Pendiente aún de sentencia el litigio de la cementera de Alcalá contra la modificación urbanística

Cementera de Alcalá
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Actualizado: miércoles, 19 diciembre 2018 18:06

ALCALÁ DE GUADAÍRA (SEVILLA), 19 Dic. (EUROPA PRESS) -

Casi dos años después de su apertura, aún sigue "pendiente de sentencia" la causa incoada por la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), para resolver el recurso de Cementos Portland Valderrivas, propietaria de la planta cementera de Alcalá de Guadaíra (Sevilla), contra la modificación puntual del planeamiento urbano aprobada por el Ayuntamiento alcalareño, estableciendo una "distancia mínima" de dos kilómetros entre las actividades industriales que "utilicen residuos como combustible alternativo" y las "zonas de suelo urbano o urbanizable".

El portavoz del colectivo ecologista Alwadi-Ira/Ecologistas en Acción, Francisco Gavira, ha recordado a Europa Press que dicho colectivo está personado en el mencionado litigio, detallando que el procedimiento judicial ha avanzado ya hasta el extremo de ser celebrada una vista y entregar sus conclusiones cada una de las partes. "Hace ya bastante tiempo que fueron entregadas las conclusiones. El caso está tardando mucho (en ser resuelto) pero está todo listo para dictar sentencia y puede haber una decisión en cualquier momento", ha resumido.

En concreto, y según la documentación consultada por Europa Press, el recurso de la citada empresa fue recogido por la sección segunda de la sala de lo Contencioso Administrativo del Alto tribunal andaluz, toda vez que el otoño de 2017, y en el marco de otra vertiente judicial de este conflicto, el TSJA anulaba la resolución autonómica que, allá por 2015, estimó sólo parcialmente el recurso de los ecologistas contra la aprobación de la modificación solicitada por Portland para la autorización ambiental integrada concedida para su planta cementera de Alcalá, para que la misma incinerase derivados de residuos no peligrosos para su uso como combustible.

"Dada las características de la instalación, el volumen de residuos y la actividad de gestor de residuos que exige nueva autorización y en cuyo procedimiento se ha omitido el informe de compatibilidad urbanística preceptivo y vinculante, queda viciado el procedimiento de autorización, determinando su nulidad", resolvía el TSJA en aquella sentencia recurrida después por la Junta de Andalucía ante el Tribunal Supremo.

Tal es la situación en el plano judicial del conflicto desencadenado en Alcalá de Guadaíra, a cuenta de la iniciativa promovida por la citada planta cementera, para incinerar derivados de residuos no peligrosos para su uso como combustible.

MÚLTIPLES VERTIENTES

Hasta el momento, y como se ha señalado, la organización ecologista Alwadi-Ira ha impugnado ante el TSJA la decisión de la Junta de Andalucía de aceptar modificar la autorización ambiental unificada (AAI) de la planta cementera, precisamente para permitir la incineración de residuos no peligrosos.

"Esa autorización ambiental unificada tiene un montón de fallos, carece de importantes documentos y tenemos discrepancias sobre los valores límite de emisión", manifestaba al respecto el portavoz ecologista Francisco Gavira.

Según los ecologistas, que han promovido toda una campaña social en contra de esta medida, gracias a esta revisión de su autorización ambiental integrada, la planta contaría con disposición de incinerar 292.000 toneladas de residuos al año para su uso como combustible. "Esa cantidad supera a los residuos que procesan todas las cementeras de Andalucía juntas", dicen los ecologistas, que avisan de "emisiones a la atmósfera", con sus correspondientes consecuencias en un área densamente poblada, en la primera corona del área metropolitana de Sevilla.

CONFLICTO JUDICIALIZADO

En paralelo, y como ha quedado de relieve, Portland Valderribas ha impugnado también ante la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA el acuerdo plenario adoptado por el Ayuntamiento de Alcalá, gobernado por Ana Isabel Jiménez (PSOE), para modificar las normas urbanísticas de la ciudad y establecer unas "distancias mínimas" de dos kilómetros entre las actividades industriales que "utilicen residuos como combustible alternativo" y las "zonas de suelo urbano o urbanizable".

Tal extremo, en la práctica, supone un bloqueo como tal a las pretensiones de la cementera de habilitar sus instalaciones para la incineración de residuos no peligrosos para su uso como combustible, dada la cercanía de la planta cementera a los suelos urbanos de Alcalá.

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