El TS anula la sentencia del ERE del Ayuntamiento de Estepona y ordena repetir el juicio

Actualizado: jueves, 4 diciembre 2014 17:29

MADRID, 27 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha anulado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que declaró ajustado a derecho el ERE que se llevó a cabo en el Ayuntamiento de Estepona (Málaga), que supone un despido colectivo de 176 trabajadores, y ha ordenado repetir el juicio.

En un comunicado, el Pleno de la Sala de lo Social del TS ha comunicado que, al conocer el recurso interpuesto contra la sentencia de la Sala de lo Social del tribunal andaluz, ha resuelto acerca de la falta de aportación por alguna de las partes con cinco días de antelación al acto de juicio de la prueba documental o pericial que por su volumen o complejidad sea conveniente posibilitar su examen previo en dicho momento, según la obligación que impone la ley procesal laboral.

Así, ha acordado anular las actuaciones y repetir el acto de juicio, por entender que "el incumplimiento de dicha obligación no puede suponer la pérdida definitiva (preclusión) de la posibilidad de practicar esa prueba, por no estar expresamente prevista en el precepto aplicado poder verse afectado el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva del artículo 24 de la Constitución".

En octubre de 2012 el tribunal andaluz dio la razón al Ayuntamiento del municipio malagueño en relación con el ERE y desestimó las demandas presentadas por el comité de empresa y los sindicatos. Consideró "ajustada a derecho" la decisión de extinguir la relación laboral de esos empleados municipales, absolviendo al Consistorio.

El juicio se había celebrado el 17 de octubre y el Ayuntamiento justificó la presentación del ERE en una "insuficiencia presupuestaria sobrevenida" y una estructura municipal "sobredimensionada". Por contra, los trabajadores, representados por el comité de empresa y los sindicatos CCOO, ATAES, UGT y CSIF, rechazaron que se dieran dichas circunstancias y pidieron que se anulara el expediente.

El TSJA consideró acreditada la causa económica y declaró probado que el Ayuntamiento atravesaba "una difícil situación financiera", caracterizada por "un fuerte desequilibrio presupuestario, la ausencia casi total de autofinanciación, y la existencia de una importante deuda fuera del presupuesto", superior a los 165 millones de euros en agosto de 2011.

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