Condenadas dos mujeres por golpear a ediles, insultar al alcalde de Guillena y mostarle los pechos

Fachada del Ayuntamiento de Guillena
Fachada del Ayuntamiento de Guillena - AYUNTAMIENTO DE GUILLENA
Publicado: miércoles, 21 agosto 2019 18:26

Los hechos acontecieron durante la celebración de un pleno del que ambas fueron desalojadas por la Policía Local

SEVILLA, 21 Ago. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Sevilla ha condenado a dos mujeres, a conformidad de las mismas, por delitos de atentado, lesiones leves y falta de respeto y consideración a la autoridad, después de que en abril de 2016 asistiesen como público a un pleno del Ayuntamiento de Guillena, gobernado por el socialista Lorenzo Medina Moya, y durante la sesión una de ellas golpease a dos concejales e insultase al alcalde, mientras la otra también habría insultado al primer edil y le habría mostrado sus pechos en el salón de plenos.

En su sentencia, fechada el pasado 3 de julio y recogida por Europa Press, la Audiencia aborda un altercado acontecido en el pleno celebrado por el Ayuntamiento de Guillena el 7 de abril de 2016, toda vez que el mandato municipal 2015/2019 de dicha localidad estuvo marcado por fuertes tensiones a la hora de los plenos, a cuenta del resultado de la sesión de investidura celebrada en junio de 2015.

A tal efecto, recordemos que en esta localidad, gobernado durante más de 30 años por Justo Padilla y después regido por su sucesor, el socialista Lorenzo Medina, las elecciones municipales del 24 de mayo de 2015 se saldaron con una nueva victoria del PSOE, que no obstante perdió la mayoría absoluta con la que contaba al conseguir ocho ediles frente a los nueve necesarios para tal mayoría. IU-CA, de su lado, obtuvo cuatro, el PP tres y dos la agrupación electoral Guillena Sí Se Puede, promovida por Podemos.

En ese sentido, Lorenzo Medina, como aspirante a la reelección por el PSOE pero despojado de la mayoría absoluta, señalaba a Europa Press antes de la sesión de investidura que IU-CA, el PP y Guillena Sí Se Puede negociaban un "entendimiento" para arrebatarle el poder, extremo finalmente abortado al votar uno de los dos concejales de Guillena Sí Se Puede a favor de la candidatura del PSOE, por lo que Medina se proclamó alcalde de nuevo, en contra del pacto alcanzado entre las citadas fuerzas.

El voto del citado concejal de Guillena Sí Se Puede, gracias al cual el PSOE revalidó la Alcaldía, contravenía el acuerdo alcanzado en el seno de la asamblea local de Sí Se Puede para promover un gobierno alternativo, despertando una cruda y prolongada controversia, con sucesivas protestas e incidentes, en la que no pocas voces acusan al PSOE de "comprar" la voluntad de este concejal, llamado Javier Pisonero. No obstante, los socialistas lo negaban y defendían que Pisonero había actuado por "decisión personal".

ALTERADO EN EL PLENO

En cualquier caso, la mencionada sentencia de la Audiencia señala la actuación de dos mujeres que asistían como público a un pleno celebrado por el Ayuntamiento de Guillena el 7 de abril de 2016, declarando de conformidad de ambas acusadas que "en un momento dado, discrepando del tema debatido", una de ellas "comenzó a manifestar de viva voz su desacuerdo, instándole el alcalde (el socialista Lorenzo Medina) a que depusiera su actitud".

Pero "lejos de atender el requerimiento, la acusada se levantó del asiento y se dirigió hacia la Presidencia (del pleno, ostentada por el alcalde), acudiendo de inmediato dos agentes de la Policía Local que interceptaron a la inculpada", quien mientras era desalojada "aprovechó su camino para propinar un golpe con la mano abierta a un concejal" y otro impacto en un hombro a una edil. "Durante el desalojo, la acusada no cesaba de imprecar a la Presidencia con expresiones como 'hijo de puta'", declara la sentencia como hechos probados.

En cuanto a la otra acusada, la sentencia relata que "ofendida por el desalojo de su amiga, mantuvo una actitud desafiante para con el Consistorio, imprecando al presidente del pleno con expresiones como 'sinvergüenza, que se acostaba con mujeres casadas', al tiempo que le dedicaba gestos obscenos con la boca, llegando a levantarse la camiseta y enseñarle los pechos, razón por la cual fue igualmente desalojada del salón de plenos".

LAS ACUSADAS ACEPTAN LOS HECHOS

"Atendiendo a la conformidad de las acusadas", según la sentencia, la primera de ellas resulta condenada a un año de prisión y una multa de 360 euros por un delito de atentado; otra multa de 60 euros por un delito leve de lesiones; una tercera sanción también de 60 euros por un delito leve de falta de respeto y consideración a la autoridad y a indemnizar con 300 euros a la concejal a la que golpeó en el hombro.

No obstante, la sentencia especifica que se acuerda "la suspensión de la ejecución de la pena impuesta" a esta mujer por un plazo de dos años, "con la advertencia de que en caso de delinquir durante el tiempo de la condena y de no abonar la indemnización fijada, se podrá revocar la suspensión de la ejecución de la pena".

La segunda acusada, por su parte, resulta condenada a una multa de 90 euros por un delito leve de falta de respeto y consideración a la autoridad,

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