El juez deniega suspender el acuerdo plenario de Lora que retiraba los sueldos del Gobierno local

El alcalde de Lora en rueda de prensa
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Actualizado: martes, 10 julio 2018 12:17

LORA DEL RÍO (SEVILLA), 10 Jul. (EUROPA PRESS) -

Después de que el Gobierno del Ayuntamiento de Lora del Río (Sevilla), encabezado por Antonio Miguel Enamorado (PP) y del que forma parte el portavoz de Compromiso con Lora, Miguel Ángel Nogales, impugnase por lo Contencioso Administrativo los acuerdos adoptados por el pleno en enero a instancias de IU, el PSOE y Cs, revocando las dedicaciones exclusivas aprobadas a comienzos del mandato, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número nueve ha denegado su petición de que dichos acuerdos fuesen suspendidos cautelarmente a la espera de la resolución del litigio.

En concreto, y según la documentación depositada en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número nueve de Sevilla y recogida por Europa Press, los ediles del Gobierno de coalición formado por el PP y el concejal de Compromiso con Lora recurrieron los acuerdos aprobados durante el pleno extraordinario del pasado 10 de enero con el voto a favor de IU, el PSOE y Cs, para "modificar el régimen de dedicaciones exclusivas" promovido por el Gobierno local al arrancar el mandato, extremo que llevaba aparejada una reclamación al alcalde para que consensuase una "propuesta" en la materia con el conjunto de grupos municipales.

Estos acuerdos contemplaban además la "eliminación" de la plantilla de personal eventual promovida por el Gobierno local, toda vez que en su recurso contencioso administrativo, el gobierno local de Lora señala la "manifiesta ilegalidad" de los acuerdos impugnados, esgrimiendo un "tajante" informe de la Secretaría General del Consistorio según el cual tales medidas implicarían una "invasión de competencias" de la Alcaldía, entre otros aspectos.

DENEGADA LA SUSPENSIÓN CAUTELAR

Además, y según figura en un auto emitido el 5 de julio por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número nueve y recogido por Europa Press, la representación del Gobierno local solicitaba, como medida cautelar, la suspensión de los acuerdos plenarios impugnados hasta que se resolviese el litigio.

No obstante, el juzgado ha decidido "denegar la suspensión" solicitada respecto a los citados acuerdos plenarios, pues "el perjuicio que se pudiese irrogar a los concejales afectados con dedicación exclusiva, así como al personal eventual, es perfectamente reparable mediante las correspondientes indemnizaciones".

Además, expone el juzgado que "el interés público en este supuesto es más relevante que el interés particular manifestado por el alcalde y algunos concejales" y "la suspensión de la resolución implicaría la paralización de parte de la actividad de la Corporación en detrimento de los intereses generales, siendo éstos tan relevantes o más que el de los recurrentes".

En ese contexto, el propio juzgado avisaba de que "siendo varios los acuerdos adoptados en la mencionada sesión extraordinaria, seis en concreto", los recurrentes "parecen centrar toda la problemática en el tema de los emolumentos, no concretando otros perjuicios que no sean cotizaciones, prestaciones o nóminas, materias todas ellas susceptibles de ser reparadas en caso de una eventual sentencia estimatoria".

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