de 2018.

Pues bien, según confirmó a Europa Press Marta Aguilar, la abogada de la madre, en la comparecencia establecida por la LOTJ, que tuvo lugar el pasado 13 de abril, la representante del Ministerio Fiscal solicitó la continuación del procedimiento y la apertura del juicio oral interesando la condena, sin perjuicio de ulterior-definitiva calificación, por un delito de abandono de familia imputable a los dos progenitores, por un delito de maltrato en el ámbito familiar imputable al padre en concepto de autor material y a la madre en comisión por omisión.

Además, por un delito de asesinato concurriendo la circunstancia agravante de parentesco, que se atribuye en exclusiva al investigado B.S.R.G. en concepto de autor. Por las defensas se interesó el sobreseimiento de la causa y especialmente por el abogado del investigado su puesta en libertad.

RIESGO DE FUGA

Pues bien, ahora el magistrado, en un auto de fecha de 4 de mayo, señala que procede mantener la situación de prisión provisional para el progenitor, al objeto de "evitar la reiteración delictiva, impedir que pueda alterar elementos o fuentes de prueba o sustraerse de la acción de la justicia", como se recoge en el auto de 15 de junio de 2017 en el que se acordaba dicha medida, sin que haya variado las circunstancias que concurrían entonces.

El magistrado entiende que "existe tal riesgo de fuga" pues está investigado por la perpetración de delitos de "gran relevancia penológica", de modo que podría enfrentarse a un horizonte acusatorio vinculado a "relevantes" penas de prisión. Además, apunta que "carece de empleo y situación laboral estable", por lo que, ante un eventual demora en el juicio oral, "existe riesgo de fuga".

Igualmente, el juez, en el auto al que ha tenido acceso Europa Press, aprecia "facilidad de movimientos del investigado", de nacionalidad colombiana, y "con posibilidades", por tanto, de regresar a su país de origen; "sin arraigo laboral y familiar de suficiente entidad", pues vive en su domicilio de manera ilegal.

De otro lado, recuerda que el padre se le atribuye la posible autoría de delitos de asesinato, maltrato en el ámbito familiar y abandono de familia, castigado el primero de ellos con pena de hasta quince años de prisión.

Según el magistrado, con la prisión provisional se evitaría la "ocultación, alteración o destrucción de fuentes de pruebas relevantes para el enjuiciamiento", pudiendo "tratar de ejercer algún tipo de influencias" sobre los testigos.

Igualmente, señala que se evita con la privación de libertad el riesgo de reiteración delictiva, pues el padre del bebé fallecido tiene antecedentes penales por robo con violencia. El juez, de otro lado, ratifica la libertad provisional de la madre del bebé.

PRÁCTICA DE NUEVAS PRUEBAS

En el citado auto, el juez acuerda la práctica de nuevas diligencias antes de la celebración del juicio con jurado, entre las que encuentran la declaración de dos doctoras forenses del Instituto de Medicina Legal de Sevilla, autoras del informe definitivo de autopsia del bebé; la elaboración de un informe de imputabilidad de la madre; un mandamiento a una operadora móvil para que informe sobre el tráfico completo de comunicaciones y llamadas.

Además, acuerda el juez tomar declaración a los acusados, así como a un testigo.

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