Tribunales.- La defensa de una acusada de matar a un varón pide su absolución por trastorno mental y adicción

Exteriores de la Audiencia Provincial de Sevilla
EUROPA PRESS - Archivo
Actualizado: viernes, 15 junio 2018 17:21

SEVILLA, 15 Jun. (EUROPA PRESS) -

La defensa de la mujer acusada de asesinar en septiembre de 2016 a un hombre en un inmueble de la capital hispalense, tras lo que prendió fuego al cadáver "para evitar su descubrimiento" por parte de otras personas, ha pedido su libre absolución alegando que padece trastorno afectivo bipolar con síntomas psicóticos y un largo historial toxicológico, así como por haber consumido antes de cometer los hechos junto a la víctima.

La acusada, para quien la Fiscalía solicita una pena de 30 años de prisión por un delito de asesinato y otro de incendio, reconoció los hechos desde la primera declaración que realizó ante la Policía Nacional, según el abogado defensor, que ha explicado al jurado en la presentación de sus alegaciones previas que "los hechos no se van a discutir porque están reconocidos", sino las circunstancias modificativas de la responsabilidad de su representada, ya sean como eximentes o atenuantes.

El Ministerio Público, en su escrito de acusación, relata que los hechos habrían tenido lugar entre los días 21 y 23 de septiembre de 2016, cuando la inculpada, en prisión provisional por estos hechos desde el 26 de septiembre de ese año y actualmente en el Psiquiátrico Penitenciario de Alcalá de Guadaíra (Sevilla), coincidió con la víctima, con quien "mantenía ciertas desavenencias motivadas por el consumo de sustancias estupefacientes al que ambos eran adictos y que en ocasiones compartían".

Según relata la Fiscalía en su escrito, "tras una breve conversación" la acusada "convenció" al fallecido para que la acompañara a un local abandonado de la calle Candelaria de la capital hispalense "para consumir algún tipo de sustancia estupefaciente", donde la inculpada le propuso a la víctima --sentada en una silla-- "realizar un juego" en el marco del cual la acusada le "maniató" brazos y piernas con un cable metálico y una cuerda, "impidiéndole cualquier movimiento".

La Fiscalía asegura que, en esta situación y "privado" el fallecido de "cualquier tipo de defensa", la acusada "decidió acabar con su vida, seguramente en represalia por las desavenencias que mantenían", de forma que "colocó a la víctima una especie de mordaza en la boca, compuesta por varios trapos y con "la finalidad de aumentar innecesariamente el sufrimiento previo a la muerte", y "comenzó a golpearle con las manos y los puños" y con un cuchillo o similar le habría ocasionado siete heridas incisas, mientras que, valiéndose de un martillo y unos alicates, "comenzó a golpearle con gran violencia en el rostro", entre otras acciones.

Como consecuencia de todo ello los padecimientos del varón "eran insoportables". No obstante, la inculpada le introdujo en la boca varias pastillas de haloperidol, agua oxigenada y betadine y con una jeringuilla que allí encontró le inyectó aire y haloperidol. Pese a todo, la víctima continuaba con vida, por lo que la mujer le propinó un "violento" empujón que hizo caer la silla y al propio varón y le pisó "con gran violencia" el cuello de éste. Como consecuencia de todas estas maniobras, el varón falleció instantes después.

Seguidamente, la acusada ocultó el cuerpo en una habitación interior del local, pero "como quiera que el local era frecuentado por individuos drogadictos", la inculpada se trasladó nuevamente el día 25 al inmueble y prendió fuego al cadáver, propagándose las llamas "rápidamente" por todo el local y afectando tanto a éste como a una vivienda aledaña, que tuvo que ser desalojada.

ALEVOSÍA Y ENSAÑAMIENTO

Por estos hechos, el fiscal Luis Martín, quien de manera didáctica se ha dirigido a los miembros del jurado para explicarles su posición, solicita para la acusada 23 años de prisión por un delito de asesinato, con la concurrencia de las agravantes de alevosía y ensañamiento, y otros siete años de cárcel por un delito de incendio, así como que abone una indemnización total de 90.000 euros a los tres hermanos de la víctima. También pide que indemnice con 7.899 euros al dueño del local afectado y con 240,60 euros al propietario de una vivienda también afectada por las llamas.

Por su parte, Alejandro Martín Páez, abogado de oficio que defiende a la acusada, ha explicado que su representada presenta un trastorno psicótico diagnosticado, con trastorno afectivo, un historial largo de consumo de droga (más de 30 años) y vivía en situación de exclusión social, sin contacto con los hijos que tiene. Además, ha apuntado que el día de los hechos consumió con la víctima sustancias tóxicas, como está acreditado.

En este sentido y dirigiéndose a los miembros del jurado, cuya constitución se ha celebrado también este viernes, con cinco hombres y cuatro mujeres, ha señalado que si se aprecia la eximente completa "no tendría responsabilidad criminal" en los hechos. Si en su defecto se prueba la atenuante, la pena será "rebajada, adaptándose a lo que ocurrió".

Ella, según el abogado, "no sabía lo que estaba haciendo o no tenía conocimiento, porque su voluntad estaba mermada para controlar lo que hacía, sus impulsos". Además, ha insistido en que los hechos "no se discuten", sino "si en el momento que ocurrieron sus facultades estaban mermadas".

VOLUNTAD "LEVEMENTE" AFECTADA POR LAS DROGAS

Aunque no es lo habitual, este viernes se ha practicado una prueba pericial antes del interrogatorio a la acusada, que se llevará a cabo este próximo lunes. Así, la Sala ha escuchado el testimonio del médico forense Julio Guija, quien elaboró un informe mental sobre la acusada, que ha ratificado.

El médico forense ha explicado que la acusada sufre un trastorno disocial de la personalidad con consumo de sustancia tóxica, descartando que padezca una enfermedad mental, distinguiendo entre ambos diagnósticos. El enfermo mental "pierde la noción de la realidad", mientras la persona que sufre trastorno no la pierda, "sabe lo que hace". El trastorno disocial es "una forma de ser" de la persona, "forma anormal de relacionarse".

Igualmente, ha explicado a los miembros del jurado que cuando se habla de facultades cognitivas se hace referencia a la capacidad de la persona para valorar las cosas que ocurren a su alrededor, saber qué está pasando. Son las que permiten saber que "ayer dimitió Lopetegui y hoy hay Mundial de Fútbol". Pero para poder llevar a cabo esas acciones es necesario la voluntad. Las facultades volitivas son las decisiones y las actuaciones.

Tras esto, el médico forense ha concluido que la acusada tenía sus facultades volitivas "levemente" afectadas, pero las cognitivas, no, "sabía lo que hacía". El trastorno de personalidad no afecta a su voluntad, aunque por el consumo de sustancias tóxicas "sí se puede ver afectada levemente su voluntad". Además, ha añadido que la acusada "recuerda todo lo que pasó y en orden cronológicamente". "Cognitivamente sabía lo hacía", ha insistido.

El Ministerio Público solicita para la acusada 23 años de prisión por un delito de asesinato y otros siete años de cárcel por un delito de incendio, así como que abone una indemnización total de 90.000 euros a los tres hermanos de la víctima. También pide que indemnice con 7.899 euros al dueño del local afectado y con 240,60 euros al propietario de una vivienda también afectada por las llamas.