FADE muestra su "preocupación" por la extensión de la responsabilidad penal a las personas jurídicas

Nuevo código penal
EP
Actualizado: domingo, 26 diciembre 2010 12:14

OVIEDO, 26 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Federación de Empresarios del Principado de Asturias (FADE) ha mostrado su "preocupación" por la reciente reforma del Código Penal que establece entre sus novedades que las empresas son penalmente responsables de los delitos cometidos por las personas físicas que están bajo su autoridad, por no haberse ejercido sobre ellas el "debido control".

FADE admite la necesidad de sanción de las conductas reprochables, pero señala que hay elementos en esta nueva regulación que son "seriamente preocupantes". Así, señalan que la sanción a la persona jurídica tiene, como primer inconveniente, que afecta también a todos los socios, "sean o no culpables".

Uno de los problemas surgen cuando, pese a toda la actividad preventiva desarrollada "es el resultado lo que prima", bajo la hipótesis de que cuando hay resultado dañoso es que no se ha ejercido el control de modo eficiente. "Esta distorsión, si ya es criticable en el ámbito de las sanciones administrativas, resulta inaceptable en el ámbito penal", han apuntado en declaraciones a Europa Press.

Han añadido que el legislador es consciente de este peligro cuando en la exposición de motivos señala que habrá que tener "la imprescindible consideración de las circunstancias del caso concreto a efectos de evitar una lectura meramente objetiva de esta regla de imputación".

Pese a ello, FADE estima que esta regulación genera "inseguridad jurídica" para el empresario. "Quizás esta inseguridad es la que motivó la exclusión de su aplicación a partidos políticos y sindicatos", han apuntado.

Por otro lado, dicen que se puede producir una lesión del principio por el cual nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito. En empresas pequeñas y medianas, donde la dirección suele estar en manos de los accionistas principales, quienes además son generalmente las personas penalmente responsables, resulta "evidente" que existirá una doble sanción: como persona física y como sociedad. La ley, consciente de tal circunstancia, deja en manos de los jueces o tribunales "la modulación de las respectivas multas, de modo que la suma resultante no sea desproporcionada".

Además, la reforma afecta de modo directo a operaciones mercantiles como la fusión o la absorción de empresas, ya que la responsabilidad penal de las empresas se trasladará a las empresas adquirentes, aunque sean "totalmente ajenas" a los delitos cometidos. "Sin poner en cuestión que deba impedirse el uso fraudulento de la fusión y la absorción de empresas, una proclamación general de transmisión de responsabilidad penal supone un grave riesgo para estas operaciones", comentan desde FADE.

FADE espera que, a falta de "finura legislativa", los jueces y magistrados "sigan interpretando nuestro principio constitucional penal de culpabilidad en toda su intensidad, excluyendo las responsabilidades objetivas o cuasiobjetivas, que sancionan solo por un resultado".