Juzgan a 8 Ultra Boys por el asalto en 2018 el bar La Folixia en Gijón durante una fiesta de un club de fútbol

Publicado: martes, 15 octubre 2019 12:51

La Fiscalía pide en concreto para el acusado de herir a un joven una pena de cuatro años de cárcel

OVIEDO, 15 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía de Área de Gijón solicita la condena de ocho miembros del grupo Ultra Boys acusados de asaltar en abril el bar 'La Folixia', de Gijón, durante una fiesta organizada por socios del Unión Club Ceares.

Durante el altercado, resultó herido uno de los participantes en la fiesta. El juicio se celebrará este miércoles 16 de octubre, en la Sección Octava de la Audiencia Provincial, con sede en Gijón, a las 10.30 horas.

El Ministerio Fiscal sostiene que, sobre las 1:30 horas del día 8 de abril de 2018, los acusados, miembros del colectivo de animación del Sporting de Gijón Ultra Boys, accedieron formando parte de un grupo de unas doce personas al citado bar, en la calle Óscar Olavarría, de Gijón. Algunas de estas personas tapaban sus caras con capuchas, y provistos de objetos contundentes, como barras de hierro, palos y martillos.

Sin mediar palabra, supuestamente agredieron indiscriminadamente a las personas que se encontraban celebrando una fiesta organizada por socios del equipo de fútbol Unión Club Ceares, entre ellas la víctima, de 30 años, que fue golpeada en la cabeza con un objeto metálico por uno de los acusados.

El joven sufrió lesiones consistentes en herida incisa en región media de la frente y contusión en región parieto occipital con edema, de las que tardó en curar nueve días, precisando nueve grapas de sutura.

Le quedó como secuela una cicatriz de 34 mm en la parte alta del centro de la región frontal, bajo el área de crecimiento del pelo. Fue asistido en un centro del Sespa, que tuvo gastos por 245,25 euros. No consta que otras personas hubieran resultado lesionadas como consecuencia de los golpes propinados por los acusados.

DESTROZO DEL LOCAL

Asimismo, los acusados ocasionaron deliberadamente daños en los cristales blindados de la puerta del local y en la vajilla del establecimiento, que han sido tasados en 198,40 euros.

La Fiscalía considera que los hechos relatados con constitutivos de un delito de desórdenes públicos del artículo 557 y 557 bis 1 y 6, un delito de lesiones del artículo 147 y 148.1 y un delito leve de daños del art. 263.1, párrafo 2, del Código Penal.

Del delito de lesiones responde en concepto de autor uno de los acusados, y de los delitos de desórdenes públicos y el leve de daños responden en concepto de autores todos los procesados. Concurre en el primer acusado la circunstancia agravante de reincidencia, en el delito de lesiones.

La Fiscalía solicita que se condene a cada uno de los acusados a 2 años y 6 meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena por el delito de desórdenes públicos.

También les pide tres meses de multa con cuota diaria de diez euros (900 euros), con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, por el delito leve de daños.

Además, la Fiscalía solicita que también se condene al primer acusado a cuatro años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena por el delito de lesiones.

A este le pide también que indemnice al joven herido con 540 euros por las lesiones y con otros 820 euros por la secuela, y al Sespa con 245,25 euros; y que todos los acusados indemnicen al dueño del local con 198,40 euros.

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