APL.- Tribunales.- El jurado declara culpable de asesinato al ex novio de la joven avilesina Anabel Gutiérrez

OVIEDO, 30 Oct. (EUROPA PRESS) -

El jurado popular ha declarado hoy culpable de un delito de asesinato al hombre acusado de matar de varios golpes a su ex novia, la joven avilesina, Anabel Gutiérrez, el 14 de junio de 2007, en el Alto de la Degollada en Candamo.

Los miembros del jurado consideraron probado que Juan Antonio S. A. mató a su ex novia con "alevosía y ensañamiento" y declararon probado el agravante de circunstancia de lugar y tiempo y el de parentesco ya que entienden que la víctima seguía mantenimiento una relación con el agresor.

En su veredicto han tenido en cuenta por unanimidad --nueve votos a favor-- que el procesado cometió el crimen con alevosía al entender que se aprovechó de la situación de indefensión de la víctima para prevenir el ataque. "No existió lucha", apuntó la portavoz del jurado.

Además, los miembros del jurado argumentaron que el acusado actuó con enseñamiento --siete votos a favor y dos en contra--, al argumentar que José Antonio S. A. "alargó el sufrimiento de la víctima" al desconocer si la mujer estaba viva o muerta después de la agresión.

En este mismo sentido el jurado consideró también el agravante de la circunstancia de tiempo y lugar al destacar que el acusado acabó con la vida de Anabel Gutiérrez "en un lugar sin luz y despoblado".

Por otro lado, el jurado no consideró probado el agravante de confianza que pedía la acusación particular y tampoco tuvo en cuenta los atenuantes de enfermedad y de drogadicción, que sostenía la defensa, al argumentar que "no hay constancia de que el acusado hubiese consumido drogas el día del asesinato". Además destacaron que "el acusado pudo conducir perfectamente hasta el lugar de los hechos y aparcar su vehículo posteriormente en su garaje".

PENAS

Ante este veredicto, la fiscalía, que inicialmente pedía 20 años de prisión, elevó la petición de condena entre los 22 y los 25 años al concurrir los citados agravantes. La fiscalía pidió al juez que se acoja a la pena mínima al considerar el estado mental del acusado.

Las acusaciones, la letrada de la familia, el abogado de la hija de la víctima y el abogado del Estado mantuvieron su petición de condena de 25 años de prisión. Aunque el letrado de la hija de la víctima pidió una pena de 27 años y medio de cárcel al considerar, según el artículo 66.4 del Código Penal, que el juez puede elevar la pena máxima debido a la concurrencia de agravantes.

Por su parte, la defensa se mostró disconforme con la decisión del jurado y solicitó una condena de 22 años de prisión para su defendido, la pena mínima tipificada en el código penal para este delito, que coincide con la petición del ministerio fiscal.

El letrado del procesado antes de fijar su petición de condena ya advirtió al tribunal su intención de recurrir la sentencia.