El pleno de Marchena debate hoy un pre acuerdo con la Consejería sobre la ampliación del Conjunto Histórico

Vista del casco histórico de Marchena.
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Actualizado: miércoles, 30 junio 2010 8:22

MARCHENA (SEVILLA), 30 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Marchena (Sevilla), gobernado por Juan Rodríguez Aguilera (PA), celebrará hoy a las 19,00 horas un pleno convocado para debatir el "principio de acuerdo" alcanzado con la Consejería de Cultura en torno al conflicto desencadenado al aprobar el Consejo de Gobierno una ampliación del perímetro del Conjunto Histórico Artístico hasta las 81,7 hectáreas, según informó a Europa Press el propio Rodríguez Aguilera.

El alcalde informó de que, "gracias" al cambio de rumbo experimentado en el conflicto a cuenta de desembarco de Paulino Plata en la Consejería de Cultura, las "negociaciones" abiertas entre el Ayuntamiento y el Gobierno andaluz han prosperado hasta la consecución de este "principio de acuerdo" que debatirá el pleno de la Corporación, en la que el PA goza de mayoría simple.

El Ayuntamiento, como se recordará, había formalizado ya ante la Consejería de Presidencia un recurso de reposición contra el citado acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, solicitando además al Gobierno andaluz la suspensión de los efectos del decreto impugnado y la recuperación de las competencias urbanísticas ahora depositadas en la Comisión provincial de Patrimonio Histórico. Y es que, como ya se informó en su momento, todas las fuerzas políticas del Consistorio; PA, PP, PSOE e IU-CA, estaban en contra del decreto del Consejo de Gobierno que formalizaba la ampliación del perímetro del Conjunto Histórico Artístico hasta 81,7 hectáreas al creer desproporcionada la envergadura del procedimiento.

Mediante este principio de acuerdo, según informó el alcalde, la "delimitación" aprobada por el Consejo de Gobierno para el Conjunto Histórico Artístico gozará de "validez", aunque las "restricciones" urbanísticas de esta figura de protección patrimonial regirán sólo en el sector "intramuros" del Conjunto Histórico Artístico, cuya superficie se extiende en unas 18 hectáreas. En el resto de la delimitación, según dijo, regirá la normativa urbanística de "arrabales históricos". Este último extremo, además, implicará la adaptación parcial de las normas subsidiarias del municipio a la Ley de Ordenación Urbana de Andalucía (LOUA) para que estas zonas se ajusten a la delimitación aprobada por el Consejo de Gobierno para el Conjunto Histórico Artístico.

De cualquier forma, gracias a este principio de acuerdo, la Comisión local de Patrimonio Histórico recuperará las competencias relativas a los denominados "arrabales históricos", con lo que las licencias de obra que afecten a las zonas delimitadas dentro de la figura de arrabal histórico habrán de ser dictaminadas por la propia Comisión Local merced a la normativa expresa incorporada al vigente Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Marchena.

EL PROCEDIMIENTO DE AMPLIACIÓN

En el expediente incoado por la Dirección General de Bienes Culturales de la Junta de Andalucía para ampliar el Conjunto Histórico Artístico de Marchena, que parte de la declaración formalizada en 1966, el Ayuntamiento alegó aportando más de 200 páginas de datos, fotografías, planos y documentos sobre las bases históricas y legales de la trama urbana afectada, dado que el Gobierno municipal reclamaba que se redujese la envergadura del procedimiento.

La Consejería de Cultura, no obstante, entendía en una documentación recogida por Europa Press que la declaración del Conjunto Histórico Artístico materializada en 1996, al limitarse al recinto amurallado, no catalogó "otros sectores que tuvieron su origen en el proceso de morfogénesis de la ciudad durante la conformación de los arrabales históricos", ámbitos que hoy día "conservan inalteradas las características tipológicas de la trama urbana y suficientes ejemplos del tipo edificatorio de su arquitectura tradicional".

Insertos en este parcelario de carácter histórico pero "no protegido" en la declaración de Bien de Interés Cultural de 1966, existen "inmuebles de interés histórico, arquitectónico y artístico, destacando las iglesias de San Pedro, San Agustín o la Encarnación, los centros conventuales y un numeroso conjunto de edificios de carácter monumental compuesto por las diferentes muestras de arquitectura palaciega", por lo que la Dirección General de Bienes Culturales resolvía imponer la protección a "un ámbito de mayor dimensión" a través de este procedimiento.