Alonso: "El desarrollo urbano y territorial de Asturias estará determinado por cómo se aplique la Ley del Suelo"

Actualizado: domingo, 15 julio 2007 15:19

La profesora de Derecho Administrativo dice que la corrupción urbanística "seguirá existiendo mientras no exista un clima social ético generalizado, del que hoy carecemos" OVIEDO, 15 Jul. (EUROPA PRESS) -

La profesora Titular Derecho Administrativo de la Universidad de Oviedo, María Rosario Alonso, aseguró que lo que va a determinar el concreto desarrollo urbano y territorial asturiano está en función de cómo se aplique la nueva Ley de Suelo que entró en vigor el pasado 28 de mayo. Además dependerá de "la actitud de las autoridades y profesionales que han de gestionar el suelo".

En una entrevista concedida a Europa Press, la profesora de Derecho Administrativo, aseguró que la eficacia real de la legislación existente depende en última instancia de cómo se actualicen y revisen los distintos planes, de las posibilidades de alcanzar consensos entre las distintas Administraciones competentes, de la mayor participación social, y de los controles sociales y jurisdiccionales que dicha legislación posibilita.

María Rosario Alonso es la responsable de los proyectos de los textos que sirvieron de base a la aprobación tanto de la Ley del Suelo asturiana --Ley del Principado de Asturias 3/2002, de 19 de abril--, como del vigente Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, conteniendo el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo del Principado de Asturias.

Alonso aseguró que el Principado de Asturias cuenta, desde el punto de vista técnico, con una legislación urbanística y territorial "de nivel", que destaca, sobre todo, por la atención que presta a la forma de planificar así como a la mayor exigencia a la hora de motivar y justificar las decisiones que tomen las Administraciones urbanísticas.

IGUALES COMPETENCIAS

Sobre los cambios que para los Ayuntamiento supone la entrada en vigor de la nueva ley de Suelo, la profesora de la universidad de Oviedo afirmó que la normativa "no otorga más competencias a los Ayuntamientos".

"Lo que hace es redefinir en algunos aspectos las competencias urbanísticas que ya tenían y también imponer a la Administración urbanística en general, en la línea ya avanzada por la legislación asturiana, nuevas obligaciones a la hora de planificar y ejecutar el planeamiento", explicó Alonso.

Preguntada por si la nueva normativa afectará a los planes generales urbanísticos aprobados hace poco tiempo, la profesora manifestó que los mismos se ven afectados por las previsiones introducidas en la Ley estatal del Suelo, fundamentalmente, en lo que respecta a las actuaciones que con arreglo a la Ley estatal se denominan de transformación urbanística, sobre todo si la ordenación que respecto de las mismas contempla el Plan General están necesitadas de planeamientos de desarrollo --Planes Parciales y Planes Especiales--.

MECANISMOS CONTRA LA CORRUPCIÓN

Mucho se ha hablado de la nueva normativa respecto a los mecanismos que pudiese recoger para fvoracer la lucha contra la corrupción urbanística. En este sentido, María Rosario Alonso manifestó que dichos mecanismos consisten básicamente en prever un incremento de las obligaciones ya contempladas en la legislación sobre régimen local, en orden a la formulación por los representantes locales de declaración ya no solo de sus bienes patrimoniales, sino de su participación en sociedades de todo tipo, declaraciones que ahora deberán ser publicadas anualmente. Explicó además que también se establecen limitaciones al ejercicio de actividades privadas una vez que dejen sus cargos.

Sin embargo, a juicio de Alonso, medidas como las contempladas, u otra que pudieran establecerse, por sí mismas "no sirven para evitar la corrupción, porque ésta seguirá existiendo mientras no exista un clima social ético generalizado, del que hoy carecemos", manifestó.

La nueva normativa introduce además dos nuevas figuras: la del agente urbanizador y la del edificador. Alonso explicó que en ambos casos se posibilita que particulares no propietarios de suelo, con capacidad y solvencia técnica y económica, puedan llevar a cabo obras de urbanización, construcción, edificación o rehabilitación, en ejecución del planeamiento.