Tribunales.-Piñero niega irregularidades en la cesión de suelos de Mercasevilla a Sando, cuya oferta no examinó

Actualizado: viernes, 25 septiembre 2009 17:55

La juez apunta a un contrato de derecho de superficie previo con Sando que obligó a abonar a Larena 98, la anterior superficiaria, más de un millón

Piñero reconoce haber recibido un fax donde el alcalde le "rogaba" que propusiera la destitución de los imputados Mellet y Ponce

SEVILLA, 25 Sep. (EUROPA PRESS) -

El vicesecretario del consejo de administración y de la comisión ejecutiva de Mercasevilla, Jorge Piñero, imputado por los presuntos delitos de prevaricación y maquinación para alterar el precio de las cosas al considerar la juez que existen irregularidades en el concurso público sobre el derecho de opción de compra de los terrenos de la empresa municipal, negó hoy la existencia de cualquier irregularidad en todo este proceso.

Jorge Piñero declaró hoy viernes por espacio de tres horas --entre las 11,00 y las 14,00 horas-- ante la titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, Mercedes Alaya Rodríguez, y al finalizar su declaración --"en la que he respondido a todo lo que se me ha preguntado-- aseguró a los periodistas que, según los datos de los que tiene conocimiento, "no existe nada que se pueda considerar una irregularidad".

En el acta de la declaración, consultada por Europa Press, la juez del caso considera que Piñero, "puesto de común acuerdo" con el entonces director general de Mercasevilla, Fernando Mellet, "resolvieron a sabiendas de su injusticia preparar y convocar" un concurso público para la adjudicación de un derecho de opción de compra sobre la totalidad de los terrenos de Mercasevilla, un derecho "predeterminado" para que la oferta ganadora resultase ser la de Sanma --perteneciente al Grupo Sando--.

En este sentido, la juez Mercedes Alaya añade que Mercasevilla había suscrito con Sanma un contrato de derecho de superficie de fecha 18 de julio de 2005 sobre diversas parcelas propiedad de la empresa municipal, subrogándose en el derecho de la anterior beneficiaria Larena 98 S.L., a la que abonó 1,08 millones de euros. A partir de ese momento, según relata la instructora del caso, Sanma abonó a Mercasevilla un canon mensual de 58.738 euros.

Este dinero, según la juez, "permitió a Mercasevilla superar sus graves dificultades económicas", todo ello "pese a que el derecho de superficie no estaba legalmente constituido por falta de registro en el Registro de la Propiedad, y además nunca se llevó a efecto ya que la superficiaria no podía construir las naves pactadas por ausencia de las obras de urbanización en las mismas, que corrían a cargo" de la empresa municipal.

INTERVENCIÓN "PUNTUAL" y "CASUAL"

De igual modo, la juez agrega que, teniendo en cuenta todo lo anterior, Piñero y Mellet "resolvieron, conociendo previamente la oferta de Sanma, elaborar un pliego de condiciones que favoreciera claramente a Sanma aunque su oferta económica fuese inferior", reconociendo que la oferta realizada por el Grupo Noga en cuanto a la compraventa de los terrenos "era de mayor solvencia económica".

Por su parte, Piñero rechazó durante su declaración todos estos hechos y explicó que, en cuanto al contrato de derecho de superficie con Larena 98 y al posterior procedimiento judicial que permitió la entrada de Sanma, su intervención fue "puntual" y "casual". Además, y sobre el hecho de que Sanma pagara un canon mensual sin poder construir las naves pactadas, negó que ese hecho pudiera haber llevado a Mercasevilla a tener una deuda "moral y jurídica" con la empresa perteneciente a Sando.

En esta línea, Jorge Piñero negó además que fuera él quien ideara la fórmula jurídica para que Sanma consiguiese la adjudicación del concurso de suelos, y puso de manifiesto que se limitó a abrir los sobres de las ofertas pero que no examinó la oferta de esta promotora, aludiendo además a que, según le relató Mellet, fue M.V.B. la técnico encargada de realizar el borrador del pliego de condiciones en lo referente a la parte administrativa.

LA LIMITACIÓN AL ALZA, AMPARADA POR LA LEY

Asimismo, Piñero rechazó su participación en la elaboración de las cláusulas de limitación al alza, y señaló que el borrador de la cláusula de valoración por titularidades previas que le pasó M.V.B. --y que "no es injusta"-- ya incluía esta última condición, mientras que defendió que la limitación al alza "está amparada legalmente y era la manera de asegurarse la compraventa futura".

El vicesecretario del consejo de administración y de la comisión ejecutiva de Mercasevilla indicó además que no recibió ninguna instrucción de Mellet o de ninguna otra persona para favorecer a Sanma en el pliego de condiciones --que, según su declaración, fue aprobado en pleno municipal--, reafirmando que Mellet "no tuvo ninguna participación directa ni tampoco influencia ninguna" en las personas que elaboraron este pliego y efectuaron el informe de valoración.

Por último, aseguró que no recibió ningún fax por parte del Ayuntamiento de Sevilla en el que se le ordenara que cesara a Mellet, sino que recibió un fax en el que el alcalde, Alfredo Sánchez Monteseirín, le "rogaba" que en un futuro consejo que se iba a celebrar propusiera la destitución tanto de Mellet como del ex directivo de la sociedad municipal Daniel Ponce.