Publicado: miércoles, 3 enero 2018 18:52

ZARAGOZA, 3 Ene. (EUROPA PRESS) -

El abogado del municipio oscense de Villanueva de Sijena, Jorge Español, ha asegurado que es de "contenido discrecional o político" la decisión del Ministerio de Cultura de autorizar la interposición de un recurso de casación e infracción procesal ante el Tribunal Supremo (TS) contra la Sentencia de la Audiencia Provincial de Huesca en el asunto de la nulidad de las ventas del tesoro artístico del Real Monasterio de Sijena.

La Generalitat catalana presentará este jueves, 4 de enero, ante el Tribunal Supremo dos recursos por la devolución a Aragón de los bienes de Sijena, uno de casación y otro extraordinario por infracción procesal, según han confirmado a Europa Press fuentes ministeriales.

El ministro de Cultura, Íñigo Méndez de Vigo, ha autorizado la presentación de estos recursos "en respeto a las garantías y derechos procesales que establece" el sistema jurídico español y con el fin de evitar que la Generalitat catalana pueda recurrir el proceso ante el Tribunal Constitucional alegando "indefensión", han indicado las mismas fuentes.

No obstante, Jorge Español ha rebatido la argumentación ministerial al subrayar que el Ministerio de Cultura "no ocasionará indefensión alguna si después de interpuesto el recurso de casación ante el Supremo, desiste del mismo, pues se trata de una decisión estrictamente de contenido discrecional o político, como la de interponerlo".

COMPETENCIA

"No creo que se produzca ninguna indefensión porque el ministro hubiese o no hubiese autorizado la interposición del recurso ante el Supremo, pues, en el concreto ámbito de la Generalitat de Cataluña, para interponer un recurso ante el Tribunal Supremo, eso ya no lo puede hacer el Letrado de la Generalitat que lleva el asunto (Xavier Muñoz Puiggrós), sino que debe acordarlo, mediante una decisión discrecional o política, o bien el consejero del ramo, en este caso el ministro, o bien el director del Gabinete Jurídico de la Generalitat", ha razonado el abogado de Sijena.

A colación ha apostillado que "interpuesto el recurso ante el Tribunal Supremo, sin embargo, corresponde al consejero del ramo, y ya no al director del Gabinete Jurídico de la Generalitat, en esto caso al ministro de Cultural en funciones de jefe del Departamento de Cultura de la Generalitat, desistir de un recurso interpuesto, pues así lo dice el art. 32.3 del Reglamento de los Servicios Jurídicos de la Generalitat aprobados por Decreto 27/2002 de la Generalitat".

"TAMPOCO HAY INDEFENSIÓN SI SE RETIRA"

Asimismo, ha observado que "tampoco se ocasionaría indefensión a la Generalitat que el ministro ordene retirar un recurso por los motivos que tenga a bien hacerlo, que no tiene ni que decirlos, pues además, en este caso, la interposición del recurso ante el Supremo solo cabe mediante una decisión discrecional o política del ministro en nuestro caso (en funciones de consejero de cultura) o del director del Gabinete Jurídico de la Generalitat".

De igual modo, la retirada del recurso mediante el desistimiento del mismo, también puede ser fruto de una decisión discrecional o política, pero en este caso, "exclusivamente del Ministerio, pues, aquí, el director del Gabinete Jurídico ya no puede intervenir", ha concluido.

44 OBRAS

El ministro adelantó el pasado 15 de diciembre en rueda de prensa tras el Consejo de Ministros su disposición a autorizar un recurso de casación.

"Esta es una controversia entre dos Comunidades autónomas muy queridas que podía haberse resuelto amistosamente. Se ha resuelto jurídicamente, se ha cumplido la sentencia, pero si los servicios jurídicos de la Generalidad estiman que es necesario recurrir en casación, yo autorizaré a que recurran en casación y al final será el Supremo el que decida", señaló entonces el ministro.

Estos recursos llegan después del que presentó la Generalitat catalana el pasado 7 de diciembre ante la providencia del magistrado del Juzgado número 1 de Huesca que fijó el lunes día 11 como plazo máximo para que el Museo de Lérida entregase al Monasterio de Sijena 44 piezas de arte originarias del cenobio aragonés.

Posteriormente, la Generalitat presentó otro recurso "respecto a la decisión del juez de la posible utilización de la fuerza", una interposición que, en palabras de Méndez de Vigo, se realizó sin su "consentimiento" y que carecía de sentido, puesto que el traslado ya se había realizado.

Más noticias

Leer más acerca de: