El TSJA absuelve al condenado por el crimen del 'botellón' y ordena su puesta en libertad

Actualizado: jueves, 11 octubre 2012 23:16

SEVILLA, 11 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto y, en consecuencia, ha ordenado la puesta en libertad de Óscar Riquelme, el hombre de 33 años de edad que fue condenado a 12 años y seis meses de cárcel por matar a Francisco José Guerrero el día 25 de marzo de 2011 en un 'botellón' celebrado en el Charco de la Pava, en la capital hispalense, con motivo de la Fiesta de la Primavera.

Según han informado a Europa Press fuentes del Alto Tribunal andaluz, este miércoles se celebró una vista para debatir el recurso que había presentado la defensa del acusado contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla. Tras la deliberación del Tribunal, el fallo, según aseguran las mismas fuentes, es "la absolución" de Riquelme y la puesta en libertad del mismo.

La Audiencia Provincial de Sevilla condenó a Riquelme en mayo de este 2012 a 12 años y seis meses de cárcel por un delito de homicidio, todo ello tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular. Cabe recordar, que el jurado consideró que los hechos eran constitutivos de un delito de homicidio y no de asesinato.

En el veredicto, el jurado consideró que el imputado es culpable de un delito de homicidio y no de asesinato, como pedía la acusación particular, ya que cree que el ataque perpetrado por el acusado "no fue absolutamente sorpresivo" y que la víctima "tuvo posibilidad de repeler, esquivar o parar el golpe" al producirse el ataque estando ambos frente a frente.

Para considerar probado que Óscar Riquelme fue el autor del "navajazo", el jurado tuvo en cuenta, además de la declaración del acusado y de los testigos que vieron a éste empuñando una navaja, el testimonio prestado por la testigo protegido en el Juzgado de Instrucción, al que otorgaron "más credibilidad" que al prestado en el juicio ya que se prestó "con mayor tranquilidad y en mejores condiciones".

El jurado, que se mostró contrario tanto a que se le concediera el indulto como a que se le suspendiera la ejecución de la pena, dio como hecho probado que, tras una discusión originada por motivos que se desconocen, el acusado propinó un "navajazo" a Francisco José Guerrero "con ánimo de causarle la muerte", ya que, además, dirigió la puñalada a una zona vital, consiguiendo atravesar el hemitórax izquierdo y provocarle una parada cardiorespiratoria de la que no logró sobreponerse.