El TSJA estima parcialmente la petición de Adepa de ejecutar la sentencia que anula parte del PGOU

Metropol Parasol
EUROPA PRESS/AYUNTAMIENTO DE SEVILLA
Actualizado: martes, 1 abril 2014 18:57

"Ahora el asunto es cómo vamos a ejecutar esta sentencia", señala Joaquín Egea

SEVILLA, 1 Abr. (EUROPA PRESS) -

La sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado parcialmente el incidente de ejecución promovido por la Asociación para la Defensa del Patrimonio de Andalucía (Adepa), a cuenta de la sentencia del Tribunal Supremo que, en 2013, ratificaba un fallo previo del propio Alto tribunal andaluz y confirmaba la anulación de 12 artículos del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) sobre cuatro sectores del Conjunto Histórico.

La sentencia del Tribunal Supremo, en concreto, ratificaba la sentencia dictada en 2009 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía anulando la aplicación total o parcial de 12 artículos del PGOU de 2006 en cuatro sectores del Conjunto Histórico Artístico de Sevilla. Hablamos, en concreto, de los sectores Santa Catalina-Santiago (4), Catedral (7), Encarnación-Magdalena (8) y La Calzada-Fábrica de Artillería (19), respondiendo todo ello a un recurso promovido por la vía Contencioso Administrativa por Adepa contra el citado planeamiento urbano.

Según zanjaba el Tribunal Supremo, la ordenación prevista en el plan general de ordenación urbana para los mencionados sectores del Conjunto Histórico Artístico de Sevilla "no es compatible con el régimen especial de protección establecido en la Ley de Patrimonio Histórico Español". Alude la sentencia, en concreto, a las "obras de reconstrucción y ampliación, elevaciones de altura o alteraciones de edificabilidad" recogidas en el PGOU para estos sectores "contraviniendo" los artículos 20 y 21 de la Ley de Patrimonio Histórico Español, que debe prevalecer según recuerda el Supremo.

A cuenta de la mencionada sentencia de 2009, ratificada en 2013 por el Tribunal Supremo, el Ayuntamiento emprendió la elaboración de planes especiales de protección para los citados sectores del casco histórico. En 2011, de hecho, la Junta cedió al Ayuntamiento las competencias relativas a la autorización de obras y actuaciones en los ámbitos del Conjunto Histórico Artístico correspondientes a los sectores La Calzada-Fábrica de Artillería y Santa Catalina-Santiago, al contar cada uno de ellos con sus respectivos planes especiales de protección plenamente validados. Meses antes, el mismo procedimiento había sido formalizado respecto al subsector 8.1 del Conjunto Histórico, bautizado como Encarnación.

Adepa, en ese sentido, avisaba de que los planes especiales de protección elaborados por el Ayuntamiento de Sevilla después del fallo inicial de 2009 "siguen la misma línea" que al articulado del PGOU anulado ya definitivamente, con lo que la organización conservacionista defiende que el fallo del Supremo implica la nulidad de dichos instrumentos de planeamiento. La organización, así, pedía que el planeamiento urbano fuese plenamente "modificado" en función de la sentencia del Supremo para eliminar de la normativa urbana las "excepciones generales" que habrían permitido obras de reconstrucción y ampliación, elevaciones de altura o alteraciones de edificabilidad contrarias a la Ley estatal de Patrimonio Histórico.

De cualquier modo, y como ha explicado a Europa Press Joaquín Egea, portavoz de Adepa, la organización conservacionista acabó promoviendo un incidente de ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo al que se opusieron tanto el Ayuntamiento de Sevilla, como la Junta de Andalucía, si bien finalmente el TSJA ha emitido un auto en el que estima parcialmente el incidente de ejecución de la organización conservacionista y anula parcialmente el articulado de los planes especiales de protección elaborados para el sector Santa Catalina-Santiago y los subsectores Encarnación y El Duque-El Salvador, todos ellos aprobados definitivamente por el Ayuntamiento hispalense.

Para Joaquín Egea, "la sentencia es clara" y el TSJA ha desestimado las actuaciones del Ayuntamiento y la Junta contra su ejecución. "Ahora el asunto es cómo vamos a ejecutar esta sentencia", dicho señalando casos como el de el subsector Encarnación, donde se alza el complejo urbanístico Metropol Parasol.

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