Los servicios en Justicia Gratuita se mantienen a pesar de registrarse 1.165 expedientes menos

Tribunales.- El Gobierno aragonés quiere resolver en pocos meses las demandas pendientes sobre cláusulas suelo
Tribunales.- El Gobierno aragonés quiere resolver en pocos meses las demandas pendientes sobre cláusulas suelo - GOBIERNO DE ARAGÓN - Archivo
Actualizado: domingo, 20 septiembre 2020 15:42

ZARAGOZA, 20 Sep. (EUROPA PRESS) -

Los expedientes de Asistencia Jurídica Gratuita tramitados por las Comisiones Provinciales de Justicia Gratuita de las tres provincias aragonesas, dependientes de la Dirección General de Justicia del Gobierno de Aragón, en comparación con el mismo periodo del año anterior, han sufrido un descenso de 1.165 expedientes, con motivo de la pandemia del coronavirus.

Hasta el 15 de septiembre de 2019, el número de expedientes ascendía a 10.498 en el conjunto de la Comunidad Autónoma, mientras que en esta misma fecha de 2020, el montante de expediente es de 9.333. Así, hasta mitad de este mes, las Comisiones Provinciales de Justicia Gratuita había tramitado estos 9.333 expedientes repartidos de la siguiente forma: Zaragoza --7.579--, Huesca --1.244-- y Teruel --510--.

La directora general de Justicia del Gobierno de Aragón, María Ángeles Júlvez León, ha resaltado que "pese a la pandemia, a la inactividad de los juzgados y a la importante bajada de delitos penales registrados durante los tres meses de reducción de la actividad judicial, la Dirección General de Justicia no ha reducido los servicios de guardia de los letrados ni el número de ellos, pese a la exigua carga de trabajo que se ha producido ese trimestre y se han mantenido las mismas subvenciones en los periodos precedentes de normalidad".

"Tampoco se ha reducido el número de abogados de servicio de guardia ni abogados en el servicio de guardia de violencia sobre la mujer aunque los asuntos penales se han reducido de forma considerable durante el confinamiento", ha añadido.

CIFRAS

Con respecto a las cifras de este año las diferencias son las siguientes: Zaragoza, 645 expedientes menos --en 2019 había tramitado 8.224--; Huesca, 217 expedientes menos --1.461 en 2019-- y Teruel 303 expedientes por debajo de 2019, ejercicio en el que hasta el 15 de septiembre habían tramitado 813 expedientes.

Las bajadas más notables, en el conjunto de la Comunidad Autónoma, se dan en las solicitudes en la jurisdicción civil, tanto en asuntos de familia como en asuntos civiles generales. En el caso de asuntos de familia, la cifra ha descendido de los 831 expedientes tramitados en el conjunto a la Comunidad en 2019 a los 351 de este ejercicio.

La misma tónica se ha detectado en los asuntos civiles generales. Si bien en 2019 el número de expedientes tramitados ascendía hasta el 15 de septiembre a 852, en este año la cifra se ha situado en 533. El descenso guarda proporción en las tres provincias.

Asimismo, han bajado de igual forma los expedientes de Justicia Gratuita relacionados con violencia sobre la mujer, de forma que los tramitados hasta el 15 de septiembre de 2019 fueron 1.580, por debajo de los 1.410 que se han tramitado en este ejercicio.

En 2019, las Comisiones Provinciales de Justicia Gratuita tramitaron 14.592 expedientes, de los cuales 3.636 fueron denegados por diversos motivos. De estas denegaciones, 2.482 fueron expedientes que ya se recibieron como desfavorables por los colegios de abogados y, de ellos, 1.099 lo fueron por falta de documentación aunque las Comisiones Provinciales pudieron subsanar 427, con lo que los denegados al final por falta de documentación se redujeron a 672.

PRESUPUESTO

La prestación de asistencia jurídica gratuita se ha caracterizado por que el beneficiario al que se le reconoce este derecho recibe la prestación de unos servicios reservados en exclusiva a los profesionales ejercientes que son miembros de los Colegios de Abogados y Procuradores, responsables de su gestión, y siendo retribuidos sus colegiados por sus actuaciones profesionales mediante la concesión de una subvención con cargo a la Administración competente. Este ejercicio, el presupuesto de la Dirección General de Justicia para atender el coste de la Asistencia Jurídica Gratuita se ha elevado a 4,7 millones de euros.

El criterio objetivo para reconocer este derecho se recoge en el artículo 3 de la Ley 1/1996, de Asistencia Jurídica Gratuita que establece como requisitos básicos que se reconocerá el derecho de asistencia jurídica gratuita a aquellas personas físicas que careciendo de patrimonio suficiente cuenten con unos recursos e ingresos económicos brutos, computados anualmente por todos los conceptos y por unidad familiar, que no superen ciertos umbrales.

Estos tres umbrales son los siguientes: Dos veces el indicador público de renta de efectos múltiples vigente en el momento de efectuar la solicitud cuando se trate de personas no integradas en ninguna unidad familiar; dos veces y media el indicador público de renta de efectos múltiples vigente en el momento de efectuar la solicitud cuando se trate de personas integradas en alguna de las modalidades de unidad familiar con menos de cuatro miembros, y el triple de este indicador cuando se trate de unidades familiares integradas por cuatro o más miembros o que tengan reconocida su condición de familia numerosa de acuerdo con la normativa vigente.

El Catálogo de referencia y bases de compensación de los módulos, servicios y actuaciones de los profesionales que han incluido las prestaciones de asistencia jurídica gratuita figuran en órdenes que firma el titular del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales.

El mismo rango tiene la norma que regula el contenido de las certificaciones que han de emitir los colegios profesionales como justificación para la percepción de las correspondientes compensaciones económicas por turno de guardia, por gastos de funcionamiento e infraestructura y por actuaciones profesionales de abogados y procuradores.

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