Más de 15.000 andaluces se inscriben en el testamento vital y el 45% expresa su deseo de donar sus órganos tras fallecer

Actualizado: sábado, 30 mayo 2009 13:44

SEVILLA, 30 May. (EUROPA PRESS) -

Un total de 15.653 andaluces se han inscrito ya en el Registro Andaluz de Voluntades Vitales Anticipadas, un derecho que mañana cumplirá un lustro desde, que el 31 de mayo de 2004, entrase en vigor en Andalucía y gracias al cual la persona puede hacer constar las instrucciones y opciones que habrán de tenerse en cuenta en el caso de que sufra cualquier circunstancia que le impida tomar decisiones respecto a la atención sanitaria a recibir.

Según la información facilitada a Europa Press por la Consejería de Salud, en el 45 por ciento de todas estas inscripciones los andaluces han manifestado explícitamente su deseo de donar los órganos para trasplantes tras su fallecimiento y un 9 por ciento de ellos a donar el resto de su cuerpo para la investigación o para la enseñanza universitaria, siempre según la legislación vigente.

Por su parte, en más del 94 por ciento de los testamentos vitales inscritos queda reflejado el deseo de que el documento se tenga en cuenta en los casos de daño cerebral severo e irreversible, en fase avanzada y/o terminal, ante situaciones de demencia de causa degenerativa avanzada, grave e irreversible o ante otras enfermedades o situaciones graves e irreversibles que afecten a la calidad de vida del paciente.

DESEO DE UNA MUERTE DIGNA

Igualmente, más del 93 por ciento de las voluntades vitales anticipadas recoge el deseo de que se le garantice una muerte digna a quien lo suscribe y a que sus familiares le acompañen en los últimos momentos de vida; el 88% a que se le administren tratamientos para paliar el dolor, sufrimiento y angustia extrema, aunque estos puedan acortar la vida del paciente, y el 62 por ciento afirman no querer que se le apliquen medidas de soporte vital, reanimación o cualquier otra con el fin de prolongar la supervivencia.

Asimismo, el 79 por ciento de los ciudadanos que han registrado su testamento vital ha manifestado la necesidad de mantener una buena calidad de vida, aunque esa decisión suponga un acortamiento de la misma.

Por provincias, de las 15.653 testamentos vitales el mayor número corresponde a Málaga, con 4.357 registros; seguida por Sevilla (3.102); Granada (2.584); Cádiz (2.010); Córdoba (1.289); Almería (977); Jaén (791), y Huelva (543). Además, del total de inscripciones, 1.486 se han registrado entre enero y abril de este año, lo que supone una media de 297 registros al mes.

La voluntad vital anticipada es la manifestación realizada por una persona, expresada por escrito, de manera consciente, deliberada y libre, por medio de la cual se hace constar las instrucciones y opciones que habrán de observarse cuando se produzca cualquier circunstancia que le impida tomar decisiones respecto a la atención sanitaria a recibir.

Los formularios se registran en las delegaciones provinciales de Salud, aunque en algunas ocasiones se han desplazado los secretarios generales de dichas delegaciones hasta el domicilio del interesado, al tratarse de personas cuya enfermedad o discapacidad les impedía acercarse al registro.

Para ello, los ciudadanos únicamente tienen que ponerse en contacto con Salud Responde a través del teléfono único 902 505 060 para gestionar una cita, donde además pueden resolver dudas sobre este derecho. Desde enero de 2009, Salud Responde ha gestionado un total de 2.383 citas, de las que 2.339 se han resuelto en la Delegación Provincial de Salud y 44 en los domicilios de los ciudadanos.

El documento que el ciudadano tiene que rellenar siempre que desee registrar su testamento vital lo puede retirar en la misma Delegación Provincial o descargarlo de la página web de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía --www.juntadeandalucia.es/salud--. Con esta medida lo que se pretende es hacer este trámite lo más accesible a todos los ciudadanos.

MODIFICACIÓN DEL TESTAMENTO Y NORMATIVA ANDALUZA

Una vez registrado el testamento vital, éste puede ser modificado por el propio ciudadano cuantas veces quiera, ante la posibilidad de que su opinión sufra alguna modificación con el paso del tiempo o la aparición de nuevas técnicas o terapias médicas.

Así, los ciudadanos tienen la opción de expresar su opinión sobre los criterios que desea que se tengan en cuenta, las situaciones sanitarias a considerar y tener en cuenta, así como las instrucciones a desarrollar una vez llegada la muerte.

La normativa que regula en Andalucía el ejercicio de este derecho es una de las más avanzadas en el conjunto del Estado, con la introducción de importantes novedades respecto a otras normativas aprobadas en España, como la posibilidad de expresar opciones en torno a la donación de órganos, o el hecho de que no sea necesario recurrir a terceros, como testigos o fedatarios públicos, para que la declaración sea válida.

Asimismo, hace prevalecer la decisión del paciente sobre la opinión de los médicos y familiares, siempre que no contravenga el ordenamiento jurídico vigente.

Otro aspecto innovador es que se podrá designar a un representante que sustituya al paciente ante la necesidad de prestar el consentimiento informado previo a una intervención sanitaria.

En Andalucía, cualquier persona mayor de edad o menor emancipado puede emitir su Declaración de Voluntad Vital Anticipada. Los profesionales sanitarios responsables de la atención de un enfermo que no pueda tomar decisiones por sí mismo están obligados a consultar dicho Registro para comprobar si el paciente ha dejado constancia de su testamento vital.

EL DOCUMENTO

Los ciudadanos pueden realizar distintos trámites administrativos relacionados con el testamento vital a través de Internet. Así, desde la oficina virtual 'www.juntadeandalucia.es/salud' y desde la web del SAS 'www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud' los ciudadanos pueden solicitar en la red cita para registrar el testamento vital, así como realizar una preinscripción del mismo con todos aquellos aspectos que desean que se tengan en cuenta.

Esta preinscripción deberá ser formalizada, posteriormente, en la Delegación de Salud correspondiente. Para solicitar la cita o realizar la preinscripción a través de este servicio, tan sólo es necesario que el usuario indique su número de tarjeta sanitaria.