El Principado presenta la Carta de Derechos y Deberes de las personas usuarias de centros de atención social

Actualizado: sábado, 29 diciembre 2007 17:08

OVIEDO, 29 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Consejera de Bienestar Social, Pilar Rodríguez; la Viceconsejera de Centros, Familias, Infancia y Mayores, Teresa Ordiz, y el Secretario del Consejo de Mayores del Principado, Miguel Ángel de Dios Vázquez, presentaron hoy la Carta de Derechos y Deberes de las personas usuarias de centros de atención social. Rodríguez destacó que "esta iniciativa es novedosa en toda España".

Este texto se incluye dentro del Programa Bianual 2008-2009 para la Inspección y Mejora de la Calidad de los Centros de Atención de Servicios del Principado y será de obligado conocimiento y observancia en los centros públicos y concertados. Esta Carta regirá, a partir de enero sobre 6.400 personas usuarias de 130 centros: 40 Residencias de Mayores, 37 Centros de Días, 29 Centros de Apoyo a la Integración y otros 24 para personas con discapacidad.

Entre los artículos más novedosos que incluye esta Carta de Derechos y Deberes destacan los derechos de las personas usuarias a participar en el diseño y seguimiento de su plan individualizado de intervención, así como a recibir una atención integral que cubra las necesidades, fisiológicas, psicológicas y sociales. Así como tener asignado un profesional de referencia que será quién vele por el bienestar de la persona en el centro y a quién se podrá dirigir siempre que precise ayuda o consulta.

Además las personas usuarias podrán opinar sobre aspectos relacionados con la vida cotidiana: la ropa, los menús, los horarios, su ubicación en el comedor, etc, así como a tomar sus propias decisiones siempre que éstas no entren en colisión con las normas generales de convivencia del centro. Podrán también recibir visitas, con carácter general, en horario diurno y sin limitación en su duración, incluyendo el tiempo de las comidas para una persona. Para las visitas en horario nocturno será precisa la autorización del centro.

Toda persona usuaria de los centros de atención de servicios sociales tiene garantizados los derechos así como la obligación del cumplimiento de los deberes inherentes a su condición de ciudadano establecidos en la legislación vigente, mereciendo además especial relevancia los que se detallan a continuación.

DEBERES Y DERECHOS.

Entre los deberes, los usuarios deben conocer y cumplir el estatuto básico de centros, reglamento de régimen anterior y emplear de manera correcta los cauces para su aplicación. Respetar las normas de convivencia, así como la intimidad, el reposo y la tranquilidad de los demás usuarios y respetar la dignidad del personal que trabaja en el centro, entre otros.

Mientras que dentro del apartado de derechos, los usuarios tiene derecho a no ser objeto de discriminación por razón de edad, sexo, etnia, religión, ideología, territorio, orientación sexual, enfermedad, discapacidad o cualquier otra circunstancia personal o social. A conocer, con carácter previo a su utilización o a su ingreso, las instalaciones del centro, así como cuanta información le sea precisa para ayudarle a decidir libremente sobre su ingreso, permanencia o abandono del recurso.

Además tienen derecho a ser acogidos a su llegada al centro de forma individualizada para facilitar su integración, según los protocolos de ingreso que deben existir en todos los centros, entre otros derechos.