La Junta financiará con dos millones la puesta en marcha de los registros municipales de demandantes

Actualizado: lunes, 14 septiembre 2009 16:40

Unos 100 municipios serán los prioritarios para tener un registro de demandantes antes del 1 de enero de 2010

SEVILLA, 14 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio financiará con más de dos millones de euros el arranque y la puesta en marcha de los registros municipales de demandantes, financiación que se va a concretar en una orden que saldrá en la primera quincena de octubre y donde, establecido el importe de la ayuda en función de la población, se financiarán los gastos de implantación de este registro a los ayuntamientos y el personal de apoyo necesario, según indicó el consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio, Juan Espadas.

Espadas firmó hoy con el presidente de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP), Francisco Toscano, un convenio para colaborar en el desarrollo específico del registro de demandantes de esas viviendas, acciones incluidas en la Ley de Derecho a la Vivienda, actualmente en tramitación parlamentaria. Precisó que los ayuntamientos deben aprobar en sus plenos una ordenanza que incluya las bases reguladoras del registro.

Este convenio contempla una ordenanza tipo, elaborada con la colaboración de la asociación de promotores públicos de vivienda (AVS), técnicos de la Junta y municipales, que fue entregada hoy por la Junta a la FAMP para que pueda servir a los pueblos como modelo base, incorporando las peculiaridades de cada lugar. Con esta ordenanza tipo se pretende "facilitar a los ayuntamientos un modelo, unificando criterios, para después permitir que identifiquen sus especificidades, singularidades y la seña de identidad de su política de vivienda en sus municipios".

Esa ordenanza tipo indica que será el ayuntamiento correspondiente, bien las empresas municipales de vivienda, las gerencias de urbanismo o patronatos municipales de vivienda los competentes en la gestión de dicho registro. Dicha ordenanza contempla que el registro se gestione por medios telemáticos y se podrá verificar por vía electrónica la identidad y residencia de los solicitantes, datos sobre la titularidad de inmuebles registradas por la Dirección General del Catastro, así como cualquier otro dato.

La ordenanza tipo contempla que el solicitante aporte, además del nombre y apellidos, sexo, nacionalidad y número de DNI, documentación que justifique su inclusión en un grupo de especial protección; los ingresos anuales; una declaración responsable de no ser titular de pleno dominio de una VPO o libre; declaración del interés del solicitante de residir en otros municipios y, en su caso, declaración de haber presentado otras solicitudes en otros registros públicos; régimen de acceso al que opta; número de dormitorios de la vivienda que demanda; o necesidad de una vivienda adaptada

Esta ordenanza tipo, que deja a cada ayuntamiento el número de años que un demandante puede quedar excluido del registro en caso de renuncia voluntaria en dos ocasiones, considera como renuncia no voluntaria los casos en que la vivienda para la que han sido seleccionado no se corresponde con las características que constan en la inscripción registral; cuando el seleccionado rechaza la adjudicación antes de que el registro comunique al promotor la relación de demandantes; o cuando el demandante no pueda realizar la compraventa por no haber recibido crédito financiero.

Este documento contempla que los demandantes se seleccionarán de acuerdo con los criterios de preferencia y los cupos establecidos en la relación ordenada de demandantes, esto es, por antigüedad, sorteo, baremación y cupos --reservando viviendas para familias numerosas, monoparentales, personas con movilidad reducida, mayores, personas dependientes, víctimas de violencia de género o de terrorismo o emigrantes retornados--. En ese sentido cada municipio establece sus porcentajes para primar uno u otro colectivo, en función de sus necesidades.

De esta manera, según explicó Espadas y el propio Toscano, con este convenio se pretende "ir adelantando y anticipando" actuaciones a la aprobación de la Ley de Derecho a la Vivienda y adecuándolas al marco de las ayudas y normas estatales, a través de un proceso "transitorio", ya iniciado, por el que se adaptó el plan autonómico al plan estatal y a través de la orden de registro, publicada el pasado mes de julio.

Así según recordó Espadas, los ayuntamientos que tienen que adjudicar VPO están obligados a tener un registro de demandantes antes del 1 de enero de 2010. En ese sentido, precisó que existen 100 municipios con promociones ya calificadas que tienen que adjudicar a partir del 1 de enero, y que será el llamado 'grupo 1', que serán los prioritarios en la puesta en marcha de esos registros.

Asimismo, existen otros 207 municipios que sin tener vivienda pendiente de adjudicar, cuentan con un gran volumen de población y mayor demanda de VPO, de forma que, según auguró, si esos más de 300 municipios tuvieran sus registros de demandantes este año "se cubrirían el 80 por ciento de la población".

Espadas, que destacó el clima de colaboración mantenida con la FAMP "desde el minuto cero", explicó que el convenio suscrito hoy con la FAMP supone "dar respaldo a la puesta en marcha de los registros y dar respaldo a otras actuaciones contempladas en la Ley como los planes municipales de vivienda. "Se trata de resaltar la capacidad, la autonomía de los municipios, que quieren articular y organizar esa demanda en sus municipios a través de la planificación de VPO en los próximos años, a través de coordinación y colaboración entre Junta y ayuntamientos", agregó Espadas.

Tanto Espadas como Toscano, destacaron la experiencia que ha supuesto el Ayuntamiento de Dos Hermanas (Sevilla), cuyo alcalde es el propio Toscano, de manera que, según el consejero "la fórmula de registro se inspira en el modelo de este ayuntamiento".

El presidente de la FAMP, que precisó que esta ordenanza tipo contempla una serie de "prioridades y criterios a la hora de adjudicar vivienda protegida", tras lo que resaltó la "satisfacción" que supone la información que ofrecen estos registros.

ADAPTACIONES A LA LOUA

Durante su intervención, el consejero aprovechó para destacar el papel de las adaptaciones parciales de los planeamientos municipales y actualizar los datos globales de adaptaciones de los planes municipales a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), cuyo "desbloqueo" ha supuesto acabar con el "gran escollo" y uno de los elementos que motivó el Pacto Andaluz por la Vivienda.

De esta forma, según resaltó, se ha pasado del 18 por ciento de población andaluza en mayo de 2008 cuyos municipios estaban adaptados a la LOUA al 50 por ciento de población andaluza con sus pueblos ya adaptados.

Así, ya hay 207 municipios con adaptaciones a la LOUA en distintas fórmulas, lo que supone cerca del 50 por ciento de población y se traduce que se haya ya identificado suelo para 76.000 VPO en estos municipios. Indicó que su objetivo es acabar la legislatura alcanzando el 90 por ciento del planeamiento.

Sobre la situación de la financiación, Espadas indicó que se está trabajando "promoción por promoción" con las entidades financieras para desbloquear promociones de viviendas 'atascadas', para lo cual ya se desbloquearon seis promociones y se seguirán desbloqueando en los próximos meses.