Condenado por lesiones leves a una vecina uno de los policías de Osuna que denunció a la alcaldesa

Publicado: miércoles, 1 agosto 2018 17:26

OSUNA (SEVILLA), 1 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Osuna (Sevilla) ha condenado a una multa de 900 euros a uno de los policías locales de dicha localidad que denunciaron ante la Fiscalía a la alcaldesa, Rosario Andújar (PSOE), el edil de Seguridad Ciudadana y Movilidad, Juan Antonio Jiménez, y el jefe accidental de la Policía Local, Antonio Navarro, al considerar a este agente autor de un delito leve de lesiones sobre una vecina del municipio.

En su sentencia, emitida el pasado 26 de junio y recogida por Europa Press, la citada instancia judicial aborda la denuncia promovida por una vecina de Osuna, contra este agente de la Policía Local de dicho municipio, promotor junto a otro miembro del Cuerpo de Policía Local de una denuncia contra la alcaldesa, el concejal de Seguridad Ciudadana y el jefe accidental de la Policía Local, por presuntos delitos de prevaricación, malversación y otros contra la administración pública.

Merced a la denuncia de esta mujer, la sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Osuna declara como hechos probados que el 19 de septiembre de 2017, este agente de la Policía Local prestaba servicio en la vía pública, cuando la denunciante se dirigió a él "increpándole de manera alterada y recriminándole" que sometiese a su hijo a un "registro personal cada vez que lo encontraba" por la calle.

Ante ello, según la sentencia, "el acusado requirió a la denunciante para que se identificara mediante la exhibición del DNI, ante lo que la denunciante manifestó que no lo llevaba encima, procediendo en ese momento a marcharse del lugar cuando el acusado, con una fuerza desproporcionada en relación a las circunstancias, la agarró por detrás del cuello y del brazo derecho, para seguidamente reducirla sujetándola contra un escaparate".

Fruto de dicha "agresión", según relata la sentencia como hechos probados, la mujer "sufrió lesiones consistentes en cervicalgia y omalgia derecha, que no requirieron tratamiento médico más allá de una primera asistencia facultativa y de las que tardó en recuperarse seis días de perjuicio personal básico".

A la hora de condenar al agente, el juzgado contrasta las "versiones contradictorias" de la denunciante y el funcionario, así como de los testigos de ambos, pues el agente alegaba frente a la denuncia, que cuando sujetó a la mujer para impedir que se marchase sin haberse identificado, ésta "se revolvió" tratando supuestamente de "agredirle", por lo que se habría visto obligado a "reducirla contra un escaparate".

"LESIONES PROBADAS"

Pero aunque cada las versiones de la denunciante y el agente "se contradicen mutuamente", el juzgado expone que con arreglo a la doctrina del Tribunal Supremo, las pruebas practicadas ponen de relieve que "se causaron las lesiones declaradas probadas y ante las versiones contradictorias, los elementos de prueba objetivos" motivan que la versión de la denunciante esté "en mejor condición que la otra".

Y es que, entre otros aspectos, pesan el parte de lesiones aportado por la denunciante y un informe del médico forense, toda vez que "el propio acusado afirmó en el juicio que la denunciante se quejaba del cuello", por lo que aunque "en todos los intervinientes se aprecia credibilidad y verosimilitud", lo cierto es que "existen datos periféricos que, valorados junto al resto de pruebas practicadas, permiten otorgar mayor valor a la versión de la denunciante".

Así las cosas, el agente, que de su lado atribuye a la alcaldesa, el concejal de Seguridad Ciudadana y el jefe accidental de la Policía Local supuestas directrices arbitrarias respecto a las denuncias policiales por infracciones ciudadanas, ha sido condenado como autor de un delito leve de lesiones, a una multa de 900 euros y una indemnización de 225 euros en favor de la denunciante. La sentencia condenatoria, eso sí, es susceptible de recurso.

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