Estudian pedir la inhabilitación de la alcaldesa y del edil de Urbanismo tras la sentencia sobre el hotel Kaype

Gerardo de la Iglesia (centro) en rueda de prensa.
EUROPA PRESS
Actualizado: sábado, 10 mayo 2014 14:17

OVIEDO, 10 May. (EUROPA PRESS) -

El despacho del abogado Gerardo de La Iglesia solicitará previsiblemente la inhabilitación para cargo público de la alcaldesa de Llanes, Dolores Campillo, y del concejal de Urbanismo, José Herrero, tras anular una sentencia del sala número 3 del Juzgado de lo contencioso administrativo de Oviedo el permiso municipal para la agrupación de fincas que posibilitó la ampliación del hotel Kaype, en la localidad de Barru.

Como ha explicado el abogado en rueda de prensa este sábado, en el caso del concejal, sería por conceder dicha licencia de agrupación, el 26 de diciembre de 2012. En el caso de la alcaldesa, sería por rechazar el 9 de julio del siguiente año el recurso contra esta concesión que presentó el ciudadano Ignacio Fernández, al que representa de La Iglesia. El letrado considera que ambas acciones, ahora anuladas por sentencia, constituirían un caso de prevaricación.

La asociación AVALL tiene en marcha ya una querella por este asunto contra el Ayuntamiento de Llanes por un delito contra la ordenación del territorio, en la que el propio Ignacio Fernández también se ha personado. Son estas diligencias las que podrían derivar en la solicitud de inhabilitación para cargo público.

Con el fallo judicial en mano, el abogado ha considerado "demoledora" la decisión del juez y entiende que han de conllevar el derribo de las obras ya iniciadas, que "duplican" el actual tamaño del hotel Kaype, ha puntualizado. El magistrado entiende que la agrupación de fincas es nula porque las parcelas agrupadas están catalogadas en resolución oficial de la CUOTA como suelo urbano no consolidado, mientras que la finca a la que se agrupa el hotel es un solar urbano.

"La Administración, en una interpretación claramente interesada de los hechos, insiste (...) en que el suelo de Barru tiene condición de suelo urbano, y lo cierto es que ello ni se niega por la actora, ni tampoco se hace en esta sentencia", matiza el fallo judicial. No obstante, acusa al Consistorio de "silenciar que se ha autorizado la agrupación de un terreno que urbanísticamente es un solar , según Cuota, y que por tal motivo tiene la condición de suelo urbano consolidado, con unos terrenos que tienen la condición de suelo urbano no consolidad, operación que no resulta jurídicamente admisible".

En lo referente a la no admisión del recurso de Ignacio Fernández contra la licencia de agrupación, el juez rechaza que este ciudadano no tuviese legitimación activa para recurrir. También niega que su alegación estuviese fuera de plazo, pues fue presentada en el Ayuntamiento de Llanes el mismo día 22 de abril, "fecha en la que se le hace entrega del expediente" de agrupación de fincas, y por tanto fecha en la que tiene conocimiento del posible incumplimiento de la normativa urbanística.

De la Iglesia ha incidido en el aspecto de que las dos fincas agrupadas son suelo no urbanizado y por tanto deberían someterse previamente a un proceso de urbanización, cesión de viario, habilitación de zonas verdes y equipamientos, y sobre todo, el respecto del 10% del aprovechamiento correspondiente a la Administración Pública. Ninguno de esos aspectos, según el representante legal, se han cumplido en este proceso.

DEBEN "DERRIBAR" O AL MENOS "PARAR" LA OBRA

El Ayuntamiento de Llanes ya ha mostrado, en nota de prensa, su disconformidad con la sentencia y su intención de recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia. Al respecto, De la Iglesia, se ha mostrado confiando en que el fallo del TSJA será en el mismo sentido que el del juzgado ovetense.

En su opinión, el Ayuntamiento deberá ordenar el derribo de lo que ya está construido, lo que conllevará que la constructora afectada, Carrera y Pérez SL, reclame daños y perjuicios, por lo que augura "altísimas responsabilidades económicas a cargo de los fondos públicos". Sería prudente, a su juicio, que el Consistorio procediese ya a paralizar las actuaciones, al menos hasta conocer el fallo del TSJA, que prevé se haga público en un plazo de unos cuatro meses.