La justicia europea declara ilegal que Asturias fije 30 años como edad máxima para acceder a Policía Local

Moto De Policía Local De Oviedo
EUROPA PRESS
Actualizado: sábado, 6 diciembre 2014 23:54

Concluye que este tope de edad es una "discriminación injustificada"

BRUSELAS/OVIEDO, 13 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha dictaminado este jueves que la ley del Principado de Asturias que establece un límite de 30 años como edad máxima para acceder a la Policía Local constituye una "discriminación injustificada" y por ello vulnera la directiva comunitaria que prohíbe toda discriminación en el ámbito del empleo basada directa o indirectamente en la edad.

"La directiva se opone a una normativa nacional, como la ley del Principado de Asturias, que fija en 30 años la edad máxima para acceder a una plaza de agente de la Policía Local", resalta la sentencia.

El fallo responde a un litigio planteado por un ciudadano que trató de presentarse a las pruebas selectivas para la provisión de quince plazas de agente de la Policía Local en Oviedo. La convocatoria establecía que los candidatos no debían superar la edad de 30 años. El afectado denunció que este requisito vulnera su derecho fundamental a acceder en condiciones de igualdad a las funciones públicas.

El Ayuntamiento de Oviedo alegó que la convocatoria de pruebas selectivas se atiene a lo dispuesto en la normativa vigente en Asturias y que el Tribunal de Justicia ya se pronunció a favor de un límite de edad similar en un caso análogo, relativo al acceso al servicio técnico de nivel medio de los bomberos en Alemania.

En su sentencia de este jueves, el Tribunal de Justicia apunta que "nada demuestra que las capacidades físicas específicas requeridas para el ejercicio de la función de agente de la Policía Local estén necesariamente vinculadas a un grupo de edad determinado y no puedan darse en personas que hayan superado determinada edad".

"En consecuencia -prosigue el fallo-, nada permite afirmar que el objetivo legítimo de garantizar el carácter operativo y el buen funcionamiento del cuerpo de agentes de la Policía Local exija mantener una determinada estructura de edad en su seno que imponga seleccionar exclusivamente a funcionarios que no superen la edad de 30 años".

Por todo ello ello, el TJUE concluye que "el límite de edad fijado por la ley del Principado de Asturias es un requisito desproporcionado".

La sentencia resalta que, según las propias bases de la convocatoria controvertida, los candidatos a las plazas de agentes de la Policía Local deben realizar determinadas pruebas físicas específicas. "Estas pruebas físicas, por su carácter exigente y eliminatorio, permiten alcanzar el objetivo de que los agentes de Policía Local tengan las condiciones físicas especiales necesarias para el desarrollo de su profesión de un modo menos restrictivo que la fijación de una edad máxima", apunta el Tribunal.