Representantes de la farmacia española analizan mañana en Huelva los aspectos jurídicos de la Ley de Farmacia andaluza

Actualizado: miércoles, 2 abril 2008 15:11

HUELVA/SEVILLA, 2 Abr. (EUROPA PRESS) -

Representantes de diversos ámbitos de la farmacia española, entre los que se prevén se encuentren el presidente del Consejo General de Colegios de Farmacéuticos, Pedro Capilla, su homólogo andaluz, Manuel Arenas, o la directora general de Salud Pública de la Junta, Josefa Ruiz, analizarán mañana en Huelva los aspectos jurídicos que rodean a la Ley de Farmacia andaluza, recientemente aprobada por el Parlamento autonómico.

Según informó el Consejo Andaluz de Farmacéuticos, uno de los principales debates en los que se centrará la jornada de mañana, que organiza el colegio onubense del ramo, será el relativo al recurso de inconstitucionalidad elevado recientemente por 50 diputados del PP contra varios artículos de la norma, en especial el relativo a las transmisiones onerosas o el capítulo de sanciones.

De hecho, a lo largo de la jornada expertos del ámbito judicial analizarán los aspectos de la norma que han sido puestos en tela de juicio ante el Tribunal Constitucional, así como las regulación de esos mismos aspectos en otras leyes autonómicas aprobadas con consenso político.

En este sentido, y tal y como ya declaró a Europa Press el presidente del Consejo Andaluz de Farmacéuticos, Manuel Arenas, la paralización de la Ley andaluza en el Alto Tribunal podría derivar en un proceso de revisión en cascada del resto de legislaciones autonómicas en materia de farmacia.

Así, Arenas viene sosteniendo que algunos de los aspectos cuestionados de la norma, como la capacidad autonómica para establecer principios de concurrencia, competencia, mérito y capacidad sobre las adjudicaciones de farmacias de nueva apertura, "están prácticamente vigentes en el conjunto de leyes aprobadas en todo el territorio español".

De igual modo, argumenta que "algunos de los magistrados" del Constitucional que enjuiciaron leyes similares --a la andaluza-- de las comunidades de Extremadura y Castilla-La Mancha, y que fueron 'tumbadas' por el Alto Tribunal, si aludieron en su exposición de motivos "al carácter de interés público de las oficinas de farmacia", en referencia al artículo 47 de la norma andaluza, que plasma la compra-venta de estos establecimientos y que ha sido uno de los motivos para que el PP decidiese recurrir la ley.

En su opinión, las transmisiones onerosas (artículo 47) de las farmacias "no atentan contra la libertad de la transmisión" de estos establecimientos.

En similares términos también se pronunció recientemente la consejera de Salud andaluza, María Jesús Montero, quien acusó al PP de incurrir en una "flagrante contradicción" tras haber recurrido ante el Constitucional varios artículos de la Ley andaluza que, según dijo a Europa Press, "recoge la Ley de Farmacia de la Comunidad Valenciana".

Así, Montero considera cuanto menos "curioso" que el dirigente popular Eduardo Zaplana, "que encabeza la lista de diputados populares firmantes en el recurso de inconstitucionalidad", recurra ahora artículos de la ley andaluza "que, como el concurso de méritos para la adquisición de farmacias de nueva planta, se recogen también en la Ley de Farmacia de la Comunidad Valenciana de 1998", argumentó.

Por ello, la entidad colegial andaluza viene reclamando a las distintas fuerzas políticas que sean "coherentes" en sus planteamientos en las diferentes comunidades españolas y que "saquen los temas sobre farmacia, y en general sobre salud, fuera de la controversia partidista".

COMISIÓN EUROPEA Y POSTULADOS DEL PP.

El Consejo Andaluz del ramo recordó que todo este contexto se enmarca, además, bajo la advertencia lanzada por la Comisión Europea al "cuestionar" el modelo farmacéutico español, toda vez que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) acaba de admitir a trámite dos cuestiones planteadas por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en relación a la "coherencia" de la planificación de la farmacia con las leyes europeas.

Sea como fuere, el Constitucional ya admitió a trámite, por providencia del 12 de febrero, el recurso de inconstitucionalidad promovido por el PP en el Congreso de los Diputados contra varios artículos de la Ley.

En concreto, el recurso de inconstitucionalidad afecta a los artículos 13; 33.2; 40.1.a), inciso primero del último párrafo; 41.1.c), párrafo segundo, y 47.1 y 3 de la norma andaluza, de 18 de diciembre.

Al hilo de ello, los populares han reiterado en varias ocasiones que la actual ley andaluza "vulnera" el modelo de proximidad de la farmacia española e "incide" en una reforma que ya hizo en 2003 comunidades como Castilla-La Mancha "y que también tumbó el Constitucional".

Fundamentalmente, el PP ha planteado su recurso ante el TC por los artículos 47, referido a las transmisiones onerosas; 40, que hace referencia a la sanción extensiva a ambos cotitulares de una farmacia en caso de que uno de ellos infrinja de forma grave la ley; y 13, que recoge las formulaciones magistrales, en las que el PP entiende que son competencia exclusiva del Estado y no de las comunidades.

Entre los principales escollos a la norma, el PP apunta que el artículo 47 podría incurrir en inconstitucionalidad tras remitirse a sentencias judiciales como la 109/2003 del Constitucional, "en la que se recoge que no se está a favor de la limitación del derecho de la transmisión de las farmacias y que no cabe su modificación autonómica".

Igualmente, alude a los informes que tanto el Consejo Económico y Social (CES) como el Consejo Consultivo de Andalucía emitieron sobre este punto de las transmisiones, "resolviendo su marcado carácter intervencionista".

Junto al artículo 47 de la norma, los populares apuntan al artículo 40 de la actual LFA, del que dicen "quiebra el principio de presunción de inocencia, por lo que puede ser motivo de inconstitucionalidad".

Esta argumentación encuentra su resonancia en los argumentos esgrimidos también por otros organismos, como la Confederación Empresarial de Oficinas de Farmacia de Andalucía (Ceofa), que sostiene que "la pérdida de la autorización de un cotitular no debe afectar al otro, puesto que la responsabilidad penal o administrativa no es transmisible, salvo que se demuestre que ha participado en la infracción que originó la inhabilitación".

En cuanto al artículo 13 de la norma, el PP entiende que es un "intento de intervención" por parte de la comunidad autónoma en la formulaciones magistrales, "que al tratarse de medicamentos son competencia exclusiva del Estado".