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Actualizado: jueves, 16 enero 2014 23:57

SEVILLA, 16 Ene. (EUROPA PRESS) -

   La Consejería de Fomento y Vivienda ha aclarado que el Tribunal Constitucional (TC) "no ha dicho ni mucho menos que la Ley de Medidas para Asegurar la Función Social de la Vivienda sea inconstitucional", tal y como sostiene la diputada del PP Alicia Martínez, sobre la que lamenta su falta de rigor y pide que "el PP ponga a hablar del tema a algún portavoz que posea unos mínimos rudimentos sobre la materia".

   Fuentes de la Consejería de Fomento y Vivienda han indicado a Europa Press que "lo único que ha hecho el Constitucional es admitir a trámite automáticamente el recurso presentado por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, lo que provoca la suspensión cautelar de la norma sin entrar en el fondo, es lo mismo que hizo en julio con el Decreto-Ley que antecedió a esta norma".

   Ha recordado que "en ningún caso el TC ha entrado en el fondo del asunto, ni ha realizado ningún pronunciamiento sobre el contenido de la norma".

   La Junta indica que "la mera presentación del recurso por parte del presidente del Gobierno implica la paralización de la norma en virtud del artículo 161.2 de la Constitución, que dice literalmente 'el Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las comunidades autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses'".

   La Consejería de Fomento y Vivienda reclama al PP que, "si nadie en el partido o el Gobierno tiene valor para explicar los verdaderos motivos de su recurso, al menos ponga a hablar del tema a algún portavoz que posea unos mínimos rudimentos sobre la materia, porque lo contrario dificulta el debate público de ideas y genera confusión".

   Considera que en este caso "la señora Martínez o se equivoca o miente, probablemente se equivoca, pero eso no es excusa porque ante un tema de tal gravedad lo mínimo exigible a un representante político es que sepa la diferencia entre una sentencia, que es la que declara la inconstitucionalidad o constitucionalidad de una norma, y una admisión a trámite automática".

   La Consejería de Fomento y Vivienda aún confía en que algún miembro del Gobierno "se atreva a explicar el recurso contra la Ley".

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