El TS confirma cárcel para un varón sorprendido en la feria de La Algaba (Sevilla) con droga en su ropa y ano

Publicado: jueves, 8 marzo 2018 17:53

SEVILLA, 8 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado una sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla que condena a un hombre a cuatro años y medio de prisión, como responsable de un delito contra la salud pública tras ser sorprendido en 2015 en la feria de Algaba con 13 papelinas de droga, algunas en el ano y otras ocultas en el pantalón y su dobladillo.

Si bien el condenado había alegado vulneración del derecho a la presunción de inocencia y había argumentado que poseía las sustancias para su propio autoconsumo, en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se recoge como hechos probados que el individuo, estando en el recinto ferial de La Algaba en septiembre de 2015, "al percatarse de la presencia de agentes de la Guardia Civil trató de esconderse entre la multitud, lo que provocó la sospecha de los indicados funcionarios".

Posteriormente, y según la sentencia, tras proceder a su cacheo se le intervinieron en el dobladillo del pantalón dos papelinas de droga, más otras dos papelinas que se le cayeron del interior del pantalón y otras nueve "que sacó voluntariamente del interior de su ano".

Asimismo, se recoge que de los 13 envoltorios, doce contenían droga, que arrojó un peso de 4,87 gramos, con una pureza del 10,58 por ciento en cocaína. La droga intervenida tiene un valor en el mercado ilícito de 69,15 euros.

Además, y según el fallo, los agentes le intervinieron diversas anotaciones con nombres de personas y cantidades, un teléfono móvil y, escondido en una de sus zapatillas, un cuchillo sin cachas.

El Tribunal ha considerado que el lugar donde se encontraron las primeras bolsas era "inusual" si el destino era el autoconsumo, "pues el lugar de guarda estaba preparado con anterioridad" y ha razonado que, para ello, "tuvo que haber descosido el dobladillo del pantalón", toda vez que la mayoría de las papelinas estaban ocultas "en el interior de su cuerpo". Asimismo, ha valorado la declaración de los guardias civiles cuanto relataron la forma en la que el acusado les pidió llorando que "se portaran bien porque ya tenía antecedentes penales por esto".

Por ello, ha considerado "inverosímil" que la droga estuviese destinada al autoconsumo y ha valorado que los hechos tuvieron lugar antes del transcurso del plazo de suspensión de la ejecución de la pena de prisión impuesta por un delito de tráfico de drogas. Igualmente, el Tribunal ha apuntado que, "por ausencia de prueba en contrario", valora ser "éste su único medio de vida".

Finalmente, ha considerado que es "especialmente significativo" que el delito se cometa estando aún suspendida una pena anterior por tráfico de drogas.

Y es que sujeto había sido condenado en sentencia del 17 de marzo de 2010 por un delito contra la salud pública a la pena de tres años de prisión, cuya ejecución le fue suspendida por el plazo de cinco años.

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