Sevilla.- Tribunales.- Piden 30 años de cárcel para un individuo que mató a una mujer tras una reyerta en Dos Hermanas

Actualizado: lunes, 20 marzo 2006 19:18

SEVILLA, 20 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla juzgará a partir del próximo lunes, día 27, a un hombre de 22 años, M. C. V., acusado de la muerte de una mujer en la barriada Cerro Blanco de Dos Hermanas (Sevilla) y para el que el ministerio fiscal pide una pena de 30 años de prisión.

Según el escrito de acusación del fiscal, al que tuvo acceso Europa Press, los hechos se originaron en la confluencia de las calles Manzanillas y Carrasqueño, donde se inició una discusión entre Antonio C. A., alias 'El Nono', y Antonia A. C., aglutinándose en la zona numerosos vecinos de ambos y familiares de la mujer, si bien se refleja que la discusión no llegó a mayores entre ambos.

Instantes después, llegó al lugar un turismo en el que viajaba el acusado Miguel C. V. --que se encuentra en prisión provisional por esta causa--, acompañado de sus padres, Miguel C. A. e Isabel V. V, quien al comprobar la situación existente se bajó del coche portando en la mano una escopeta que llevaban en el interior del turismo, apuntando a los allí congregados "con la evidente intención de utilizarla", indicó el fiscal.

Su actuación fue observada por Antonio A. C., quien al percatarse de que había sacado la escopeta intentó arrebatársela agarrándola por el cañón, momento en el que el acusado disparó supuestamente sobre él con "la intención de acabar con su vida", algo que no consiguió aunque sí le alcanzó en la mano derecha. Le provocó lesiones por las que precisó tratamiento médico quirúrgico de las que tardó 77 días en curar .

A continuación, siempre según el escrito del fiscal, el acusado comenzó a disparar indiscriminadamente sobre los allí congregados, realizando tres disparos más. Uno impactó en la pared y otro en la madre del propio acusado --afectándole al pulmón derecho, si bien la mujer ha renunciado a toda indemnización--. Otro de los disparos alcanzó a Josefa D. H. en la región abdominal y en la espalda, ocasionándole lesiones que determinaron su muerte por parada cardiorespiratoria. La mujer tenía entonces 25 años, estaba casada y tenía tres hijos de 7, 6 y 1 año.

El fiscal menciona también que la escopeta utilizada por el acusado había sido modificada en sus características esenciales y que éste tenía también una pistola con una modificación sustancial, armas ambas para las que el acusado carecía de las pertinentes licencias.

Para la acusación pública los hechos son constitutivos de un delito de homicidio consumado, dos de homicidio en grado de tentativa y uno de tenencia ilícita de armas, de los que considera que el acusado es su autor. Así, la pena solicitada asciende a 30 años de cárcel, 13 por el homicidio consumado, siete para cada de los delitos supuestos de homicidio intentado y tres por la tenencia ilícita de armas. De indemnización, pide 5.661,69 euros para Antonio A. C., 93.166,95 euros para el esposo de la fallecida y 38.819,56 euros para cada uno de sus hijos menores de edad.

LA ACUSACION PARTICULAR INCULPA TAMBIEN AL PADRE

Por su parte, la acusación particular inculpa también a Miguel C. A., padre del inculpado por el fiscal, argumentando que el presunto autor material de los disparos "comenzó a dar tiros contra las personas que allí se encontraban por así habérselo mandado" su padre. En el escrito de acusación, se refleja que además de la muerte de la mujer, Antonio A. C. perdió parte de los dedos de la mano afectada, lo que le ha incapacitado en la actualidad para el desempeño de su trabajo.

También se destaca que ambos acusados por esta parte son "personas peligrosas para la sociedad" y que el supuesto autor material se encontraba disfrutando de un permiso carcelario en el momento en que ocurrieron los hechos. Para la acusación particular, los hechos son constitutivos de un delito de homicidio consumado, otro intentado y otro de tenencia ilícita de armas, considerando autores al inculpado por el fiscal y su padre. Así, para cada uno solicita penas de 28 años de prisión.

Por su parte, la defensa de Miguel C. V. considera en su escrito de calificación provisional que de las actuaciones practicadas no se desprende comisión de delito alguno por parte de su representado, si bien añade que, en todo caso, concurrirían las circunstancias modificativas de responsabilidad criminalidad muy cualificada de legítima defensa, arrebato, obcecación u otro estado pasional de entidad semejante, por lo que pide su libre absolución.