Abierto el plazo para presentar alegaciones a la Ordenanza de circulación de peatones y ciclistas

Actualizado: sábado, 25 abril 2009 14:16

ZARAGOZA, 25 Abr. (EUROPA PRESS) -

Hasta el próximo 5 de junio permanecerá abierto el plazo para presentar alegaciones, quejas, sugerencias o reclamaciones a la Ordenanza reguladora de la circulación de peatones y ciclistas.

Esta ordenanza se aprobó de forma provisional y por unanimidad de todos los grupos municipales en el pleno ordinario del Ayuntamiento de Zaragoza del pasado 27 de marzo y tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza (BOPZ) se habilita un plazo de 30 días hábiles que vence el 5 de junio de este año.

Los interesados pueden acceder al texto aprobado inicialmente en la sesión plenaria de finales de marzo que se localiza en el Servicio Jurídico de Servicios Públicos de la Casa Consistorial.

La ordenanza regula todos los aspectos relacionados con la circulación, señalización y prioridades, entre otros aspectos, tanto de peatones como de ciclistas, así como las normas de convivencia con el futuro tranvía.

El texto también incluye el régimen sancionador sobre las posibles infracciones y ofrece indicaciones para el tránsito con patines y monopatines.

CONTENIDO

Entre las novedades de la ordenanza figura que Ayuntamiento podrá establecer calles o zonas pacificadas, debidamente señalizadas, en las que la velocidad permitida no excederá en ningún caso de 30 kilómetros por hora (artículo 9).

Se considerarán vías pacificadas, entre otras, y se señalizarán como tales, todas aquellas calzadas de la ciudad que dispongan de un único carril de circulación, independientemente de que existan bandas de aparcamiento en una o ambas márgenes de la calzada.

Sobre la circulación de peatones, se definen como zonas de prioridad peatonal las zonas 30, calles o zonas residenciales y zonas peatonales, en las que se incluyen paseos centrales, parques y vías verdes o sendas ciclables.

También se indica que las personas con movilidad reducida que vayan en sillas o triciclos podrán circular con prioridad por las aceras y las vías ciclistas segregadas del tráfico motorizado.

BICICLETAS

Las bicicletas, establece la ordenanza, deben circular por la calzada o, si existe algún tipo de vía ciclista, preferentemente por ésta. Podrán circular por las zonas 30 y por las zonas peatonales, con algunas excepciones --momentos de aglomeración, prohibición expresa--.

Sólo de manera excepcional, se permitirá la circulación de bicicletas por aceras en calles con calzada no pacificada, en las que no exista vía ciclista o ciclable señalizada, sólo cuando la intensidad del tráfico en calzada disuada de la utilización de la misma y siempre que en la acera se cumplan las siguientes condiciones: que la acera disponga de cuatro metros de anchura total, que al menos tres metros de anchura estén libres de elementos de mobiliario urbano y que no exista aglomeración de viandantes. Si no concurren todas estas condiciones, el ciclista deberá bajarse de la bicicleta o circular por la calzada.

Los ciclistas que circulen por las aceras deberán cumplir además con el resto de restricciones impuestas para las zonas peatonales. El ciclista deberá mantener una distancia de aproximadamente un metro con los peatones en las operaciones de adelantamiento o cruce y no podrá utilizar el teléfono móvil.

Además, se recoge la creación de un Registro de Bicicletas, de inscripción voluntaria, con la finalidad de evitar los robos y facilitar su localización.