El acusado de atropellar a un conocido en una parada de autobús en Mieres acepta 2 años de prisión

Juzgados de Oviedo.
Juzgados de Oviedo. - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: miércoles, 23 septiembre 2020 12:03

OVIEDO, 23 Sep. (EUROPA PRESS) -

El hombre acusado de invadir la acera a velocidad excesiva y atropellar a un hombre en una parada de autobús en Mieres ha aceptado la pena de 2 años de prisión, 3 años de alejamiento y retirada del carné de conducir durante 2 años y medio por circular sin permiso y de forma temeraria. La conformidad alcanzada entre las partes fue ratificada este miércoles en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo.

El acusado ha reconocido que sobre las 15.00 horas del 21 de julio de 2017, el procesado conducía un Renault Clio por la calle Ramón y Cajal, de Mieres, en sentido sur-norte, pese a carecer de permiso de conducción, momento en que, al llegar a la altura de la plaza de la Constitución, sin intención de causar la muerte del denunciante ni de menoscabar su integridad corporal, efectuó una maniobra de cambio de sentido de forma descuidada, brusca y a velocidad notoriamente excesiva. Por ello, perdió el control de su vehículo, invadiendo la acera e impactando contra la víctima y la parada de autobús.

A consecuencia del impacto, el denunciante sufrió varias lesiones de las que tardó en curar 90 días. Le quedaron cicatrices como secuelas. Como resultado de los hechos la parada del autobús, de propiedad municipal, resultó con desperfectos por importe de 190 euros. El automóvil que conducía el procesado era propiedad de otra persona, que falleció en noviembre de 2017. La compañía de seguros ha indemnizado a la víctima con 6.400 euros.

El perjudicado no reclama por ningún otro concepto. Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito de conducción temeraria del artículo 380.1 y un delito de lesiones causadas por imprudencia grave del artículo 152.1.1., de los que se apreciará solo el primero (artículo 382), así como un delito de conducción sin permiso del artículo 384, todos del Código Penal. Concurre la atenuante de reparación del daño.

Tras reconocer los hechos, el procesado ha aceptado, por el delito de conducción temeraria, las penas de 21 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores durante 2 años y 6 meses, y por el delito de conducción sin permiso, las penas de 3 meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Además, las penas de prohibición de comunicación con la víctima y de aproximación a menos de 300 metros, de ella y de cualquier lugar en que se encuentre, así como de su domicilio, lugar de trabajo y cualquier otro que frecuente, y establecer contacto escrito, verbal o visual con ella por cualquier medio durante 3 años.

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