El TSJA tumba el acuerdo del TACPA que anuló la adjudicación del contrato de la plaza de toros de Zaragoza

Plaza de toros 'La Misericordia' de Zaragoza.
Plaza de toros 'La Misericordia' de Zaragoza. - EUROPA PRESS - Archivo
Actualizado: jueves, 28 mayo 2020 20:36

ZARAGOZA, 28 May. (EUROPA PRESS) -

La sección número 1 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha tumbado el acuerdo del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón (TACPA) que anuló la adjudicación del contrato de la plaza de toros de 'La Misericordia' de Zaragoza.

El TSJA ha fallado a favor de la Diputación de Zaragoza, que recurrió la decisión del TACPA, de 22 de junio de 2018, de anular el contrato de la plaza de toros a la Unión Temporal de Empresas (UTE) formada por Tauroejea 2009 SL y Circuitos Taurinos SL.

En el fallo, la sección número 1 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima el recurso de la DPZ y declara no ser conforme a derecho la actuación del TACPA, confirmando el proceso y la adjudicación del contrato efectuado por la institución provincial.

En concreto, se trata del servicio de organización, programación y gestión de los espectáculos taurinos, junto con los servicios complementarios de explotación del bar y alquiler de almohadillas del coso taurino de 'La Misericordia' de Zaragoza, propiedad de la DPZ, durante las temporadas 2018, 2019, 2020 y 2021.

El contrato se adjudicó el 16 de abril de 2018, pero una de las empresas que había concurrido, KRANEBITTEN 1976, presentó un recurso el 9 de mayo, que resolvió el TACPA en junio de ese año, argumentando que al no haberse celebrado el festejo de taurino previsto para el 23 de abril de 2018 se había modificado el pliego del contrato y por tanto había que anular la adjudicación.

CAUTELAR

El TSJA ya aceptó en julio de 2018 la suspensión cautelar del acuerdo del TACPA lo que ha permitido mantener la adjudicación del contrato y seguir celebrando las distintas ferias taurinas que se han venido organizando desde entonces.

Ahora, en una sentencia fechada el 22 de mayo, la sección número 1 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA ha argumentado que de la imposibilidad de celebrar el festejo taurino del 23 de abril de 2018 "no se deriva la nulidad de la adjudicación".

Según esta resolución judicial, la adjudicación "fue correcta y no hay causa de nulidad" ya que la firma del contrato o la ejecución del mismo, cuando uno de los festejos ya no es posible realizarlo, "no puede determinar la nulidad de la adjudicación, ni tampoco de las prescripciones o condiciones de la misma".

La sala ha tenido como presidente y ponente a Juan Carlos Zapata y como magistrados a Jesús María Arias de Juana y a Juan José Carbonero Redondo.