El Gobierno de Aragón aporta 164.000 euros para el desarrollo del área de influencia del Parque Nacional de Ordesa

Municipio de Torla-Ordesa.
Municipio de Torla-Ordesa. - GOBIERNO DE ARAGÓN
Publicado: miércoles, 8 julio 2020 10:01

HUESCA, 8 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial de Aragón publica este miércoles, 8 de julio, la orden del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno autonómico por la que se convocan subvenciones en el área de influencia socio-económica del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido para 2020, ayuda que este año duplica su inversión con respecto al 2019 y está dotada con un presupuesto de 164.000 euros.

El objetivo es favorecer las inversiones realizadas por los ayuntamientos de Bielsa, Broto, Fanlo, Puértolas, Tella-Sin y Torla-Ordesa, así como de personas físicas, empresas y entidades sin ánimo de lucro que se dediquen a impulsar el desarrollo, ha informado el Gobierno de Aragón en una nota de prensa.

La cuantía máxima de la subvención podrá llegar hasta el 80 por ciento de la inversión subvencionable, con un máximo de 30.000 euros en el caso de las entidades locales y 15.000 euros en el resto. De todo el presupuesto disponible, 98.400 euros están destinados a entidades locales, 41.000 para personas físicas y entidades empresariales y 24.600 euros para asociaciones sin fin de lucro.

El plazo de presentación es de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOA y se admitirán las actuaciones realizadas y puestas en servicio entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2020.

Solo podrá presentarse a esta convocatoria una solicitud por NIF o CIF, y las subvenciones otorgadas podrán ser compatibles con otras ayudas para la misma actividad provenientes de otras Administraciones públicas o de entidades privadas, sin que, en ningún caso, se supere por la concurrencia de las mismas el cien por cien de la inversión.

ACCIONES SUBVENCIONABLES

Las acciones que pueden recibir ayudas son iniciativas públicas para la modernización de las infraestructuras urbanas, periurbanas y rurales destinadas al uso general, así como a la diversificación y mejora de los servicios prestados por la Administración local, cuando guarden una relación directa con las finalidades y objetivos que establece la norma de declaración del parque nacional o sus instrumentos de planificación.

También pueden subvecionarse iniciativas públicas o privadas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio natural, siempre que presenten un manifiesto valor ecológico y aquellas orientadas a la eliminación de cualquier tipo de impacto sobre los valores naturales o culturales que justificaron la creación del parque nacional, incluido el impacto visual sobre la percepción estética del mismo ocasionado por infraestructuras preexistentes.

Además, pueden recibir ayudas las acciones para garantizar la compatibilidad de las actividades y los usos tradicionales con la finalidad y objetivos del parque nacional, aquellas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio arquitectónico, así como las que contribuyan a la recuperación de la tipología constructiva tradicional, siempre que presenten un manifiesto valor histórico-artístico o cultural a escala local.

En el caso de las iniciativas privadas, el bien sobre el que recaiga la acción deberá estar catalogado como Bien de Interés Cultural, incluyendo en esta figura el Paisaje Pintoresco declarado por Decreto 907/1976, de 18 de marzo.

Asimismo, pueden ser objeto de esta convocatoria actuaciones privadas destinadas a la puesta en marcha de actividades económicas relacionadas con los parques nacionales, en particular, las relacionadas con la prestación de servicios de atención a visitantes y la comercialización de productos artesanales.

Igualmente, el mantenimiento o la recuperación de la tipología constructiva tradicional de los edificios que constituyen primera residencia de sus propietarios o que tienen un uso directamente relacionado con la actividad productiva asociada al sector primario.

La convocatoria también incluye la financiación para dotar en primeras residencia las condiciones exigidas para la concesión de la cédula de habitabilidad a viviendas con una antigüedad acreditada de más de 50 años.

Con carácter general, puede recibir ayuda cualquier iniciativa pública o privada consistente en inversiones expresamente previstas en los planes de desarrollo sostenible del parque nacional o en la Agenda 21 de cualquiera de los municipios que conforman su área de influencia socioeconómica.

Leer más acerca de: